La Procuración General de la Suprema Corte de Justicia bonaerense autorizó hoy la
interrupción del embarazo de una menor de edad de Mar del Plata,
presuntamente violada por su padrastro, informaron fuentes judiciales.
La medida la adoptó la
procuradora María del Carmen Falbo al rechazar las apelaciones presentadas por la
Fiscalía General de Mar del Plata y la Asesoría de Menores contra un fallo de la
Cámara de Apelaciones que autorizó el aborto.
Falbo emitió hoy un dictamen en el que rechazó los "agravios" planteados por los
recurrentes y por lo tanto confirmó la sentencia que autorizó a la adolescente a
interrumpir el embarazo. El dictamen, al que tuvo acceso
Télam, fue girado esta tarde a la Suprema Corte, que es la que debe resolver en última
instancia la apelación planteada por la Fiscalía y la representante del niño por nacer.
En el escrito,
Falbo citó un fallo de la Corte que reiteró la "innecesariedad de autorización
judicial para la actuación de los profesionales médicos cuando de lo que se trata es de dar
respuesta en tiempo propio a las necesidades de quien acude a un servicio de salud en procura de
proteger el derecho a su salud y a su vida".
"Los únicos protagonistas de este acto médico, tanto en los períodos previos o iniciales de
información y gestación de la decisión, no son otros que la mujer encinta y el médico diplomado",
añade.
El médico, continúa el escrito, "es el único dotado del bagaje de conocimientos científicos
y técnicos que permita apreciar si el grado de peligro para la salud o la vida de la madre
justifican la adopción de la práctica que ella consiente".
La procuradora sostuvo también que "
si alguna duda se tiene, habrá de acudirse a la consulta médica o la junta con otros
profesionales del arte de curar y al Comité de Bioética, pero nunca al Juez". También
advirtió que "no es admisible -ni conveniente- que los médicos supediten su intervención a la
autoridad judicial procurando salvaguardar su responsabilidad profesional, so temor de eventuales
juicios por mala praxis",
En ese caso, "frente a situaciones de urgencias que no admiten dilaciones, se corre el riesgo
de incurrir en conductas que resultan reprochables aún penalmente, como el abandono de
persona”, puntualizó. En el dictamen, que no es vinculante para la Corte, Falbo tuvo en
cuenta los informes médicos de la menor y su salud psiquiátrica "que se compromete en grado tal que
luego condicione toda su vida de no prosperar el aborto”, según lo estimó el
Comite de Bioetica del Hospital de Mar del Plata.
Ingrese su usuario y contraseña para dejar un comentario. Si no está registrado haga clic aquí para crear un usuario.