SOCIEDAD
Boletín Oficial

La ANMAT prohibió un suplemento dietario, un aceite de coco y dos termómetros digitales

Desde el organismo detallaron que los productos en cuestión "no cumplen con la normativa vigente".

aceite de coco 19112919
Imagen de carácter ilustrativo | La ANMAT prohibió la venta de un aceite de coco, entre otros productos. | Shutterstock

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este martes 19 de noviembre un aceite de coco, un suplemento dietario a base de maca, y dos termómetros digitales. El anuncio de estas disposiciones fue publicado en el Boletín Oficial.

Mediante la Disposición 9256/2019 se prohibió la comercialización en todo el territorio nacional del producto “Aceite de Coco, 100% Natural, Sabor Neutro", proveniente de Indonesia, por no cumplir la normativa alimentaria vigente. En el considerando se justificó que la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAI) declaró que el rótulo no indica domicilio de la razón social y no consigna la información obligatoria de identificación de origen del producto en cuestión.

Ante la consulta del Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos y del Departamento de Autorización y Comercio Exterior de los Alimentos se corroboró que el registro del producto es inexistente. “Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina", se detalló en el Boletín Oficial.

Esto no le gusta a los autoritarios
El ejercicio del periodismo profesional y crítico es un pilar fundamental de la democracia. Por eso molesta a quienes creen ser los dueños de la verdad.
Hoy más que nunca Suscribite

Otros de los productos prohibidos por el organismo estatal son dos termómetros digitales. A través de la Disposición 9263/2019, se hace referencia a la prohibición del uso, comercialización y distribución “hasta tanto se encuentre inscripto en el Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica” de dos termómetros digitales: “TEMP DIGITAL Oral Thermometer – VERIDIAN healthcare – 60 Second Readout – Made in China" y “DIGITAL Thermometer - 8 Second – VERIDIAN healthcare – Made in China”.

"Consultado el sistema de expedientes de esta Administración Nacional no hallaron antecedentes de inscripción de los productos bajo estudio ni inicios de trámite bajo tal denominación. Además, dicho producto no describe en su rótulo los datos de registro ante esta Administración Nacional, ni los datos del importador responsable en Argentina", precisaron en uno de los considerandos.

Por último, en la lista de ANMAT agregaron un suplemento dietario, cuyas características se precisan en la Disposición 9257/2019. Allí se anunció la prohibición de la comercialización del producto “Lepidium meyenii walpers, pretostado de selecta calidad A-1, marca: VITAMACA, elaborado por Productos Naturales E.I.R.L., Distribuidor: LIP & Hnos S.A., domicilio: Monte Los Pinos N° 256, Stgo de Surco, Lima, Perú”, por no cumplir con la normativa alimentaria vigente.

Para el organismo en cuestión, el suplemento no se encuentra autorizado por el Código Alimentario Argentino (CAA), no declara registros para productos importados y no consigna la información obligatoria de identificación de origen. “El producto indica en su rótulo que contiene ingredientes que no se encuentran en el Listado de Uso permitido en la composición de Suplementos Dietarios", completaron.

F.D.S./F.F.