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Las claves del fallo de Daniel Rafecas que procesó a Julio De Vido

Un marco normativo creado por el exministro y un Memorando de Entendimiento a favor de Odebrecht fueron los puntos fundamentales para la decisión del juez.

Julio De Vido, ex ministro de Planificación.
Julio De Vido, ex ministro de Planificación. | DYN

El juez federal Daniel Rafecas procesó este martes al exministro de Planificación Julio De Vido por negociaciones incompatibles con la función pública, en el marco de la causa Odebrecht. El fallo se convirtió aspi en el primer expediente salpicado por la trama del Lava Jato, que se originó en Brasil, en la que fueron alcanzados exfuncionarios y empresarios en Argentina.

Junto al exfuncionario kirchnerista, fueron procesados el exsecretario de Energía, Daniel Cameron, y los ex subsecretarios Bautista Marcheschi (Energía Eléctrica) y Cristián Alberto Folgar (Combustibles). De acuerdo a lo previsto en el art. 265 del Código Penal, este delito prevé penas de hasta 6 años de prisión e inhabilitación especial perpetua.

En la causa , que llegó al juzgado de Rafecas en mayo de 2017, se investigaron irregularidades en el “Plan de Ampliación de Gasoductos 2006-2008”, una mega obra que alcanzó todos los gasoductos que atraviesan el país. Presupuestada inicialmente en más de 2.300 millones de dólares, la construcción estuvo a cargo exclusivo de Odebrecht, luego de que, como dio por probada la investigación, se favoreciera a la compañía para que resultara adjudicataria.

En su escrito de más de 300 páginas, el magistrado dio por probado que “De Vido creó el marco normativo necesario para que, desde la Secretaría de Energía en negociación con Odebrecht, se procediera al llamado a una licitación privada que en lugar de hacerse a través de las empresas privadas licenciatarias TGN (Transportadora de Gas del Norte) y TGS (Transportadora de Gas del Sur), como se hiciera hasta ese momento, se realizó a través de la empresa de firma mixta Cammesa, que fue quien finalmente le adjudicó, en un proceso sospechado, el negocio a Odebrecht".

En el procesamiento se hizo referencia al análisis de resoluciones, notas y expedientes administrativos, de donde se explicó en el escrito, que se descubrieron una serie de notas y decisiones administrativas, incluso un “memorándum de entendimiento” , entre Odebrecht y la Secretaría de Energía. De allí se desprende la conclusión de la Justicia acerca de que todo el proceso licitatorio habría estado dirigido desde el principio a la adjudicación del negocio a Odebrecht.

Rafecas aseguró que “…distintas circunstancias hacen aparecer como improbable que el Ministro hubiera sido ajeno a los aspectos más importantes de la implementación del plan”. En otro de los tramos del fallo, resalta que “se habría favorecido indebidamente a la empresa Constructora Norberto Odebrecht S.A., en perjuicio de la administración pública, mediante su contratación por las firmas CAMMESA y Rafael Albanesi S.A., toda vez que dicha contratación se habría apartado del Régimen de Contrataciones establecido por la resolución”.

El tramo investigado por Rafecas fue el de la adjudicación de la obra a Odebrecht, mientras que el período vinculado al desarrollo y pago de la obra es investigado por su par, Marcelo Martínez de Giorgi. Este último lo investiga conjuntamente con el pago de sobornos de Odebrecht por obras que realizó para el soterramiento del tren Sarmiento.

Respecto de este último tramo,Odebrecht reconoció el pago de sobornos en acuerdos firmados ante la justicia Estados Unidos y Brasil, en el marco de lo que se conoce como el Lava Jato.

A continuación, el fallo completo de Daniel Rafecas sobre el procesamiento de Julio De Vido: