El diputado
Miguel Bonasso dijo hoy que
"no se va a retroceder un milímetro con respecto a la situación de Patti", pese al
fallo de la Corte Suprema de Justicia por el caso Bussi, que indica que el
Congreso Nacional no puede negarse a tomarle juramento de práctica a un legislador electo.
El veredicto de la Corte
sienta precedente en la situación de Luis Patti que no pudo asumir su banca en el
Congreso en el 2006.
"
Este fallo genera un conflicto entre poderes, ya que es potestad absoluta y total
del Poder Legislativo determinar quién ingresa o es expulsado de sus filas y cualquiera otra
versión es una intromisión de un poder sobre otro", dijo
Bonasso a la agencia
Télam.
Si bien
el fallo no tiene implicancias prácticas en este caso, pues el mandato de Bussi ya
está vencido, sienta antecedentes sobre el caso de Patti, cuyo pliego de diputado fue rechazado en
mayo de 2006 acusado de violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura militar.
Para Bonasso, "el fallo
genera un escándalo internacional, ya que la Argentina, por el artículo 75 de la
Constitución se obligó a respetar la Convención Internacional contra la Tortura y diversos tratados
que tornan imprescriptibles los delitos de lesa humanidad".
"Un fallo así implicaría un
gravísimo retroceso en lo que ha sido hasta ahora el mayor mérito del gobierno
nacional que es la recuperación de la memoria histórica", afirmó el legislador oficialista.
Aclaró asimismo que su opinión adversa sobre el fallo es dada "con todo respeto por la
independencia de los poderes y por la sapiencia jurídica de los miembros de la Corte".
Asimismo, adelantó que
"los diputados no nos vamos a quedar quietos" ante el fallo, y anticipó que "se
viene un debate muy grande" y que "si hay que ir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos,
vamos a ir".
En ese sentido, Bonasso expresó
"la más firme convicción de que no se va a retroceder un milímetro ante la decisión de la
Corte con respecto a la situación de Patti".
Por otra parte, el diputado
ponderó el otro fallo de la Corte conocido hoy, que decretó la inconstitucionalidad del
indulto que Carlos Menem otorgó al represor Santiago Omar Riveros, que sienta
jurisprudencia para todos los casos de represores a los que el perdón presidencial posibilitó
eludir el accionar de la justicia.
"Este fallo es correcto, porque marca precisamente que la Corte interpreta que se trata de
crímenes de lesa humanidad, pero es totalmente contradictorio el uno con el otro", señaló.
Fuente:
Télam
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