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Pandemia

La Corte Suprema derriba las fronteras provinciales y podría desatar lluvia de demandas

Al dar curso a una cautelar, definió la negación de permisos a la circulación entre provincias como un "exceso en las atribuciones de las autoridades".

Corte Suprema 08112019
Corte Suprema | NA

Una decisión de la Corte Suprema que apunta contra las fronteras internas entre provincias que se levantaron con la pandemia podría abrir la puerta a una lluvia de demandas similares a partir de la mecánica electrónica que inauguró el máximo tribunal. Porque si bien este caso en particular reviste de una urgencia médica específica, son múltiples los efectos colaterales de las restricciones a la circulación interprovincial, tantos como recursos se vienen presentando desde distintos puntos del país.   

En este caso en particular, la Corte Suprema de Justicia resolvió que las provincia de Corrientes autorice a un residente chaqueño a viajar desde Resistencia a la capital vecina, contra todas las restricciones impuestas,  para asistir a su madre en un tratamiento oncológico en esa localidad. Si bien reconocen que el artículo 10 del decreto 297/20 establece que las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen a su cargo el dictado de las medidas necesarias para implementar el aislamiento social, preventivo y obligatorio, describió como un "exceso" dichas limitaciones dadas las circunstancias del caso.

"En las excepcionales y específicas circunstancias del caso, aparece como un exceso en las atribuciones de las autoridades provinciales (en coordinación con las nacionales, según se denuncia)" que se le prohíba al demandante viajar hasta la Ciudad de Corrientes "con fundamento en que viaja solo y no acompañado por su familiar que necesita asistencia", estableció el fallo. La madre del demandante reside, temporalmente, en la capital correntina a fin de facilitar el procedimiento médico.

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La Corte resolvió que las provincia de Corrientes autorice a un residente chaqueño a viajar desde Resistencia a la capital vecina para asistir a su madre en un tratamiento oncológico.

Con tal fin, el máximo tribunal ordenó a la gobernación correntina que "arbitre las medidas necesarias" para permitir "el ingreso al territorio provincial por el puente General Belgrano" para que el demandante pueda asistir diariamente a su madre durante el tratamiento oncológico así como el regreso a su domicilio en la ciudad de Resistencia. Solo limitó el permiso al "estricto cumplimiento de la actividad autorizada, en tanto la persona no revista la condición de 'caso sospechoso' o de 'caso confirmado' de COVID-19".

Asimismo, el fallo demandó a la provincia que le informe al Tribunal en el transcurso de esta semana, "cuáles son las medidas y protocolos adoptados por las autoridades provinciales en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO)". No es el único distrito al que la Corte Suprema le solicitó información de esta naturaleza ya que tampoco es la única demanda de este tipo que tramita en la Justicia. También se lo ha requerido a Córdoba, San Luis, Salta y Formosa.

La medida cautelar fue solicitada por Mariano Maggi ante la justicia provincial de Chaco con el objetivo de poder trasladarse hasta el domicilio temporal en el que reside su madre en Corrientes. Allí fue que su obra social, PAMI, le programó cinco sesiones semanales de radioterapia tridimensional. Si bien en un primer momento ambos viajaban desde Resistencia en automóvil con los permisos correspondientes, la exigencia de un hisopado cada siete días como requisito para conseguir la autorización de circulación los convenció de alquilar un departamento para alojar a la paciente mientras se extienda el tratamiento.

No es el único distrito al que la Corte Suprema le solicitó información sobre la implementación del aislamiento. También se lo ha requerido a Córdoba, San Luis, Salta y Formosa.

El obstáculo surgió cuando las autoridades provinciales "con intervención del Ministerio de Salud de la Nación" prohibieron el ingreso a Maggi al intentar completar el trayecto solo para reunirse con su madre y acompañarla "como único familiar". Tras declararse incompetente para resolverlo el juez local, el caso pasó a la Justicia federal de Resistencia y de allí se dispuso que sea la Corte Suprema quien resolviera por su competencia natural sobre las provincias con el dato, no menor, de que la presentación arribó por vía electrónica. De hecho, dos de sus miembros, los jueces Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti emitieron sus votos desde su provincia originaria, Santa Fe, a raíz del retorno estricto a fase 1 que dispusieron las autoridades locales por el incremento de casos de Covid-19.

En sus fundamentos, la Corte citó una declaración de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del 9 de abril de 2020 titulada "COVID-19 y Derechos Humanos: Los problemas y desafíos deben ser abordados con perspectiva de Derechos Humanos y respetando las obligaciones internacionales". En particular, aludió a la conclusión respecto al carácter limitado en el tiempo, ceñido a la legalidad y acorde a los objetivos definidos de las medidas dispuestas para "abordar y contener esta situación que concierne a la vida y salud pública" dentro  del Estado de Derecho.

Los jueces Lorenzetti y Rosatti emitieron sus votos desde su provincia, Santa Fe, a raíz del retorno estricto a fase 1 que dispusieron las autoridades locales por el incremento de casos de Covid-19.

Al respecto, los jueces sostuvieron que Maggi acreditó con solidez tanto el estado de salud de su madre como la necesidad de que permanezca en Corrientes, para limitar los efectos colaterales del tratamiento, así como el permiso que necesita para atravesar la frontera provincial, por su cuenta y en forma diaria, para ayudarla. "Las restricciones a la circulación que las autoridades encargadas de la fiscalización pretenden imponerle no resultan razonables, estrictamente necesarias, ni proporcionales, y tampoco se ajustan a los objetivos legales definidos en la regulación nacional que rige en la materia", mantuvo el fallo.

A lo largo de las últimas semanas, hubo diversas solicitudes para atravesar fronteras provinciales por razones de urgencia sanitaria. Uno de los casos que tomó mayor estado público fue el del padre de Solange Musse, quien no alcanzó a despedirse de su hija, enferma de cáncer, luego de vetarle el ingreso a Córdoba proveniente de Neuquén. Tampoco dos hermanas pudieron reunirse con su padre agonizante, tras viajar desde Tierra del Fuego a San Luis.

 No obstante ello, hay otras demandas interpuestas por particulares y empresas que vieron sus actividades económicas afectadas por las prohibiciones de ingreso que fijaron los gobiernos provinciales. Una parte importante de estos recursos corresponden a productores agropecuarios. De hecho,  hay ruralistas cordobeses que también demandan a San Luis así como otros con domicilio porteño que accionan contra Salta.  Estas acciones, afirman fuentes judiciales, podrían multiplicarse con este precedente y la nueva dinámica remota con la que trabaja la Corte Suprema en medio de la pandemia.