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Diversos estudios han demostrado que un número importante de femicidios íntimos son cometidos después de la separación de hecho, o del divorcio, o de alguna acción por parte de ellas para frenar la violencia. Una acción que implique una mayor autonomía, un escape al control, el rechazo sexual de la mujer o la mera creencia de su infidelidad deciden al homicida a cometer su asesinato. Estos hechos han sido invisibilizados e interpretados por los tribunales para justificar la atenuación de las penas por considerar que “mediaban circunstancias extraordinarias de atenuación” o “emoción violenta”. El deseo de separación de la mujer es calificado como una “ofensa” para el homicida y como un atenuante. La historia previa de violencia aparece transferida a la víctima (lo sometía a “humillaciones” porque “se negaba a tener sexo” y afectaba su “virilidad”). Se desplaza la culpa del homicidio, adjudicándosela a la mujer asesinada. En un fallo se afirmó que la “decisión homicida pareció impulsada por la determinación de la víctima de poner fin a la vida en común”. En otro se justificó que “a ningún hombre le gusta que su mujer mantenga conversaciones con otro”, “en el momento que sintió que iba a perder algo propio reaccionó”. Los varones matan a sus parejas como una estrategia de apropiación, control o sentimiento de pérdida de una posición de dominio. Sin embargo, el peligro de los años siguientes a la separación, el divorcio, o la búsqueda de autonomía, no significa que sea más seguro para la mujer “tolerar” la violencia y “quedarse” con el agresor. Esto, por el contrario, nunca ha evitado los femicidios.

*Abogada y coautora de Homicidios conyugales y de otras parejas.