Perfil
CóRDOBA
VIOLENCIA SEXUAL

Abusó de una niña de 13 años y fue condenado pese a que ella se retractó

El agresor era su padrastro. La primera declaración de la menor se corroboró por la revisión médica. ¿Cuáles son los motivos por los que las víctimas modifican su relato?

abuso sexual
Imagen de carácter ilustrativo. La menor tiene 13 años. La Cámara 3ª del Crimen condenó al padrastro a 11 años de prisión. | Shutterstock

Los hechos ocurrieron en una vivienda del Valle de Punilla donde convivía una pareja, la hija de ella de 13 años de edad y tres menores más, fruto de la relación de ambos, hasta que un día la mujer decidió denunciar al hombre (37 años) al recibir la confesión de la adolescente sobre los abusos que le habría proferido. A pesar de que en el transcurso de la investigación judicial la menor se retractó, la Cámara 3ª del Crimen condenó al padrastro a 11 años de prisión por los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por resultar una grave daño en la salud mental, la condición de guardador y la convivencia preexistente, y de promoción de la corrupción de menores calificada.

La acusación que llegó al juicio fue ampliada por el fiscal d e Cámara, Marcelo Hidalgo, al considerar las lesiones psicológicas que acarrea la víctima a raíz de una “relación traumática no consentida”.

El caso evidencia por qué una víctima (la joven y su madre) revierte su declaración. Una mochila de culpas sobre las consecuencias de la detención del agresor opera como principal motivación.

En los fundamentos del fallo suscripto por la jueza María de los Ángeles Palacio de Arato se puede observar cómo el tribunal analizó la situación de la adolescente quien, al ver detenido al hombre del hogar, volvió sobre sus pasos y se retractó negando todo lo que había narrado inicialmente.

¿Cómo sucedió todo? Al notar actitudes diferentes en su hija, en 2016, la mamá le preguntó qué le sucedía. Ella relató por lo menos cinco hechos –todos dentro de la vivienda de la familia– en los que el hombre habría abusado sexualmente de ella, con toques y acceso carnal. Sin dudarlo, la madre presentó la denuncia en forma inmediata.

En la primera entrevista un médico constató la situación física de la adolescente, que confirmó lo narrado por la menor. El hombre fue imputado y detenido el 26 de agosto del año pasado en el estadio Mario Kempes, más precisamente en la puerta 2 de ingreso a la tribuna popular, cuando fue a ver un partido entre Talleres y Lanús, como parte de los operativos que se realizan en los estadios bajo el programa Tribuna Segura.

Luego, la niña y su madre dejaron de asistir a las citaciones en la Justicia, donde continuó la investigación. Pasaron tres años hasta el inicio del juicio, que se realizó el mes pasado. La adolescente, actualmente de 16 años, tuvo un bebé fruto de la relación con su novio.

Retractación. “En el debate se advierte -destacó el fallo- que la madre no pudo soportar el peso de la verdad y optó por auto engañarse en relación a su pareja”. Durante el juicio, varios peritos del Polo de la Mujer declararon que la niña “tenía un nivel de angustia elevado y ansiedad: la angustia era evidente”.

La psicóloga que la entrevistó en Cámara Gesell explicó que la joven “estaba muy preocupada por la situación social y económica de su familia y por el malestar de sus hermanitos”, hechos que la “conmocionaban”. Según la profesional, ella llegó a la entrevista en que desmintió lo sucedido con un “discurso armado”. Dijo que “era mentira, que eso no había pasado, que estaba embarazada y que no quería estar en esta situación y se había complicado”.

La psicóloga dejó en claro ante el tribunal que la retractación se da cuando hay una situación de presión como es la vulnerabilidad económica y el sentimiento de culpa por la situación de sus hermanos, que no tenían a su papá.

La jueza Palacio de Arato consideró que, frente a los delitos contra la integridad sexual, el testimonio de la víctima aparece como la prueba dirimente, puesto que esta clase de hechos suele cometerse en ámbitos de intimidad, ajenos a las miradas de terceros. “Doy crédito a los dichos de la niña en el momento inicial de la investigación, los que sin lugar a dudas han sido más auténticos y espontáneos, por la inmediatez, considerando que luego se mostró reticente en la pericia psicológica (...) consecuencia de la presión ejercida por su madre y el convencimiento –implantado también por ésta–, de que sería privada de hacer las cosas que le gustan porque su padrastro, quien solventa económicamente tales actividades, se encuentra preso, trasladando a la niña la responsabilidad de tener que hacer lo necesario para que sea liberado”.

 

APOYO A LA VICTIMA

La sentencia judicial también contempló la continuidad de asistencia a la adolescente víctima del abuso. Uno de los puntos del fallo refiere que el contenido de la condena debe ser informada a la adolescente, al tiempo que debe conocer la conveniencia de recibir tratamiento terapéutico. En ninguna instancia del proceso judicial la adolescente realizó terapia.

La jueza también ordenó a la Provincia por la grave situación de la víctima, que provea asistencia económica y terapéutica en forma urgente para que la joven y su pequeño hijo puedan restablecer “sus derechos humanos vulnerados”. En el primer caso, el exhorto fue dirigido al Polo de la Mujer y en el segundo, a la Senaf (Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia).

Por último, también la magistrada ordenó que se tomen muestras para la identificación genética del condenado, de modo que su ADN se incorpore al Registro Nacional de Datos Genéticos, en relación a delitos contra la integridad sexual.