COLUMNISTAS
Milagro Sala I

Casos diferentes, mismos reclamos internacionales

Chelsea Manning fue enviada a Irak en 2009.

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Líder. Fue privada de su libertad el 16 de enero de 2016, acusada de varios delitos. | CEDOC

Chelsea Manning fue enviada a Irak en 2009. En 2010 filtró documentos secretos a WikiLeaks mientras era analista de inteligencia militar. Por esto, fue condenada a 35 años de prisión. Amnistía Internacional hizo un llamamiento por medio de una acción urgente para pedir su libertad porque consideró que había actuado a favor del interés público. Estuvo 11 meses en prisión preventiva en condiciones crueles, inhumanas y degradantes, de acuerdo con declaraciones del relator especial sobre tortura de Naciones Unidas (ONU). Barack Obama la indultó y será liberada el próximo 17 de mayo.

Leopoldo López, líder opositor en Venezuela, se entregó a la Guardia Nacional el 18 de febrero de 2014 tras una manifestación que organizó, acusado de instigación pública, homicidio, daños, asociación para delinquir y terrorismo. Fue sentenciado a 13 años y nueve meses de prisión sin evidencias creíbles en su contra. Amnistía Internacional lanzó una acción urgente pidiendo su liberación. En 2014, el grupo de trabajo de la ONU sobre Detenciones Arbitrarias (GTDA) solicitó su inmediata liberación por considerar arbitraria su detención. Desde entonces, López está detenido y el presidente Nicolás Maduro ha ignorado sistemáticamente las decisiones de los organismos internacionales y regionales vinculadas a este caso.

Milagro Sala fue privada de su libertad el 16 de enero de 2016 por una manifestación pacífica frente a la Casa de Gobierno de Jujuy, acusada, entre otros delitos, de sedición. Amnistía Internacional emitió una vez más una acción urgente y presentó una denuncia ante el GTDA de la ONU y ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA, por su arbitraria e ilegítima privación de la libertad originariamente sustentada en haber hecho ejercicio de su derecho a manifestarse y protestar públicamente. Varios días después la Justicia revocó la detención preventiva contra Sala, pero en el mismo acto se le notificó que quedaba presa por delitos más graves, tales como “extorsión”, “asociación ilícita” y “defraudación en perjuicio del Estado”.

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El GTDA entendió que la privación de libertad de Sala era “arbitraria” y que hubo un entramado de “acusaciones consecutivas” para sostener su privación de libertad de manera indefinida. Sostuvo que se vulneró la independencia judicial y concluyó que no existen elementos legales para justificar su prisión preventiva. En su escrito, manifestó que el Estado no pudo demostrar que había riesgo de fuga o de entorpecimiento de la investigación. A su vez, consideró que el Estado impidió el ejercicio del derecho de defensa. Milagro Sala sigue detenida y esta semana se cumplió un año de su detención.

Hay denuncias que sugieren que Sala es autora de varios delitos, incluidos presuntos actos de corrupción, amenazas y tentativa de homicidio. Sin embargo, en nuestro sistema jurídico la sola presunción no es suficiente para justificar la prisión preventiva: ni la de Sala ni la de cualquier otra persona. En su Informe sobre el Uso de la Prisión Preventiva en las Américas, la CIDH reiteró que la presunción de inocencia es la base para la regla general de que “toda persona sometida a proceso penal debe ser juzgada en libertad”. La prisión preventiva es excepcional y no puede ser usada como una medida punitiva.

Los casos aquí presentados son bien diferentes. Son diferentes sus protagonistas, sus historias, los motivos por los cuales fueron encerrados. Son diferentes sus contextos políticos. Pero todos tienen algo en común. En los tres sus gobiernos han ignorado decisiones de organismos internacionales de derechos humanos. En el caso particular de Argentina no sólo se los ignoró, sino que se los desprestigió. Hasta se llegó a sugerir que son manipulables e influenciables. Si Argentina tenía la oportunidad de jugar un rol en materia de derechos humanos a nivel regional, ya no la tiene. ¿Con qué autoridad moral puede reclamar ahora la libertad de Leopoldo López?


*Directora ejecutiva de Amnistía Internacional Argentina.