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CóRDOBA
JUSTICIA FEDERAL

Objetan prisión en suspenso por tráfico de éxtasis

El tribunal denegó un juicio abreviado a acusado de importar éxtasis desde los Países Bajos.

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EXTASIS. El acusado había recibido 101 pastillas por Correo Argentino. | Cedoc Perfil

En integración unipersonal del Tribunal Oral Federal 2 (TOF2) rechazó el acuerdo para un juicio abreviado entre el auxiliar fiscal Facundo Trotta y Fabrizio Marco Tibaldi Cornaglia, asistido por el defensor público, Rodrigo Altamira.

El imputado había comprado en Países Bajos 101 pastillas de éxtasis que llegaron a Córdoba camufladas en una encomienda por Correo Argentino. En el acuerdo, el fiscal sostuvo que más allá de que el acusado lo hizo de manera ilegal, no se comprobó que el objetivo era venderlas, es decir un tráfico ilícito de los estupefacientes. Por esa razón, consideró que debía ser declarado responsable por el delito de contrabando de estupefacientes en calidad de autor y ser condenado a tres años de prisión en suspenso.

El juez Fabián Asís rechazó la propuesta de suspensión de un juicio ordinario en desacuerdo de una pena no efectiva. En su resolución, el magistrado desplegó argumentos basados en la descripción del éxtasis, sus consecuencias en la salud de quienes lo consumen, con la probabilidad de producir la muerte.

Advirtió, además, que en el allanamiento a la casa del acusado se secuestraron 24 entradas a fiestas electrónicas y reflexionó que son los ámbitos en que se comercializan las drogas de diseño. También sostuvo que 100 pastillas son indicio fuerte de su finalidad porque supera ampliamente la necesidad de autoconsumo a corto y mediano plazo.

También reseñó una serie de informes periodísticos, incluido uno que publicó PERFIL CORDOBA, en los que se destacó que en 2017, año en que sucedió el hecho, en Córdoba se incautaron más de 100 mil pastillas cuyo valor supera los $ 50 millones. “El análisis de los requisitos para la procedencia de una pena en suspenso, debieron ser analizados fundadamente en particular los motivos que lo impulsaron a delinquir, la naturaleza de los hechos y las demás circunstancias que rodean el contexto en que fueron desarrollados”, destacó el juez.

Resolvió que debe realizarse un juicio para analizar las pruebas y en el que las partes puedan alegar para llegar a la verdad real. Así rechazó la solicitud de juicio abreviado y ordenó que se realice un nuevo sorteo para designar al juez que conduzca ese debate.