La justicia de Neuquén intimó al Poder Ejecutivo provincial a entregar información sobre gastos de
publicidad oficial que había sido requerida por distintas organizaciones sociales. La medida es
consecuencia de una acción de amparo interpuesta por Convocatoria Neuquina por la Justicia y la
Libertad, la Cooperativa de Trabajo (8300) y el Sindicato de Prensa de Neuquén, con el patrocinio
de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) ante la falta de respuesta oficial.
En su sentencia, la jueza
Julia Buisson de Bagio, a cargo del Juzgado Civil Nº 4 de Neuquén, señala que la
falta de respuesta del Poder Ejecutivo provincial vulnera el derecho constitucional de acceso a la
información pública,
“que permite que la ciudadanía haga conocer sus ideas, valores y aspiraciones
respecto de las decisiones que tomen los gobernantes, como asimismo que las
cuestionen”.
“El derecho a la información pública es la base fundamental de una democracia
participativa. Este derecho, que pertenece no sólo a la Prensa y a los órganos de control, sino
también a todo ciudadano interesado en la cosa pública, no es más que la directa aplicación del
principio republicano de publicidad de los actos”, agrega.
La omisión de informar, según el fallo, también lesiona el derecho de peticionar a las
autoridades, reconocido en la Constitución Nacional y en la Ley Fundamental Provincial, que exige
una respuesta de la Administración frente a las peticiones de los administrados. “La negativa
de la Provincia a brindar tal información, sin fundamentos valederos, resulta inadmisible en un
Estado de Derecho”, concluye.
"Este fallo tiene un enorme valor para la sociedad neuquina, porque deja en claro que el
gobierno tiene la obligación de informar sobre sus actos, más allá de los temas sobre los que
quiera hacerlo. Y que debe hacerlo a un periodista, a un comerciante, a una vecina o a quien sea,
porque no es un derecho privativo de los hombres y mujeres de prensa", dijo
Fabián Bergero, periodista y miembro de la Cooperativa de Trabajo (8300).
"Si bien no es necesaria una ley de acceso para hacer cumplir un precepto constitucional,
creemos que esta definición judicial nos abre las puertas para llegar a una ley de acceso a la
información en la provincia, y también de regulación de la publicidad oficial", agregó Bergero.
"El tema de fondo tiene una íntima vinculación con la libertad de expresión. Conocer los
gastos de publicidad oficial es el primer paso para controlar si esos fondos son utilizados
discrecionalmente para premiar a medios afines o castigar a los críticos", sostuvo
Eleonora Rabinovich, coordinadora del área de Libertad de Expresión de la ADC.
La información solicitada. Como parte de un trabajo conjunto sobre la utilización
de la publicidad oficial y su impacto en la libertad de expresión y la calidad informativa en la
provincia las organizaciones mencionadas solicitaron, el año pasado, datos sobre la inversión
publicitaria efectuada en 2004, 2005 y el primer semestre de 2006 a los distintos poderes del
Estado.
Los pedidos incluían, entre otros puntos:
los montos gastados, los medios de comunicación que recibieron pauta, las campañas
publicitarias efectuadas y sus montos, los criterios de asignación utilizados para elegir los
medios. Fueron cursados distintos pedidos a la Secretaría General de la Gobernación, la
Secretaría de Estado de Información Pública, el Ministerio de la Producción y Turismo, la
Secretaría de Deportes, la Dirección de Lotería y Quiniela, al Banco de la Provincia de Neuquén, a
la Agencia de Turismo y a la Agencia de Desarrollo Urbano Sustentable.
La única respuesta obtenida provino de la Secretaría General de la Gobernación, que indicó
que la información solicitada no correspondía a la órbita de competencia de esa dependencia y
confirmó que el área que centralizaba el dinero para las pautas era la secretaría de Estado de
Comunicación.
“En sede administrativa los actores tuvieron por toda respuesta el silencio, lo que
resulta irrazonable frente a la consagración de expresos derechos y principios
constitucionales”, dice la sentencia, que da un plazo de 60 días desde su notificación para
entregar la información requerida.
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