POLITICA
Fallo judicial

Caso Maldonado: cerraron la causa y sobreseyeron al gendarme Emmanuel Echazú

Lo dispuso el Juez Federal de Rawson Gustavo Lleral. El oficial era el único imputado en el expediente que investiga la muerte del joven artesano.

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victima. El artesano Santiago Maldonado tenía 28 años cuando murió ahogado, en agosto de 2017. | cedoc perfil

El juez federal de Rawson Gustavo Lleral dio hoy por cerrada el expediente que investigaba la desaparición de Santiago Maldonado, el joven que fue visto con vida por última vez el 1 de agosto, en medio de un violento desalojo de Gendarmería, en la zona de Cushamen, y cuyo cuerpo apareció en aguas del río Chubut, 77 días después. Para el magistrado, el segundo en intervenir en la causa, no hubo desaparición forzada, una de las hipótesis investigativas del caso y que siempre impulsó la querella de los familiares de Santiago, que al momento de su desaparición tenía 28 años. En su resolución, de 263 páginas a la que accedió PERFIL, Lleral también sobreseyó al gendarme Emmanuel Echazú, único imputado en el caso. “Lo cierto es que la verdad que rodeó a la desaparición y muerte de la víctima de esta causa (y victima de todas las manipulaciones espurias que de ella derivaron), es una sola”, sostuvo el juez.

En su resolución, el magistrado, hizo un detalle pormenorizado de la causa desde sus inicios hasta ahora. Hizo alusión a los diferentes testimonios y pruebas en la causa. También las posiciones de las diferentes partes y del ex juez de la causa, Guido Otranto. “La inquietud y expectativa públicas que indudablemente generó el presente caso, me impone el deber de recapitular y, en definitiva, presentarles, a los justiciables y a la sociedad toda, en qué consistió esta investigación y cuál fue el trabajo propuesto y desplegado con miras a darle una solución fundada en Justicia.

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De todo eso, para el magistrado se desprende que el cuerpo de Santiago estuvo desde su aparición hasta su hallazgo, en aguas del río Chubut. “Allí quedó su cuerpo atrapado, enganchado en el ramaje subacuático denso, que lo mantuvo inerte y oculto durante el tiempo necesario para que, luego de su descomposición natural interna, superara la presión y la fría temperatura del agua, hasta que se produjeran los cambios de clima”.

Y agrega: “Y sólo, tal como se hundió, sin que tampoco en ese momento persona alguna lo advirtiera, emergió en el mismo lugar, en el remanso del río donde se había escondido y se había producido su sumersión. En ese sitio, una rama de los mismos sauces donde quedó atrapado, ofició de sostén, lo contuvo hasta que se lo avistara y finalmente, se lo retirara. La verdad es esa. Cuando la simplicidad de las cosas es patente, sobrevuelan los sinsabores de la especulación espuria”, desarrolló Lleral.

En tanto que en otros de los tramos sostuvo: “Los hechos que se presentaron en el presente caso, no constituyen delito. Nadie forzó la desaparición de Santiago Andrés Maldonado,. Nadie resultó señalado, por la prueba que se colectó como autor de aquella hipótesis delictiva. Nadie fue penalmente responsable de su muerte”. 

En tanto que para referirse a la situación del gendarme acusado, sostuvo: “Así las cosas, y de acuerdo a las informaciones que emergen de los elementos reunidos en la causa y analizados exhaustivamente ut supra, que descartan de plano cualquier intervención de la Gendarmería Nacional, en general, y del Sr. Emmanuel Echazú, en particular”.