ECONOMIA
ASISTENCIA SOCIAL

Ya podés consultar en ANSES cuándo cobrar el Ingreso Familiar de Emergencia

La ANSES informó del funcionamiento para continuar con el trámite en el caso de ya haber hecho la preinscripción.

La ayuda de los 10 mil pesos se cobrará por única vez en abril.
La ayuda de los 10 mil pesos se cobrará por única vez en abril. | NA

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) publicó este lunes 6 de abril el cronograma para consultar si ya se puede avanzar con el trámite para cobrar el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) de 10 mil pesos. Aquellos que ya hubiesen hecho la preinscripción para percibirlo, podrán continuar con el proceso en el sitio web del organismo.

En el marco de la emergencia económica, social y sanitaria por el coronavirus, el Gobierno Nacional dispuso un IFE para trabajadores informales y monotributistas de las primeras categorías. Se trata de un monto de $10.000 que se va a percibir por única vez en el mes de abril, aunque podría ser prorrogado en el caso de que lo considere necesario el Gobierno, solamente por un integrante del grupo familiar.

Si se realizó la preinscripción (que arrancó el pasado viernes 27 de maro), se puede consultar si se reúnen los requisitos para continuar el trámite. El cronograma para hacerlo es el siguiente:

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  • DNI terminados en 0 y 1: lunes 6 de abril.
  • DNI terminados en 2 y 3: martes 7 de abril.
  • DNI terminados en 4 y 5: miércoles 8 de abril.
  • DNI terminados en 6 y 7: jueves 9 de abril.
  • DNI terminados en 8 y 9: viernes 10 de abril.

Es importante que respetes la fecha de consulta de acuerdo al siguiente cronograma”, remarcó la ANSES en el sitio web. Cabe recordar que el IFE es compatible con el cobro de la Asignación Universal por Hijo, la Asignación por Embarazo y el programa Progresar.

Los requisitos para poder cobrar esta ayuda son:

  • Ser argentino nativo o naturalizado y residente, con una residencia legal en el país no inferior a 2 años.
  • Tener entre 18 y 65 años de edad.
  • Que el titular o su grupo familiar no tenga ingresos provenientes de:
  1. un trabajo en relación de dependencia en el sector público o privado.
  2. Ser monotributista de categoría C o superior, o del régimen de autónomos.
  3. Una prestación de desempleo.
  4. Jubilaciones, pensiones o retiros contributivos o no contributivos nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  5. Planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales.

B.D.N./FF