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La Anmat prohibió la venta de un aceite de oliva

Tras una denuncia, el producto se retiró de comercialización por incumplir con el Código Alimentario Argentino y es considerado "ilegal".

Puro aceite de oliva extra virgen 20190828
Elaboración de puro aceite de oliva extra virgen | Agencia Shutterstock

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este miércoles 28 de agosto la comercialización de un aceite de oliva, rotulado como originario de la provincia de Mendoza. Mediante la Disposición 6890/2019, publicada en el Boletín Oficial, se dispuso la restricción a todo el territorio nacional del producto, como consecuencia de una denuncia recibida en el Departamento de Vigilancia Alimentaria del Instituto Nacional de Alimentos (INAL).

El producto que se retiró para la venta está rotulado como “'Aceite de oliva', extra virgen, calidad premium, marca: Oliva gh, Mendoza- Argentina, calidad de exportación, primera prensada en frío, RNE N° 02-034.489, RNPA N° 02-563.794”. La resolución señala además que el Departamento Vigilancia Alimentaria del INAL solicitó colaboración a la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (DGHYSA), para que realice una inspección para verificar la comercialización del producto.

En tanto, el Departamento de Inscripción de Productos de Consumo de la Provincia de Buenos Aires (IPC) informó que el aceite de oliva no se encuentra inscripto, “debido a que sus registros corresponden a otro producto y elaborador”.Asimismo, detallan "carece de autorizaciones de establecimiento y de producto", por lo que está "falsamente rotulado" al consignar en sus rótulos registros pertenecientes a otro producto. Y agrega que "no cumple con las características físico-químicas para aceite de oliva del producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal". 

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El Boletín Oficial argumentó además que el Acta N° 12059/19 concluyó que como la muestra analizada del aceite de oliva “no responde a las características físico-químicas establecidas por el Art. 535 del Código Alimentario Argentino (CAA) para los aceites de oliva, no cumple con la Resolución 'Reglamento Técnico Mercosur para la Rotulación de Alimentos Envasados'”, por lo que se prohibe su comercialización.

Al respecto, consideró que por tratarse de productos que "no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284”.

La resolución publicada en el Boletín Oficial:

A.G./