Los
senadores y diputados bonaerenses aprobaron ayer la Ley de Reforma Penal que
agilizará el trámite de las causas penales en la Justicia de la mayor provincia del país.
A partir de ahora, el Tribunal de Casación sólo revisará sentencias de delitos cuyas penas
superen los 10 años, mientras que los que no lleguen a ese monto de la pena serán revisadas por las
Cámaras de Garantías del departamento judicial donde fueron juzgados. También se sancionó la
ley de "flagrancia", previsto para los delitos con penas que no superen los 15
años.
Los proyectos habían sido tratados la semana pasada en Diputados, pero como el Senado
introdujo modificaciones, ambas cámaras sesionaron en tándem para lograr la sanción de las dos
leyes.
El ministro de Justicia de la provincia de Buenos Aires,
Ricardo Casal, consideró esta mañana "sumamente positiva" la aprobación de leyes que
agilizarán el trámite de las causas penales en los foros judiciales bonaerenses.
"El primer saldo positivo que arroja la sanción de estas leyes es como los dos poderes del
Estado, el Ejecutivo y el Legislativo, han concurrido en auxilio de la mora judicial en forma
conjunta. En el caso de la aprobación del recorte de las atribuciones del tribunal de casación, la
distribución de causas permitirá que en el término de 8 o 9 meses, esté normalizado el sistema",
subrayó Casal.
"Y en lo que hace a la flagrancia lo destacable es que mejora la capacidad de trabajo de los
fiscales que tienen causas de extrema complejidad. La aplicación de la ley de flagrancia se
desarrolló hasta ahora en 9 distritos judiciales, pero a partir de la sanción de la ley la
provincia se encuentra en condiciones de ponerla en vigencia en todo el territorio provincial",
señaló.
"Esto -dijo- posibilitará que una persona que es sorprendida en el momento de cometer el
delito, sea sometida a dos audiencias y pueda ser absuelta o condenada hasta con 15 años de
prisión, con el consecuente aceleramiento de las causas".
Fuente:
Télam