POLITICA

Las 10 noticias del 2013 | La constitucionalidad de la Ley de Medios

Luego de 4 años de debates, el máximo tribunal se expidió sobre los artículos cuestionados.Ya están dadas las condiciones para su total aplicación. Habla el especialista Martín Becerra. Fotos.

La Corte Suprema daría a conocer el fallo sobre la Ley de Medios
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Luego de cuatro años de debates, de voces a favor y en contra, de una “batalla” que se centró en la disputa Gobierno Nacional vs. Grupo Clarín, la Corte Suprema de Justicia declaró el 29 de octubre, la constitucionalidad de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual más conocida como la Ley de Medios.

“Este fallo cierra el círculo de la variación de los tres poderes del Estado sobre la ley. Dado que es una ley que a contramano de la regulación histórica en Argentina, pone límites a la concentración de la propiedad, habilita que sectores sociales sin fines de lucro puedan ser licenciatarios, dispone de cuotas de producción propia, establece nuevos criterios de autoridad de aplicación con la participación de la oposición que es inédito. Dado que la ley es muy transgresora en todos estos aspectos, que los tres poderes del Estado hayan validado la ley a mi me parece la primera cuestión a destacar”, señaló a este portal el investigador de medios, Martín Becerra.

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“La corte aprovecha este fallo para hacerles serias advertencias al Gobierno. Advertencias respecto de su arbitrariedad a la hora de usar los recursos públicos para beneficiar amigos y castigar disidentes, respecto de las dificultades que existen en Argentina para el acceso a la información pública, respecto del uso gubernamental de los medios del Estado, es decir que le plantea también al Gobierno cómo tiene que intervenir”, agregó Becerra.

La reconstrucción. Todo empezó un 1 de marzo del 2009 cuando Cristina Fernández de Kirchner anunció ante la Asamblea Legislativa el envío al Congreso de un proyecto para sustituir la Ley 22.285 de Radiodifusión creada por la dictadura militar de 1980. El 10 de octubre de ese mismo año, con 44 votos a favor y 24 en contra, el Senado la convirtió en ley.Pero al poco tiempo el Grupo Clarín y otros medios comenzaron a interponer una serie de medidas cautelares.

El 26 de octubre Clarín fue a la Justicia para plantear la inconstitucionalidad de los artículos 41 y 161 de la Ley. El 15 de diciembre el juez Edmundo Carbone dictó una medida cautelar a favor del Grupo en la que dejó sin efecto la aplicación de los artículos 41 y 161, y en suspenso la obligación de desprenderse de algunas licencias para adecuarse a la norma, que debía realizarse, según lo estipula la ley, a un año de su promulgación.

El 14 de mayo de 2010, luego de que el Gobierno apelara al fallo del juez Carbone, la Cámara Civil y Comercial Federal mantuvo vigente la medida cautelar para el artículo 161, y revocó la suspensión del artículo 41 que había dispuesto Carbone. Sin embargo, el Estado interpuso un recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema, pero el mismo fue desestimado.

El famoso 7D. La dilatación de la medida cautelar hizo que el 22 Mayo de 2012, la Corte Suprema ponga el 7 de diciembre de ese mismo año como límite a la cautelar presentada por el Grupo Clarín, aunque admitió que la misma podía prorrogarse. Ante la cercanía de la fecha, el Grupo Clarín volvió a pedir una medida cautelar, pero la Corte declaró "inadmisible" esa solicitud. Un día antes del 7D, los jueces de la Cámara Civil y Comercial Federal extienden el recurso que beneficia a Clarín "hasta que se dicte una sentencia definitiva en la causa".

El 14 de diciembre el juez federal a cargo del Juzgado 1 en lo Civil y Comercial, Horacio Alfonso, declaró constitucionales los artículos de la Ley que habían sido cuestionados por el Grupo Clarín. Tres días después, el multimedios apeló el fallo del juez Alfonso y la causa llegó a la Cámara, que repuso la medida cautelar.

Procaduría. Ya en 2013, el 2 de julio, la Corte giró la causa para que la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, opine sobre la declaración de inconstitucionalidad parcial decretada por la Cámara Civil y Comercial Federal. 10 días después Gils Carbó se pronunció a favor de la constitucionalidad de la ley y aconsejó a la Corte que revoque el fallo de la Cámara Civil y Comercial (artículos 45 y 161) por "evidenciar graves defectos de fundamentación y razonamiento que impiden considerarla como acto jurisdiccional válido".

Durante los días 28 y 29 de agosto, la Corte Suprema de Justicia realizó una audiencia pública en la que escuchó los argumentos de las partes, tanto del Estado como los del Grupo Clarín.

Seis días después del fallo de la Corte, el grupo Clarín presentó su plan de adecuación voluntaria donde se divide en seis partes para no vender ninguna de sus licencias. Cabe esperar si el AFSCA acepta tal adecuación o no.