La Cámara de Diputados dio esta noche media sanción al proyecto de regulación del sistema de salud
de medicina prepaga, que entre otros aspectos deja en manos del Estado los valores de las cuotas de
los asociados. La iniciativa fue aprobada en general por 188 votos positivos y sólo una abstención,
y luego, tras la sanción del articulado, fue girada al Senado.
El presidente de la comisión de Salud,
Juan Sylvestre Begnis, presentó la iniciativa en el recinto al efectuar una reseña
de los sectores que actúan en el sistema de salud (público, seguridad social y privado) y de la
implementación del sistema de empresas de medicina prepaga hasta la actualidad.
En ese sentido, apuntó que
"el único sector que carecía de una reglamentación fue el sector privado", que da
cobertura a cuatro millones de usuarios, situación que definió como "muy importante para la salud
de nuestro país". Pero añadió que el sector
"liberado de regulación tuvo una serie de excesos y a su vez estafas a través del
vaciamiento de sistema de prepago que dejaron a poblaciones enteras sin ningún tipo de protección
ni alternativa" y recordó que desde 1983 a la fecha "han fracasado 49 proyectos" de ley
para regular el sistema.
Afirmó además que la norma "contempla la regulación fundamentalmente protegiendo la salud de
beneficiario pero para que también tenga un alto nivel de calidad" y que también apunta "a la
prevención (de la salud) y a la protección de los prestadores", sin descuidar "a las empresas de
medicina prepaga" ante el avance de los juicios. El radical santacruceño Juan Acuña Kunz expresó el
respaldo de su bloque al proyecto, recordó que ninguno de los proyecto anteriores tuvo la
aceptación del actual y reconoció al oficialismo "la apertura de este texto del cual se pudo
modificar más del 50 por ciento de lo que fue el proyecto en estos dos días". Solo realizó un
pedido a modo de crítica al gobierno al señalar que "no sea Superintendencia de Salud" la que actúe
como autoridad de aplicación porque, a su entender, sería "darle superpoderes al superintendente".
La socialista santafesina Mónica Fein respaldó la iniciativa al remarcar que la normativa
implica "un proceso de definición de políticas públicas", pero recordó que en la década del '90 las
"prepagas compitieron" por la seguridad social y que ese proceso dejó "gran cantidad de obras
sociales que hoy gestionan su funcionamiento por las prepagas".
El proyecto, que tuvo numerosas modificaciones de su versión original, contó con amplio
consenso de todas las bancadas y en ese sentido hubo incluso reconocimiento tanto del oficialismo
como de la oposición de dos diputadas que "trabajaron mucho en el tema", como la kirchnerista y
actual intendente de partido bonaerense de Luján, Gabriela Rosso, y la arista y actual gobernadora
de Tierra del Fuego, Fabiana Ríos. Entre las incorporaciones al texto, se sumó una propuesta del
arista fueguino Leonardo Gorbacz en el sentido de tomar como beneficiarios ya como integrante del
grupo familiar a "la persona que conviva con el afiliado titular en unión de hecho, sea o no del
mismo sexo y sus hijos", es decir que reconoce a las parejas de homosexuales y de lesbianas. La
norma de 32 artículos deja en manos del Estado la fiscalización y control de los valores de las
cuotas, así como el control del pago de las prestaciones realizadas por los hospitales públicos a
los asociados de las prepagas, y el establecimientos de los mecanismos para receptar reclamos de
usuarios y prestadores del sistema.
También, establece la transferencia, previa mediación y conciliación, "en caso de quiebra,
cierre o cesación de actividades" de una empresa de medicina prepaga "de sus usuarios" a otras
empresas inscriptas en Registro. Dispone, además, que "los usuarios pueden rescindir en cualquier
momento el contrato celebrado, sin limitación y sin penalidad alguna, debiendo notificar
fehacientemente esta decisión a la otra parte con treinta días de anticipación", mientras las
empresas sólo podrán "rescindir el contrato con el usuario cuando incurra, como mínimo, en la falta
de pago de tres (3) cuotas consecutivas".
En el caso de "los usuarios mayores a sesenta y cinco (65) años que tengan la antigüedad
mayor a diez años (en la empresa) no se les puede aplicar aumento en razón de su edad", dispone,
entre otros aspectos, el proyecto aprobado esta noche.
Fuente: DYN