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El hoy, contaminado por el ayer

Para los argentinos –y otros que no lo son–, el término “paramilitar” tiene connotaciones negativas y es adjudicado a quien ejerce la fuerza armada por fuera de las estructuras oficiales, sin dependencia orgánica del Estado y al margen de las funciones que debe cumplir –por reglamento, orden constitucional o régimen legal– en derecho propio toda organización armada oficial.

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GENDARMERIA. Paramilitar, aunque no nos guste. | cedoc

Para los argentinos –y otros que no lo son–, el término “paramilitar” tiene connotaciones negativas y es adjudicado a quien ejerce la fuerza armada por fuera de las estructuras oficiales, sin dependencia orgánica del Estado y al margen de las funciones que debe cumplir –por reglamento, orden constitucional o régimen legal– en derecho propio toda organización armada oficial. En nuestro país, además, tristes, dramáticas, trágicas experiencias permiten establecer un paralelo entre fuerzas paramilitares y crímenes cometidos por ellas, con o sin complacencia y apoyo del poder público.

Un ejemplo claro de ello es la Triple A, organización dedicada a eliminar, amenazar, secuestrar a dirigentes y militantes de izquierda durante el gobierno de María Estela Martínez de Perón, entre 1974 y 1976. Parte de esa organización (cuyo origen e inspiración todavía permanecen en una nebulosa que la historia, alguna vez, habrá de aclarar) pasó luego a operar en el marco de la represión durante la dictadura 1976-83.

Curiosamente, o no tanto, existen dos acepciones para el término paramilitar, según lo expone en una reciente columna la defensora del lector del diario El País de Madrid, ante una controversia acerca de la asignación de esa palabra para definir la Guardia Civil española. Lola Galán cita un mail que le enviara Jesús García Sánchez, miembro del Instituto Internacional de Estudios Estratégicos de Londres (IISS), argumentando en base al anuario de esa entidad, The Military Balance. “He de decirle que el término paramilitary es el que The Military Balance (que no es cualquier libro en este tema) y otras obras similares emplean para referirse a aquellas personas pertenecientes a cuerpos de policía, de fronteras, de costas, de transporte o de otros ámbitos, sometidos en tiempo de paz a una disciplina militar o dependientes de los ministerios de Defensa respectivos”, explicaba García Sánchez y agregaba: “En consecuencia, decenas de cuerpos son considerados paramilitares, sin ninguna connotación negativa. Para demostrarlo, le adjunto unas páginas en PDF de la última edición de The Military Balance, con las referencias a la Guardia Civil, la Gendarmería francesa, los Carabineros italianos o los Guardacostas canadienses. Suecia, Países Bajos, Portugal, Islandia, Finlandia o Hungría son otros países con fuerzas consideradas paramilitares”.

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Este ombudsman se propone poner en justo término el empleo local de la palabra en cuestión para darle una vuelta de tuerca a la trágica muerte de Santiago Maldonado, sin entrar en el nudo central del caso, una asignatura pendiente de los poderes públicos, tanto judiciales como ejecutivos. En tanto se profundice la investigación que permita concluir en el cómo, quién, por qué, para qué de esta muerte, es conveniente considerar qué es la Gendarmería Argentina y si le cabe la definición de fuerza paramilitar.

Si se establece un paralelo entre la Gendarmería –cuyos efectivos, siguiendo órdenes muy precisas del Ministerio de Seguridad de la Nación que conduce Patricia Bullrich, actuaron con evidente violencia en la represión contra los mapuches instalados en tierras que reclaman a la empresa Bennetton, en cercanías de Esquel– y aquellos grupos apañados desde el Estado de manera orgánica o inorgánica (Triple A, Concentración Nacional Universitaria, Comando Libertadores de América de Córdoba), se debe concluir que sus operaciones no responden a la definición de paramilitar. Como lo define la RAE, es “una organización dotada de estructura o disciplina militar”, pero sus acciones deben ser encuadradas en los reglamentos que rigen las instituciones policiales (en verdad, la Gendarmería es una policía de frontera, como la Prefectura lo es de los espacios acuáticos y la Policía de Seguridad Aeronáutica lo es de las actividades de aeronavegación). Así, lo que hagan sus efectivos debe estar subordinado a las órdenes que reciban de la superioridad, respetando en todos los casos los límites que imponen la ley y la defensa de los derechos humanos.

Durante la dictadura militar, las estructuras policiales de todos los niveles estuvieron subordinadas a las decisiones de los mandos militares, lo que facilitó la consumación institucional de hechos aberrantes que desembocaron en torturas, muertes, desapariciones, latrocinios. Con la recuperación de la democracia, tanto la Gendarmería como sus pares mencionadas debieron readaptar sus estructuras y protocolos a nuevos aires de libertad.

La investigación judicial del caso Maldonado deberá definir si uno o algunos de los miembros de ese cuerpo actuaron como en aquellos dramáticos tiempos citados, si su actuación obedeció a órdenes superiores, cuál fue la responsabilidad del poder político.

Hasta entonces, es conveniente que los medios guarden un cuidadoso equilibrio.