POLITICA
Lucha Anticorrupción

Extinción de Dominio: ¿puede un decreto reformar los derechos constitucionales?

El DNU que firmó el presidente Macri generó una ola de críticas de especialistas y la oposición que califican a la medida de "inconstitucional" . Qué dice el oficialismo.

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Mauricio Macri decretó la Extinción de Dominio. | NA

El decreto que firmará Mauricio Macri para aprobar el proyecto de extinción de dominio generó duras críticas de la oposición y de especialistas por la forma en la que se aprobó la medida. El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del Ejecutivo dejó de lado las opiniones del Congreso y algunos califican esta medida de "inconstitucional" y "prohibida".

Con el fin de recuperar "más rápido" los bienes de la corrupción y el narcotráfico, el mandatario "salteó" al Congreso y tomó la decisión de modificar una norma penal. En ese sentido, el abogado constitucionalista Raúl Gustavo Ferreyra señaló en diálogo con PERFIL que "la materia sobre la cual el presidente dictó un DNU es una materia prohibida".

"Los DNU tienen cuatro prohibiciones en el Artículo 99 inciso 3, entre esas están las materias que no se pueden llevar adelante mediante un decreto, que son la penal, tributaria, electoral y régimen de partidos políticos. La extinción de dominio es en realidad "decomiso" y el decomiso es una sanción penal, motivo por el cual, para su instauración es necesaria una Ley del Congreso. En este caso está regulando directamente la materia penal, por eso está prohibido", explicó el profesor titular de Derecho Constitucional en la UBA.

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En esa línea, aseguró que "el DNU del Presidente reglamenta inconstitucionalmente porque pretenderá decomisar bienes de personas sin sentencia firme recaída en el el fuero penal. El decreto permite hacerlo en el trámite procesal, cuando inicia la causa, es una locura". Según el especialista, esta situación, "sumado a que no existe necesidad y urgencia que habilite un DNU, lleva por un camino exclusivamente venenoso y antijurídico al fruto prohibido de un árbol enfermo".

En ese sentido, el diputado por el PRO Pablo Tonelli rechazó que el decreto que habilita la extinción de dominio sea inconstitucional y sostuvo que se trata de una acción civil y no está relacionada con una acción penal.

Anabel Fernández Sagasti: "Va a venir a la comisión de DNU y ahí vamos a intentar imponer nuestra postura de rechazarlo"

"Esto no es materia penal. Esto es una acción civil que va a tramitar la justicia civil que nada tiene que ver con la acción penal que corre por otro andarivel", manifestó Tonelli a radio La Patriada.

Desde el kirchnerismo salieron al cruce ante esta explicación de Cambiemos de catalogarlo como una acción civil. "Esto debe tratarse mediante ley. La constitución veda que se pueda legislar mediante DNU todo tipo de cuestión penal, y ellos por más que han tratado de dibujarlo que es en sede civil, sigue siendo un apéndice de un proceso penal", señaló en diálogo con PERFIL la senador nacional del Frente Para la Victoria, Anabel Fernández Sagasti.

"Nosotros con el fondo del asunto estamos de acuerdo", aclaró la legisladora que integra la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo que acepta o rechaza los decretos. "Va a venir a la comisión de DNU y ahí vamos a intentar imponer nuestra postura de rechazarlo, veremos qué opinan los diferentes bloques", adelantó a este medio.

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En los considerandos de la norma, el Gobierno recuerda que el proyecto lleva más de dos años de trámite legislativo sin resolución ya que se aprobó la media sanción en Diputados en 2016, pero en 2018 el Senado modificó el proyecto y éste no se volvió a tratar en el Congreso, por lo que caducó. Sin embargo, Fernández Sagasti señaló: "En realidad después pasó a la cámara de Diputados nuevamente, donde el macrismo tiene mayoría, y eso no se trató".

"Cambiemos está electoralizando un tema profundo que tiene muchas arterias que tratar. Tienen que ser políticas de estado y tienen que ser tratadas seriamente. Es más, ellos votaron en contra de la media sanción de senadores, paradójicamente", añadió.

En ese sentido, contó todo el trajín que tuvo el proyecto: "Cuando vino la media sanción de Diputados y la empezamos a tratar en Senadores, todo el arco jurista dijo que era un espanto el proyecto que venía de la Cámara de Diputados que era casi el mismo que venía desde el Ejecutivo. Entonces nosotros como legisladores tenemos que escuchar las voces de los expertos juristas que van a aplicar la ley y decían que era inconstitucional".

De la misma manera se expresó el especialista Andrés Gil Domínguez en declraciones a Radio Continental y también desde su cuenta de Twitter: "Estamos de acuerdo en luchar contra la corrupción pero este no el método, no se puede violar la constitución".

"El régimen procesal de la acción de extinción de dominio presenta muchos problemas constitucionales. Se puede promover contra una persona aunque ni siquiera se encuentre imputada en una causa penal, solo basta que se dicte una medida cautelar sobre un bien en un proceso penal", añadió.

Además, agregó: "Si el Estado se equivocó porque la persona fue absuelta en sede penal, sólo le devuelve lo apropiado pero no reconoce la procedencia de una indemnización por daños y perjuicios".

La ministra Patricia Bullrich habló de que la medida podría ser retroactiva a 15 años, sin embargo, Gil Domínguez negó esa situación: "Así como está redactada la acción no es retroactiva porque no lo dice expresamente como lo exige el artículo 7 del Código Civil y Comercial y como lo decía el proyecto de Diputados".

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Por su parte, el constitucionalista Daniel Sabsay reconoció desde su cuenta de Twitter que la aplicación del mecanismo por decreto "es el punto más delicado", pero avaló la decisión: "Creo que la renuencia de los senadores de la oposición a sancionar una ley, se transforma en un estímulo para la comisión de delitos y para impedir el recupero de los bienes mal habidos".

Para Sabsay, "la lucha contra la corrupción, la trata de personas y otros delitos similares no admite demora". "La posibilidad para el estado de recuperar los bienes resultantes de esos delitos requiere celeridad. La inconcebible. lentitud de los senadores no deja otra salida que el decreto", remarcó.

Por su lado, la diputada del Frente Renovador, Graciela Camaño, consideró que la extinción de dominio, al ser presentada por decreto, "deja resquicios" para la inconstitucionalidad, aunque manifestó su esperanza de que al gobierno nacional "le vaya bien" con la iniciativa.

"Al tratarse como un DNU, ha dejado un resquicio muy importante para que tengamos inconvenientes. Vamos a insistir con nuestro proyecto para que tengamos una ley como corresponde y que no haya cuestionamientos de inconstitucionalidad", manifestó Camaño.

"Promovimos, promovemos, y promoveremos la posibilidad de tener una acción autónoma para extinguir el dominio de los delitos que cometen quienes están mejor acomodados socialmente. En el caso de la corrupción, el poder político", añadió.