POLITICA
Incierto futuro

Rechazan el concurso de acreedores de la petrolera que vendió Cristóbal López

El magistrado Héctor Vitale denegó la apertura del concurso preventivo y complicó aún más la venta del holding del empresario K.

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Al empresario Cristobal López le inhibieron sus bienes y no puede vender Indalo | Cedoc

El Poder Judicial le dio una nueva mala noticia al ex Grupo Indalo (Grupo Ceibo), ya que rechazó el concurso de acreedores de la petrolera que vendió Cristóbal López, Oil Combustibles S.A (OCSA).

La decisión la tomó el juez Héctor Vitale (Juzgado Comercial 4 de la Ciudad de Buenos Aires), quien rechazó el pedido de la empresa de reestructurar sus deudas con un proceso judicial. El magistrado acusó a Cristóbal López y su socio Fabián De Sousa de haber cometido "un fraude a la ley" con la solicitud de evitar la quiebra de su grupo a través de la cesación de pagos.

Según el fallo, "los antecedentes colectados en el incidente de investigación a partir del mes de mayo del año 2011 y hasta diciembre del año 2015, muestran que Oil Combustibles S.A. ha optado por no cancelar el Impuesto a los Combustibles Líquidos y acogerse a las facilidades de pago otorgadas por AFIP, mientras que, en forma paralela a ello, ha efectuado préstamos de dinero -equivalentes a las sumas que no ingresó a las arcas del Estado- a personas integrantes del "Grupo Indalo".

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En su escrito, el juez también aseguró que estos préstamos abarcaron a otras firmas del grupo como Inversora M&S S.A. y a Oil M&S S.A.- y se otorgaron "en condiciones hartamente desfavorable para la compañía". Añade que esto "se aprecia desde que en lo convenido con las empresas del grupo se fijaba tasas de interés mucho menos gravosas que las previstas por el fisco o, inclusive, a veces siquiera sin plazo de devolución y/o sin tasas de interés. -v. en este sentido análisis efectuado al inciso 6to. del informe general de la sindicatura, fs. 6490/6491", según publicó Infobae.

Para Vitale, el pedido de apertura concursal "no es más que el instrumento procesal de un fraude con cobertura legal típicos y atípicos frente al concurso preventivo fraudulento" al que se acude para encarar un plan de insolvencia. En los considerandos de su fallo, Vitale asegura que el fraude concursal es una especie de fraude a la ley que se verifica cuando un deudor acude al procedimiento de concurso preventivo cumpliendo sus formalidades pero falseando alguno de los presupuestos sustanciales con el objeto de perjudicar a uno o más acreedores.

Cambios. El año pasado, el juez sí permitió la apertura del concurso preventivo de Oil Combustibles y ahora lo rechazó. Según su fallo, acusó a los empresarios del holding de haber "tratado de inducir a engaño al Suscripto, conducta que no merece mayor análisis que el que manifiestamente resulta de tal actuar".

l magistrado también acusó al grupo de "falta de seriedad" para intentar alcanzar el proceso concursal, al no presentar más información que se le requirió o al no haber tenido tiempo de obtener los elementos suficientes para opinar sobre el estado contable detallado y valorado del activo y el pasivo.

En cuanto a la venta del paquete accionario al fondo OP Investment, el magistrado argumentó que la operación está condicionada al levantamiento de las inhibiciones y que no puede tomarse como causal para abrir el concurso preventivo. "La eventual conducta que a futuro pudieran llevar a cabo los "nuevos"integrantes del directorio no sanearían –en el caso de tomarse por ciertas–, los extremos hasta aquí apuntados", sostuvo.

Según agregó el matutino, desde OP Investment aseguraron que a pesar del fallo insistirán en la reapertura del concurso preventivo ya que entienden es la única alternativa para que se pueda iniciar el proceso de inversiones y salvataje de todas las empresas del ahora Grupo Ceibo.