En el marco de la causa AMIA, la Cámara de Casación penal dejó firme una condena a cuatro años de prisión para un ex alto jefe de la Policía Federal, encontrado culpable de sustraer elementos de prueba durante la investigación del atentando que dejó 85 muertos.
Se trata del ex comisario y ex titular del Departamento de Protección al Orden Constitucional, Carlos Castañeda, quien poco después del ataque terrorista del 18 de julio de 1994, se convirtió en uno de los principales investigadores del caso y luego fue acusado por la sustracción de importantes pruebas.
Los camaristas de la sala II del máximo tribunal penal del país, Pedro David, Gustavo Mitchell y Juan Fégoli rechazaron un recurso de Casación presentado por la defensa del ex comisario y dejaron firme así la condena a 4 años de cárcel que se le impuso en un juicio oral.
Castañeda había sido condenado por el Tribunal Oral Federal 6 por la "sustracción de objetos destinados a servir de prueba a autoridad competente en forma reiterada -dos hechos- a cuatro años e inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena".
El ex comisario fue denunciado por la sustracción de disketes y películas fotográficas obtenidos en dos allanamientos realizados días después del atentado, uno de ellos a la casa del ex acusado Carlos Telleldín en la localidad bonaerense de Villa Ballester.
Además, se lo condenó por la sustracción de 68 casetes con grabaciones de escuchas telefónicas hechas a Telleldín, que estaban en poder del POC y desaparecieron.
La Cámara de Casación rechazó un planteo de prescripción de la causa judicial al considerar que Argentina adhirió a pactos internacionales que la obligan a castigar este tipo de delitos.
Los jueces entendieron que la condena estuvo bien aplicada en base a "la normativa internacional" que hace prevalecer el "reconocimiento del derecho a la verdad que corresponde a todas las víctimas", algo que el accionar de Castañeda obstaculizó.
"El reconocimiento del derecho a la verdad corresponde a todas las víctimas y de todas formas
una solución distinta acarrearía responsabilidades de índole internacional a nuestro país",
concluyeron los jueces, que de esta manera rechazaron un planteo de prescripción de la causa
judicial al considerar que la Argentina adhirió a pactos internacionales que la obligaban a
castigar este tipo de delitos".
El "derecho a la verdad ha sido reconocido como uno de los principales integrantes del derecho internacional humanitario y de los derechos humanos".
La investigación por la pérdida de pruebas se abrió en forma paralela a la causa central por el atentado a la mutual judía de Pasteur 633.
En otro juicio oral, el Tribunal Oral Federal 3 absolvió a los ex acusados de haber integrado la supuesta "conexión local" del ataque y declaró nula gran parte de la investigación realizada por el ex juez federal Juan José Galeano, luego destituído.
Fuente: Télam

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