COLUMNISTAS
Crisis en Venezuela

Las intervenciones extranjeras solo agravan los conflictos

Las crisis que vive Yemen luego de que su derrocado presidente pidiera una intervención armada saudita para retomar el poder.

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Los yemeníes viven una tragedia humanitaria por una intervención extranjera | Cedoc

En el marco de la situación crítica que atraviesa Venezuela, el titular de la Asamblea Nacional, y autoproclamado presidente encargado, Juan Guaidó, decidió “plantear a la Comunidad Internacional de manera formal que debemos tener abiertas todas las opciones para lograr la liberación de esta Patria”, lo que daría lugar eventualmente a la aplicación de la llamada “Doctrina de Intervención por Invitación” (IPI) aceptada por la Carta de Naciones Unidas en su artículo 2.

La medida plateada por Guaidó fue inmediatamente recibida y bienvenida por terceros países con intereses geopolíticos en la región. Quizá un paralelo de la situación de Yemen nos ayude a analizarla

En febrero de 2015 el electo (y a la vez renunciante y luego des-renunciante) presidente de Yemen, Abd-Rabbu Mansour Hadi escapó de su arresto domiciliario en la capital Sanaá, hacia Arabia Saudita. No existían dudas sobre la legitimidad de su mandato presidencial, y estaba detenido por los rebeldes hutis quienes tras un golpe de estado contra su gobierno habían tomando control sobre la mayoría del territorio del Yemen.

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Hadi, desde Saudí Arabia, hizo entonces un llamamiento a la comunidad internacional para que intervenga. Pidió al Consejo de Seguridad de la ONU que autorice a "los países dispuestos a ayudar a Yemen a brindar apoyo inmediato a la autoridad legítima por todos los medios y medidas para proteger a Yemen y disuadir a la agresión hutí".

Desde febrero de 2014 el Consejo de Seguridad, por aplicación del Capitulo VII de la Carta, había intervenido en la situación de Yemen otorgando un marco jurídico a la situación, encuadrándola dentro de la “existencia de amenaza a la paz, quebrantamiento de la paz o acto de agresión”.

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Si bien el conflicto de Yemen era de carácter propiamente interno, el Consejo de Seguridad  entendió que tenía efecto sobre la región, y así actuó. Bloqueo la provisión de armas y congelo los activos de los houties.

En ese contexto, Hadi decidió pedir la participación activa de Arabia Saudita y sus aliados en el territorio de Yemen, habilitando de esa manera ataques militares directos a sus contrincantes internos. Asi se ejecutaron las denominadas operaciones Tormenta Decisiva y Restaurando la Esperanza.

Las consecuencias del llamamiento de Hadi a atacar su propia tierra por fuerzas extrajeras fueron desastrosas. Al hacerlo dio inicio a un infierno de bombardeos que se tradujeron -a la fecha- en decenas de miles de muertos, 3 millones de personas forzadas a huir, 1.100.000 personas víctimas del cólera y más de 15 millones de personas pasando hambre y privaciones.

Los acontecimientos que se precipitaron a partir de 2015, y la angustiante y manifiestamente irresoluble situación actual, demostraron que la situación debió encuadrarse y manejarse mejor desde el inicio.

La realidad actual nos muestra las desastrosas consecuencias que tiene requerir la intervención directa de terceros países en los conflictos internos graves de una nación. 

Salvando distancias, existen claras similitudes de Venezuela con la situación previa a la crisis de Yemen:

  1. Un supuesto Presidente en exilio sin ejercicio efectivo de poder ni control territorial.
  2. Las FFAA actuando de hecho
  3. Inestabilidad institucional critica
  4. intereses extranjeros múltiples.

De darse, estimo que una eventual IPI requerirá como mínimo tener definidas estas cuestiones centrales:

  1. Análisis de los títulos constitucionales y legales para ejercer el Poder Ejecutivo de Venezuela tanto de Guaidó como de Maduro, bajo la ley venezolana.
  2. Requerimiento de una intervención previa del Consejo de Seguridad de la ONU definiendo el marco jurídico en que se actuará.
  3. Determinado que fuere quién resulta competente bajo la ley local para requerir la Intervención por Invitación, definición de sus alcances y componentes, los cuales deberán revestir consenso regional y de países limítrofes (en el caso de Yemen fueron legitimados por el Consejo de Cooperación para los Estados Árabes del Golfo Pérsico)
  4. Determinación de los cursos de acción y consecuencias posibles.

La realidad actual nos muestra las desastrosas consecuencias que tiene requerir la intervención directa de terceros países en los conflictos internos graves de una nación. El conflicto escala y, a contrario del objetivo perseguido, puede derivar en situaciones irresolubles y trágicas.

(*)Ex team leader del equipo de investigación conjunto de la ONU-OPAQ sobre uso de armas químicas en Siria.