POLITICA
Intervención estatal

La defensa que utilizará el kirchnerismo en el Congreso para expropiar Vicentin

Con un documento de 39 páginas, los diputados se preparan para argumentar sobre el futuro de la empresa. La utilidad pública en medio de la discusión.

Trastienda del proyecto con el que Máximo Kirchner quiere gravar a los ricos por el coronavirus
Trastienda del proyecto con el que Máximo Kirchner quiere gravar a los ricos por el coronavirus | cedoc

Para Alberto Fernández, la expropiación de Vicentin sigue siendo el único camino posible para el futuro de la compañía cerealera que fue intervenida por el Gobierno nacional. Por eso, mientras el Poder Ejecutivo termina los detalles del borrador que ingresará al Congreso en los próximos días, los legisladores del oficialismo se preparan para defender el proyecto.

Una de las discusiones con la oposición gira alrededor de la declaración de utilidad pública con la que el Gobierno busca avanzar sobre la empresa. Según la oposición los argumentos de “soberanía alimentaria” que se escucha desde el Gobierno no son fundamentos para que la ley de expropiación puede aplicarse con Vicentin.

Para dar esta pelea y previendo que en la Cámara Baja el oficialismo necesitará de bloques aliados para su votación, los 118 diputados del Frente de Todos ya tienen un documento de 39 páginas titulado “Aportes para el debate sobre el rescate de la Sociedad Vicentin SAIC”. En la página 6 bajo el punto “Consideraciones jurídicas y normativas” se dan los argumentos para la defensa y votación de la expropiación sobre la figura más discutida de utilidad pública.

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En el informe, se deja en claro que “la expropiación de la empresa y este salvataje es la única solución posible a un derrotero fatalmente destinado a la dilapidación”,  aunque se describe que “es necesario destacar la obligación estatal de resultado respecto de la satisfacción de los derechos humanos de nuestros habitantes. Son prestaciones positivas y de necesaria intervención estatal, dejando atrás cualquier fantasma de intervencionismo”.

Según el paper del bloque oficialista comandado por Máximo Kirchner, “las críticas más agudas que pretenden argüirse refieren a cuál sería la utilidad pública” y  continúa: “La utilidad pública que debe servir de fundamento legal a la expropiación comprende todos los casos en que se procure la satisfacción del bien común, sea éste de naturaleza material o espiritual”.

De acuerdo a este informe, en el caso de la expropiación de la cerealera, se detalla: “En nuestro caso el bien susceptible de expropiación es una sociedad comercial cuyo objeto se orienta a la producción y comercialización de granos, de allí la utilidad en un contexto falencial de la empresa y de grave situación económica producto de una herencia desastrosa del macrismo y la pandemia”.

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Allí se define a Vicentin como “objeto expropiable” ya que “pueden ser objeto de expropiación todos los bienes convenientes o necesarios para la satisfacción de la utilidad pública, cualquiera sea su naturaleza jurídica, pertenezcan al dominio público o al dominio privado, sean cosas o no”. Y agrega: “Si bien la expropiación debe referirse específicamente a bienes determinados, también puede referirse genéricamente a los bienes que sean necesarios para la construcción de una obra o la ejecución de un plan o proyecto; en tal caso la declaración de utilidad pública se hará en base a informes técnicos referidos a planos descriptivos, análisis de costos u otros elementos que fundamenten los planes y programas a concretarse mediante la expropiación de los bienes de que se trate, debiendo surgir la directa vinculación o conexión de los bienes a expropiar con la obra, plan o proyecto a realizar”.

Estos informes finales con los que los diputados llegarán al debate en el Congreso están a cargo de Gabriel Delgado, el dirigente elegido por el Presidente como interventor de la empresa.

En este documento, también se dan los detalles sobre el precio que deberá pagar el Estado en caso de que la expropiación avance. “La indemnización sólo comprenderá el valor objetivo del bien y los daños que sean una consecuencia directa e inmediata de la expropiación. No se tomarán en cuenta circunstancias de carácter personal, valores afectivos, ganancias hipotéticas, ni el mayor valor que pueda conferir al bien la obra a ejecutarse. No se pagará lucro cesante. Integrarán la indemnización el importe que correspondiere por depreciación de la moneda y el de los respectivos intereses”, se detalla.

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Las siguientes páginas hablan de las Características económicas de la Sociedad Vicentin SAIC; los balances de la empresa; la situación financiera; y la estructura de la compañía.

Un capítulo aparte informa sobre las “estrategias discursivas de la oposición mediática, política y empresarial referidas al rescate de Vicentin” en donde se detalla que “desde el 8 de junio a las 17 horas hasta el 12 de junio a las 9 horas se sucedieron en los medios audiovisuales 303 entrevistas, 118 en TV y 185 en radio, alcanzando un total de 13.000.000 personas”. Dentro de estas voces, la oposición logró acaparar la escena con un 64 % del espacio, frente a un 36 % de voces oficiales.