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Seguro de vida saldo deudor- Acuerdo colectivo homologado

Se informa que en el marco del expediente "ADECUA c/CMR FALABELLA S.A. Y OTROS s/ORDINARIO (Expte. Nº45595/2017), en trámite bajo el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 17, Secretaría 33 , por resolución de fecha 30/09/2010, se homologó el acuerdo alcanzado entre las partes. Conforme a las resoluciones de fechas 04/11/2015 y 11/10/2016 se hace saber el alcance del acuerdo.

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Para más información comuníquese al 0810 777 3344 de lunes a domingo en el horario de 9 a 21. 

En los autos "ADECUA c/CMR FALABELLA S.A. Y OTROS s/ORDINARIO (Expte. Nº45595/2017), en trámite bajo el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 17, a cargo del Dr. Federico Guerri, Secretaría Nº 33, a cargo del Dr. Trebino Figueroa, sito en Marcelo T. de Alvear 1840 piso 3º CABA, por resolución de fecha 30/09/2010 se ha homologado el acuerdo alcanzado entre las partes, y conforme las resoluciones de fechas 04/11/2015 y 11/10/2016 se hace saber a los clientes y ex clientes de CMR Falabella S.A. que en caso de haber efectuado con su tarjeta CMR operaciones financiadas que hayan incluido el cobro del cargo "Seguro de Vida Saldo Deudor" en el período comprendido entre agosto de 2007 y septiembre de 2010, se les restituirá la diferencia entre lo cobrado por dicho cargo y el monto que resulte de sumar (i) el 0.14% de las sumas aseguradas sobre el "saldo deudor financiado en Tarjetas de crédito" más (ii) $1,40 mensual por cada mil pesos de suma asegurada, más IVA en caso de corresponder. FORMA DE RESTITUCIÒN a) Clientes beneficiados por la acción colectiva: mediante la acreditación en sus respectivas cuentas de tarjeta de crédito CMR una vez transcurridos 60 días desde que hayan sido anoticiados del acuerdo homologado, ya sea por este medio o por la nota que se les enviará vía postal al último domicilio registrado o por correo electrónico a la última dirección de e-mail registrada; y (b) Ex clientes beneficiados por la acción colectiva: se los convoca de modo fehaciente por este medio a solicitar restitución de los importes una vez transcurridos 60 días desde que han sido anoticiados del acuerdo homologado, ya sea por este medio o por la nota que se le enviará al último domicilio registrado o por correo electrónico a la última dirección de e-mail registrada. IMPORTANTE: dentro de los 60 días de anoticiados, los interesados podrán hacer uso de su derecho de exclusión de las consecuencias que dimanaran del acuerdo homologado mediante la presentación del juicio indicado de una nota simple, sin necesidad de firma de abogado, durante el horario de 7.30 a 13.30 hs. El silencio al respecto será considerado como manifestación de voluntad de atenerse a las consecuencias del acuerdo homologado. Para mayor información puede consultar en www.cmrfalabella.com.ar. Asimismo, podrá comunicarse al TE 08107773344 de lunes a domingo en horario de 9 a 21 hs.

Rafael Trebino Figueroa
Secretario