El miércoles,
Perfil.com
informó sobre la
presentación de una denuncia contra el senador Roberto Urquía por parte del abogado Ricardo
Monner Sans y el ex diputado Mario Cafiero, quienes aseguran que Urquía intervino en la sanción de
la ley de retenciones para favorecer a empresas de granos. Urquía es dueño de la empresa cordobesa
Aceitera Deheza y los denunciantes dicen que había incompatibilidad de funciones.
Hoy el senador le envió una carta a
Perfil.com para dar su versión sobre su intervención en la sanción de la ley.
"El expediente se inicia en la H. Cámara de Diputados de la Nación, con el número
5201-D-2007, su autor fue el Diputado (mc) Rafael Martínez Raymonda y versaba sobre la
“Acreditación de la fecha de adquisición de productos agropecuarios por parte de exportadores
que hayan registrado ventas mediante declaraciones juradas de ventas al exterior hasta el 9 de
noviembre de 2007, a fin de evitar perjuicios a los productores y al erario público”. La
Cámara baja con fecha 4 de diciembre de 2007, aprueba el dictamen sobre el proyecto de Ley con las
modificaciones y agregados propuestos en comisión, dándole media sanción y pasando el proyecto al
H. Senado para su tratamiento".
"En la oportunidad todos los invitados expusieron sobre las características que
debía contener la norma, para posteriormente elaborar el dictamen. La mencionada reunión se realizo
el 19 de diciembre de 2007, y la trascripción taquigráfica de todo lo allí expresado figura en el
apartado de la comisión de Presupuesto y Hacienda en el sitio web de este H. Senado".
“Sr. Presidente.(Urquia) — Me parece que el objetivo de esto es —a ver, usted, senadora Osuna, que participó en esos debates— que la gente que se va a enriquecer impropiamente por este tema, no lo haga. Si ése es el espíritu y todos coincidimos, tenemos que avanzar para que el texto sea el correcto, de modo que eso se subsane.
"El texto que viene de Diputados —la gente de la AFIP acá me dejó una propuesta— lo estaría cambiando por el siguiente, en el artículo 1°. Esto es propuesta de la gente de AFIP, acordada por Agricultura. El artículo 1°: “Cuando se produjera un incremento en más de las alícuotas correspondientes a los derechos de exportación de productos agropecuarios alcanzados por las disposiciones de la Ley 21453, en el período comprendido entre el registro de declaraciones juradas de venta al exterior y el de la oficialización de las correspondientes destinaciones de exportación, los exportadores deberán acreditar de modo fehaciente la tenencia o en su caso la adquisición de tales productos con anterioridad al aludido incremento”.
"Si quieren le saco fotocopia para entregar ahora. Es un tema que voy a tratar de explicarlo, porque lo conversamos con el doctor Cericano, el doctor Costa y el doctor de Aduanas que nos visitó. Eso quiere decir lo siguiente: acá las alícuotas se cambiaron el 6, el 7 o el 8 de noviembre, con exactitud. Todas las declaraciones hechas con anterioridad a esa fecha —todas— que no tuvieran la mercadería comprada, tienen que pagar el nuevo derecho. Las declaraciones que tuvieran la mercadería comprada, como ya se le compró al productor y se le liquidó con el derecho vigente en ese momento, no hay una transferencia. No sé si soy claro o concreto".
"Además, quiero aclararles a las senadoras y senadores presentes que participo desde hace
cuarenta años en el sector. Entonces, me voy a abstener en la votación, porque no me parece lógico
estar votando en este tema. Pero estoy diciéndoles mi experiencia de cuarenta años en este tema,
para que nadie se quede con un cospel que sea del Estado nacional y de los argentinos, y que
tampoco el Estado nacional se quede con un cospel que no le corresponda, de los
privados".
"Posteriormente se remitió la sanción con modificaciones a la Cámara de
Diputados donde luego de dar el debate del mismo, el 26 de diciembre de 2007, lo aprobaron
manteniendo las modificaciones propuestas por el H Senado con 165 votos favorables y 2
abstenciones, transformándolo en la actual ley 26351 promulgada por el PE".
"Finalmente quiero destacar que todo lo expuesto en la presente puede ser
corroborado y ampliado en el acta y en la versión taquigráfica de la comisión publicadas en el
sitio del H. Senado desde diciembre pasado, y en la versión taquigráfica de la sesión en
cuestión".