POLITICA

A once meses de la tragedia de Once, vuelven a pedir la indagatoria de De Vido

Una de las partes de la querella, que representa a familiares de las víctimas, denunció al funcionario. Galería de fotos.

La lectura del documento en el andén 1 de la terminal de trenes de la línea Sarmiento quedó a cargo de María Luján Rey, mamá de Lucas Menghini Rey, la víctima número 51.
| DyN

Además de pedir imputación por “estrago doloso” (y no culposo) a varios de los acusados por la tragedia de Once, que provocó en febrero de 2012 la muerte de 51 personas, uno de los cuatro querellantes en la causa pidió hoy la declaración indagatoria del ministro de Planificación, Julio De Vido, por su presunta responsabilidad.

El abogado Gregorio Dalbón, quien encabeza a uno de los cuatro grupos de querellantes, recordó quedenunció a De Vido por su presunta responsabilidad en la tragedia, pero a 11 meses del hecho "no ha mediado pronunciamiento de ninguna especie… por su innegable participación en la tragedia que conforma el objeto del presente proceso".

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Dalbón denunció penalmente a De Vido y la causa recayó en el juez federal Rodolfo Canicoba Corral, quien se declaró incompetente y envió las actuaciones a su par Claudio Bonadio, quien tiene a su cargo el eje central de la investigación.

"Habiéndose dispuesto el procesamiento de altos funcionarios que prestaban servicios bajo la supervisión de De Vido, corresponde que sea adoptado el mismo temperamento respecto de este disponiéndose el arbitrio de las instancias previstas a tal fin, conforme lo oportunamente requerido por esta querella", reclamó Dalbón, mediante un escrito orientado a que la Cámara de Casación revise el fallo dictado por la Cámara Federal el 11 de enero pasado.

"Propugno que el Tribunal de Casación ordene la apertura del proceso pertinente en contra del Ministro de Planificación", subrayó el escrito.

En ese contexto, Dalbón también interpretó que el fallo de la Cámara Federal que consideró "culposa" (sin intención) la conducta de los imputados "incurre en una manifiestamente errónea calificación del hecho que conforma el objeto de la investigación al tipificar la conducta de todos los imputados de manera inexacta con relación a lo que determina la prueba colectada en la causa".

Según el querellante, varios de los acusados deberían ser imputados por "estrago doloso", entre ellos los ex secretarios de Transporte Ricardo Jaime y Juan Pablo Schiavi, es decir, que obraron “con intención” y “a sabiendas” de que podía ocurrir alguna muerte.

"La conducta desplegada por varios de los encartados debe estimarse como dolosa. De ninguna manera, puede reputarse que la tragedia ocurrida sea la simple consecuencia de su accionar imprudente o negligente habida cuenta de que ha quedado concluyentemente comprobado que los mismos obraron con la intención de delinquir y a sabiendas de que la comisión del delito podía ocasionar la muerte y las lesiones de aquellos pasajeros que viajasen en las formaciones férreas que no se encontraban en condiciones aptas para circular", sostiene el escrito,

"Si no resulta revisada en la presente instancia procesal, los imputados serán sometidos a juicio oral sobre la base de una acusación insuficiente a la luz de lo que ha quedado plenamente demostrado en el curso del proceso", añadió.

La calificación "dolosa" del delito alcanza, según Dalbón, a Sergio y Mario Cirigliano, Marcelo Calderón, Carlo Ferrari, Carlos Lluch, Jorge Alvarez, Jorge De Los Reyes, Alejandro Lopardo, Carlos Pont Vergés, Daniel Rubio, Víctor Astrella, Oscar Gariboglio, Francisco Pafumi, Roque Cirigliano, José Doce Portas, Schiavi, Jaime, Antonio Luna, Pedro Ochoa Romero, Antonio Cirigliano, Daniel Lodola, Luis Ninoná y Antonio Sícaro.

"Ha quedado concluyentemente demostrado que el flagrante desvío de las sumas millonarias asignadas por el estado nacional a favor de la concesionaria del servicio donde tuvo lugar la tragedia ha sido cometido, de manera intencional, por quienes han participado en su producción, extremo que imposibilita que pueda argumentarse que las fallas en los sistemas de frenado de la formación siniestrada, acaecida como consecuencia de dicho desvío, pueda estimarse como ajena a la comisión de dicho acto intencional", resume el escrito.