SOCIEDAD
Violencia de Género

Caso Lucía Pérez: la OEA criticó el fallo judicial que absolvió a todos los involucrados

Especialistas en violencia de género de la OEA pidieron que se corrija la sentencia judicial, por considerar que se recurrió al uso de estereotipos de género en la resolución.

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Víctima. Lucía fue asesinada en octubre de 2016 en Mar del Plata. | Cedoc

El pasado 26 de noviembre la Justicia resolvió absolver a los dos imputados por el femicidio y abuso sexual de la joven de 16 años Lucía Pérez y sólo condenarlos por venderle drogas a la menor. Ahora, la Organización de los Estados Americanos (OEA), manifestó preocupación por la sentencia y criticó duramente el fallo.

El Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará, envió una carta a la Corte Suprema de Justicia de la Nación donde le solicitan corregir la resolución judicial y tomar las medidas necesarias “para proporcionar un efectivo acceso a la justicia para los familiares de Lucía y para todas las mujeres víctimas y sobrevivientes de violencia”.

Para esto, desde el Comité, piden que se aplique la normativa internacional de derechos humanos de las mujeres, “especialmente los emanados de la Convención de Belém do Pará, las recomendaciones del Comité de Expertas y la demás legislación internacional en materia de derechos humanos de las mujeres y las niñas”, solicitaron, según consignó Mariana Carbajal en Página 12.

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Absolvieron a los imputados por el crimen de Lucía Pérez y los condenaron por venderle drogas

El crimen de Lucía, ocurrido en octubre de 2016, conmocionó a la sociedad marplatense y reavivó el reclamo contra la violencia de género en todo el país. Para el Tribunal Oral en lo Criminal N°1, a la hora de la resolución, no se pudo probar durante el juicio la responsabilidad de Matías Farías, de 25 años, y Juan Pablo Offidani, de 43, en la muerte de la adolescente ni en el abuso sexual de la misma, por lo que ambos fueron condenados sólo por el delito de la comercialización de drogas a una menor, con una pena de 8 años de prisión.

El Tribunal -integrado por los jueces Facundo Gómez Urso, Aldo Carnevale y Pablo Viñas- decidió condenar a ambos hombres a 8 años de prisión y al pago de $135.000 en concepto de multa bajo el cargo de coautores del delito de "tenencia y comercialización de estupefacientes, agravado por su venta a una menor de edad y en jurisdicción de una escuela". 

“Queda claro que para los jueces Lucía no es la víctima perfecta. ¿Cómo debería haber sido Lucía para estos jueces? Al menos virgen, débil y tímida...Y si es posible del siglo XVIII”,  dijo en diálogo con el mencionado diario Susana Chiarotti, quien representa en nuestro país al Comité de Expertas del Mecsevi

Al respecto, especialistas en violencia de género de la OEA consideraron en la carta que la Corte Interamericana de Derechos Humanos verificó en distintos casos que el uso de los estereotipos de género a la hora de un fallo judicial implica “una clara violación a los derechos humanos de las mujeres”, entre los que se encuentran el derecho a vivir libre de violencia y el derecho a la justicia y a los recursos judiciales.

A.G./F.F