POLITICA
Críticas jurídicas

Organismos de DD.HH. analizan los puntos oscuros del registro antiterrorista del Gobierno

Les preocupa que una mera imputación baste para ser ingresado como sospechoso. Y la publicación online del listado sin haberse reglamentado aún el mecanismo de exclusión.

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Cumbre. Pompeo felicitó a Faurie y Bullrich por el trabajo realizado con la UFI y Justicia en la creación del decreto antiterrorista. | Marcelo Aballay

El Registro de Entidades y Personas Sospechosas de Terrorismo (Repet) ya está activo en la web del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y cualquier persona puede consultarlo con solo ingresar a la página. Eso preocupa a las organizaciones de derechos humanos que estudian sus puntos más oscuros, mientras desarrollan una estrategia para cuestionarlo.

Las preocupaciones recorren varios niveles del documento. Por empezar, el hecho de que cualquier persona puede terminar en el listado de sospechosos con solo ser imputado por parte de un fiscal en los pasos preliminares de cualquier proceso judicial.

Quienes leyeron y releyeron con ojos críticos el decreto 489/2019 publicado en el Boletín Oficial el miércoles pasado, lo describen como “un bajo estándar” para que se activen sanciones administrativas directas como el congelamiento de bienes. Además, hablan de otras potenciales consecuencias derivadas de la exposición pública del nombre de la persona, considerando que la Justicia ya demostró que puede equivocarse en ocasiones. Por ejemplo, en el caso de los hermanos Salomon detenidos en 2018 bajo sospechas de vínculos con Hezbollah y finalmente excarcelados.

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Palabra oficial. Desde el Gobierno, afirman que el registro busca actuar de un modo preventivo, por lo cual no puede basarse solo en condenas si las personas sospechadas de vínculos con el terrorismo suelen ser prófugos de la Justicia. Además, sostienen que se trata de dar transparencia a un accionar que ya estaba contemplado en el decreto 918 de 2012 por el cual la Unidad de Información Financiera podía avanzar sobre el bloqueo de fondos sin investigación judicial alguna.

Lo que deriva en la segunda de las críticas al registro por parte de organismos: su publicación online cuando todavía no se reglamentaron las normas anexas que refieren a reglas claras sobre publicidad, acceso a la información, cuidado de datos personales, protocolo de actuación para la inclusión en caso de resoluciones judiciales y, sobre todo, cómo es el mecanismo de exclusión del listado. El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos carga con esta responsabilidad, acorde al decreto. Extraoficialmente, desde el Gobierno aseguran que las normas complementarias deberían estar en los próximos días y serían similares a las que hoy tiene el Registro Nacional de Reincidencia.

Por último, la cuestión de fondo respecto a la definición de “terrorismo”, que despierta ciertos recelos más allá del registro. De hecho, se trata de una cuestión que se replica en todo el mundo y tiene que ver con los criterios para categorizar ciertos delitos bajo esta figura. Por ejemplo, en Chile, los ataques incendiarios de las organizaciones mapuches a camiones forestales son considerados actos de esta naturaleza.

En los organismos entienden que el Repet se enmarca en una misma cosmovisión de la seguridad que el Gobierno comparte con Estados Unidos, y es por ello que genera cierta preocupación un eventual uso represivo sobre la protesta social, algo que descartan desde la Rosada al ser consultados al respecto.  De momento, las voces más críticas saben que es difícil atacar al decreto hasta tanto no se vean los efectos de su uso irregular sobre algún imputado.

Chile, interesado en imitarlo

En su exposición durante la Segunda Ministerial Hemisférica contra el Terrorismo, el secretario de Estado Mike Pompeo exhortó a seguir el ejemplo de la Argentina para declarar terrorista a la organización Hezbollah. Y algunos de los presentes estarían interesados en avanzar por ese camino para lo cual se han mostrado interesados en el Registro de Entidades y Personas sospechosas de Terrorismo.

Como Chile, que es de los que más se ha interiorizado en el tema. El mísmo día que se publicó el decreto 489/2019, su presidente, Sebastián Piñera, participó en Santa Fe de la Cumbre del Mercosur y luego de un evento de la Fundación Libertad junto a Mauricio Macri, a quien lo une un vínculo personal más allá del protocolar.

Otros de los gobiernos interesados serían  los de Brasil y Paraguay y no es casual. Hace tiempo que las áreas de Seguridad y Justicia de estos países trabajan con Argentina en torno a los movimientos en la Triple Frontera. De hecho, en el Gobierno consideran que el registro podría sumar más nombres vinculados a estas coordenadas ya que no solo se ingresa por sospechas de actos terroristas, acorde al artículo 41 quinquies, sino también por sospechas de financiamiento de estas organizaciones, según el artículo 306 del Código Penal.

MB/MC