POLITICA
Se lo otorg Menem

Otro indulto anulado: el de Sebastián Riveros

Fue decidido por la Cámara Nacional de Casación Penal. El represor esta procesado por varios delitos de lesa humanidad. La Corte Suprema esperaba este fallo para pronunciarse.

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El indulto que Carlos Menem le había otorgado al represor Santiago Omar Riveros durante su mandato fue anulado por la Cámara Nacional de Casación Penal. El militar esta procesado por delitos aberrantes en Campo de Mayo, durante la última dictadura militar.

Según fuentes judiciales, el fallo "constituye un fuerte precedente", ya que fue el primero dictado por una de las salas del máximo tribunal penal del país. De esta forma, se sienta precedente para retomar muchas otras causas referidas a violaciones a los derechos humanos que se encuentran frenadas por los indultos.

Riveros, que cumple una prisión preventiva ordenada por otras causas, queda así en condición de “imputado” por los hechos que se investigan en la Justicia federal de la localidad bonaerense
de San Martín.

A pesar de que la Cámara Federal de esta localidad había avalado el perdón presidencial, la sala II del tribunal revocó esa sentencia y declaró la "inconstitucionalidad" del decreto 1002/89 con relación al caso de Riveros.

El represor volverá de esta forma a ser juzgado por crímenes tales como privación ilegítima de la libertad y torturas. Riveros es el principal imputado por la causa 4012 que investiga la desaparición de Delia Kennedy por ser el responsable del área 4 de la represión, que incluía los partidos de General San Martín, San Isidro y Vicente López. Por la misma causa el ex “carapintada” Aldo Rico declaró ayer y estuvo brevemente detenido.

En el 90 la Corte Suprema de la Nación había rechazado un recurso contra el indulto porque esa figura no existía en el Código de Justicia Militar, que era el que entonces se aplicaba. Con la reforma constitucional del 94 fueron incorporados a la constitución tratados internacionales que obligan a investigar los crímenes de lesa humanidad.

Al llegar el caso a la Cámara Nacional de Casación, Florencio Varela, abogado del acusado, argumentó que la causa estaba prescripta por el tiempo transcurrido y utilizó la figura de “cosa juzgada”. Por su parte, los querellantes citaron varios estatutos de tribunales internacionales –entre ellos el de Nüremberg- para justificar la investigación penal y el eventual castigo a autores de delitos contra los derechos humanos.

Los camaristas Pedro David, Gustavo Mitchell y Juan Fégoli afirmaron que cuando se dictó el decreto 1002/89 "se deberían haber tenido en cuenta las previsiones de los tratados sobre derechos humanos que habían sido firmados y aprobados por las autoridades del país”.