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Lo determinó la justicia

El crimen de Rodolfo Walsh es "imprescriptible"

Lo indicó la Cámara Federal, al rechazar un planteo de uno de los procesados. Hay diez acusados por el secuestro, desaparición y posterior asesinato del periodista y escritor, entre ellos el genocida Alfredo Astiz.

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25.05.2007 | 13:33

Para la Justicia, el secuestro y posterior desaparición de Rodolfo Walsh es un crimen imprescriptible.

Para la Justicia, el secuestro y posterior desaparición de Rodolfo Walsh es un crimen imprescriptible. | Foto: Cedoc

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La Cámara Federal rechazó el planteo de "prescripción" formulado por uno de los procesados por el secuestro y posterior desaparición del escritor, periodista y militante montonero Rodolfo Walsh, y reivindicó una vez más que los delitos de lesa humanidad son "imprescriptibles".

Walsh fue secuestrado en la esquina de San Juan y Entre Ríos, en la ciudad de Buenos Aires, mientras repartía la Carta Abierta a la Junta Militar. Al momento de su secuestro y posterior desaparición, el periodista militaba en la organización Montoneros y desarrollaba la Agencia de Noticias Clandestina (ANCLA).

La Sala Dos de la Cámara, integrada por los jueces Eduardo Luraschi, Horacio Cattani y Martín Irurzun, rechazó el planteo formulado por el abogado Alfredo Solari, defensor de Pablo Eduardo García Velasco, uno de los diez procesados por la desaparición de Walsh, entre ellos Alfredo Astiz.
Según un fallo conocido hoy, la Cámara rechazó el planteo del defensor de García Velasco, quien había argumentado que la ley 26.200, de "Implementación del Estatuto de Roma y de la Corte Penal Internacional", publicada en el Boletín Oficial en enero de este año, admitía la posibilidad de la prescripción de la acción por el paso del tiempo.

El defensor sostuvo también que "hasta la sanción y entrada en vigencia de la constitución de 1994 no había delitos imprescriptibles", por lo tanto no podría aplicársele la imprescriptibilidad a su defendido, por el denominado "principio de irretroactividad" de las leyes.

El planteo sostenía que "el juzgamiento de esos hechos debe efectuarse de acuerdo con las normas previstas en el derecho vigente", por lo que la defensa del procesado interpretó que debía "descartarse que los hechos endilgados puedan ser considerados 'delitos de lesa humanidad' y en consecuencia "imprescriptibles", ya que la mencionada categoría no era derecho vigente en la época en que se perpetraron".

Sin embargo, el tribunal recordó que la propia Corte Suprema señaló que "la ratificación en años recientes de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas ha significado la reafirmación por vía convencional del carácter de lesa humanidad postulado desde antes para esa práctica estatal, puesto que la evolución del derecho internacional a partir de la Segunda Guerra mundial permite afirmar que para la época de los hechos imputados el derecho internacional de los derechos humanos condenaba ya la desaparición forzada de personas como crimen de lesa humanidad".

Así, la Cámara dejó firme el procesamiento contra García Velasco  por la privación ilegal de la libertad y posterior desaparición forzada de Rodolfo Walsh y los daños a su vivienda y desapoderamiento de sus bienes".

Esas conductas -dijeron los camaristas- "llevan el sello característico de los crímenes contra la humanidad pues se inserta en un ataque de naturaleza sistemática y en gran escala, en contra de la población civil".

García Velasco fue procesado a mediados de diciembre de 2005 en primera instancia por el juez federal Sergio Torres, junto con Astiz, Jorge "el Tigre" Acosta, Jorge Rádice, Juan Carlos Rolón, Antonio Pernías, el ex mayor Julio César Coronel, el ex prefecto Héctor Febres, el ex policía Ernesto Weber y el ex penitenciario Carlos Generoso. La causa se encamina al juicio oral y público.

Fuente: DyN

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