La Cámara Federal rechazó el planteo de "prescripción" formulado por uno de los procesados por el
secuestro y posterior
desaparición del escritor, periodista y militante montonero Rodolfo Walsh, y
reivindicó una vez más que
los delitos de lesa humanidad son "imprescriptibles".
Walsh fue secuestrado en la esquina de San Juan y Entre Ríos, en la ciudad de Buenos Aires,
mientras repartía la
Carta Abierta a
la Junta Militar. Al momento de su secuestro y posterior desaparición, el periodista militaba
en la organización Montoneros y desarrollaba la
Agencia de Noticias
Clandestina (ANCLA).
La Sala Dos de la Cámara, integrada por los jueces
Eduardo Luraschi, Horacio Cattani y Martín Irurzun, rechazó el planteo formulado
por el abogado
Alfredo Solari, defensor de
Pablo Eduardo García Velasco, uno de los diez procesados por la desaparición de
Walsh, entre ellos Alfredo Astiz.
Según un fallo conocido hoy, la Cámara rechazó el
planteo del defensor de García Velasco, quien había argumentado que la ley 26.200,
de "Implementación del Estatuto de Roma y de la Corte Penal Internacional", publicada en el Boletín
Oficial en enero de este año, admitía la posibilidad de la prescripción de la acción por el paso
del tiempo.
El defensor sostuvo también que "hasta la sanción y entrada en vigencia de la constitución de
1994 no había delitos imprescriptibles", por lo tanto no podría aplicársele la imprescriptibilidad
a su defendido, por el denominado "principio de irretroactividad" de las leyes.
El planteo sostenía que "el juzgamiento de esos hechos debe efectuarse de acuerdo con las
normas previstas en el derecho vigente", por lo que la defensa del procesado interpretó que debía
"descartarse que los hechos endilgados puedan ser considerados 'delitos de lesa humanidad' y en
consecuencia "imprescriptibles", ya que la mencionada categoría no era derecho vigente en la época
en que se perpetraron".
Sin embargo,
el tribunal recordó que la propia Corte Suprema señaló que "la ratificación en años
recientes de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas ha significado la
reafirmación por vía convencional del carácter de lesa humanidad postulado desde antes para esa
práctica estatal, puesto que la evolución del derecho internacional a partir de la Segunda
Guerra mundial permite afirmar que para la época de los hechos imputados el derecho internacional
de los derechos humanos condenaba ya la
desaparición forzada de personas como crimen de lesa humanidad".
Así, la Cámara dejó firme el procesamiento contra García Velasco
por la privación ilegal de la libertad y posterior desaparición forzada de Rodolfo Walsh y
los daños a su vivienda y desapoderamiento de sus bienes".
Esas conductas -dijeron los camaristas- "llevan el sello característico de los crímenes
contra la humanidad pues se inserta en un ataque de naturaleza sistemática y en gran escala, en
contra de la población civil".
García Velasco fue procesado a mediados de diciembre de 2005 en primera instancia por el juez
federal Sergio Torres, junto con Astiz, Jorge "el Tigre" Acosta, Jorge Rádice, Juan Carlos Rolón,
Antonio Pernías, el ex mayor Julio César Coronel, el ex prefecto Héctor Febres, el ex policía
Ernesto Weber y el ex penitenciario Carlos Generoso. La causa se encamina al juicio oral y público.
Fuente:
DyN
Ingrese su usuario y contraseña para dejar un comentario. Si no está registrado haga clic aquí para crear un usuario.