COLUMNISTAS
Marco legal

Visibilizar la educación sexual integral

La educación sexual integral (ESI) es un derecho. Es una obligación. Es una necesidad. Es una apuesta. Es todo eso, pero además, y es lo que en estas páginas me interesa destacar, es una oportunidad.

default
default | CEDOC

La educación sexual integral (ESI) es un derecho. Es una obligación. Es una necesidad. Es una apuesta. Es todo eso, pero además, y es lo que en estas páginas me interesa destacar, es una oportunidad.

Oportunidad para conectarnos, para hablar de lo que nos pasa, para pensar-nos y pensar nuestros vínculos. Para crear así algo en común. Armar lazos y devenir comunidad por otros motivos que no sean los dictados por el mercado, que hoy pareciera ser el principal organizador de nuestras relaciones, el nuevo y gran agente de socialización. (...)

ESI como oportunidad para mirar nuestros cuerpos con otras miradas y hacer lo mismo con los de lxs demás. Para revisar nuestra manera de vivir y sentir nuestra sexualidad, nuestro devenir mujer o devenir hombre o devenir por fuera de cualquier binomio, etiqueta y categoría. Oportunidad, también, para desnaturalizar lo aprendido e interpelar los discursos dominantes. (...)

La ESI cuenta con un marco legal y curricular muy potente, que tiene un gran arraigo en nuestras prácticas concretas. Nos orienta en la implementación y puesta en marcha de proyectos e intervenciones en los jardines y es sumamente valioso como marco, también, de algunas pautas de crianza. (...)

Vamos, entonces, a compartir muy brevemente este marco y algunos conceptos centrales de la ESI.

Partimos resaltando la Ley Nacional 26.150 del año 2006 que establece la obligatoriedad de la educación sexual integral en todos los niveles y modalidades del sistema educativo de todo el país y que crea el Programa Nacional de Educación Sexual Integral como parte de una política pública (impulsada en ese año y hasta 2015) que considera a la educación sexual como un derecho de niñas, niños y jóvenes pero que también se propone acompañar a las familias para que ellas, a su vez, sean partícipes en este proceso. Armando así una cadena de acompañamientos.

Tal como se plantea en el siguiente artículo de la Ley 26.150:

Articulo 9º - Las jurisdicciones nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal, con apoyo del programa, deberán organizar en todos los establecimientos educativos espacios de formación para los padres o responsables que tienen derecho a estar informados. Los objetivos de estos espacios son:

 a) Ampliar la información sobre aspectos biológicos, fisiológicos, genéticos, psicológicos, éticos, jurídicos y pedagógicos en relación con la sexualidad de niños, niñas y adolescentes.

b) Promover la comprensión y el acompañamiento en la maduración afectiva del niño, niña y adolescente ayudándolo a formar su sexualidad y preparándolo para entablar relaciones interpersonales positivas.

c) Vincular más estrechamente la escuela y la familia para el logro de los objetivos del programa.

Diversas provincias (entre otras, Santa Fe, Entre Ríos, Neuquén, Chaco, Formosa, La Rioja, Misiones, Santa Cruz, Chubut, Corrientes, La Pampa, Río Negro, Tierra del Fuego, Mendoza, Córdoba) y CABA elaboraron sus propias leyes o resoluciones, en consonancia con los lineamientos de la Ley Nacional 26.150 o bien directamente redactaron adhesiones a dicha ley.

Una cuestión central para destacar es la concepción de sexualidad integral que se plantea en la ley, ligada a los afectos, al cuidado, al amor, que se aleja del modelo mercantilizado que hoy imponen la mayoría de los medios.

Los escenarios y los modos en que se expresa la sexualidad son múltiples y variados, sin embargo aún hoy se la sigue vinculando especialmente a lo biológico, a la idea de genitalidad, y nos cuesta visibilizar cómo se expresa desde los primeros años de vida; esto les pasa no solo a las familias, sino también a muchxs docentes. (...)

Además, suele priorizarse la necesidad de brindar educación sexual para evitar embarazos o enfermedades. Para restringir el contacto con lxs otrxs, enseñando desde edades tempranas que “nadie te toque”, ni siquiera los referentes afectivos cercanos por temor al abuso, o bien para pensar en modos de intervención frente a situaciones de maltrato infantil. (...)

Por eso la importancia de revisar esta concepción, enraizada en nuestra historia como alumnxs e hijxs, para profundizar en una mirada integral, que incluya también lo emocional, lo vincular, lo ético, lo sociológico, lo cultural, lo económico y lo político,  entre otros aspectos. Reconocer que nos atañe en los más diversos aspectos de nuestras relaciones y nuestros vínculos. (...)

Ligar la sexualidad a nuestras prácticas afectivas nos permite reconocer diversas manifestaciones que exceden lo biológico y, por otro lado esta definición pone en valor la incidencia de la cultura en las mismas, lejos de ser consideradas naturales o innatas.

Prácticas afectivas que refieren a un abrazo, a un modo de conectarnos, a una mirada, a una caricia, a una conversación. Prácticas que no sean “efectivas”. Esas que nos vende el mercado permanentemente y que promueven un resultado, aceleran los tiempos, se concentran en el fin a alcanzar… ¡¡y en el producto a consumir!! “Dale esta pastillita a tu nene y atenderá mucho mejor”, “Comprale este juguete y garantizás su felicidad”, “Demostrale cuánto lo querés comprando este postrecito”.

Por eso, interpelar, alojar y compartir la diversidad de situaciones y experiencias en torno a estas prácticas afectivas, pensarlas como expresiones de la sexualidad, puede ayudar a visibilizar la idea de integralidad. Puede ayudar a comprender que la sexualidad se va configurando en el vínculo con lxs otrxs, en el marco de una cultura y a través de sus modalidades de crianza.

*Autora de Educación sexual integral. Una oportunidad para la ternura, editorial Novedades Educativas. (Fragmento).