Córdoba busca su ley de mecenazgo cultural
La Legislatura cordobesa inicia en junio el debate de una iniciativa para incentivar la inversión privada en el arte a cambio de beneficios fiscales.
El camino hacia una ley de mecenazgo en la provincia de Córdoba entra en su etapa de definiciones. Tras un año de letargo parlamentario, la Comisión de Cultura de la Legislatura provincial iniciará formalmente el tratamiento de un proyecto que busca transformar la matriz de financiamiento del ecosistema creativo local.
La iniciativa, impulsada originalmente por la legisladora Nancy Almada (Frente Cívico), sumó en el camino la coautoría de otros legisladores, incluyendo bloques opositores y del oficialismo, reflejo de un consenso infrecuente en el mapa político actual.
El eje del debate tiene que ver con permitir que personas físicas y jurídicas destinen un porcentaje de sus impuestos provinciales de manera directa al financiamiento de proyectos artísticos y patrimoniales sin fines de lucro.
De los sistemas a las artes
“Yo vengo de la rama de lo tecnológico, soy ingeniera en sistemas, así que me tuve que poner a estudiar, a preguntar, a juntarme con gente”, explica Almada al ser consultada sobre el origen de la propuesta.
De ese relevamiento con artistas, galeristas y empresarios, surgió una demanda uniforme: “Córdoba realmente necesita una ley de mecenazgo porque es un polo cultural muy grande dentro del país”.
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El proyecto, que se tramita junto a otra iniciativa del legislador oficialista Leonardo Limia —con un esquema integral que añade el patrocinio deportivo—, se estructurará en cuatro bloques de discusión para escuchar a todos los actores: especialistas, creadores, cámaras empresariales y expertos en gobernanza. “La idea es escuchar a los diferentes sectores para que todos los actores se sientan identificados y protagonistas. No tengo ningún apuro en que salga la ley ahora; lo que quiero es que sea la mejor ley”, señala la legisladora.
El espejo de las provincias
El proyecto mira de cerca los modelos vigentes en el país, especialmente el de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Caba), el más antiguo y de mayor volumen normativo.
Sin embargo, el mapa federal del mecenazgo muestra un tejido consolidado en diversas jurisdicciones de la Argentina.
En Santa Fe, bajo la Ley 14.365, se permite a los contribuyentes de Ingresos Brutos derivar hasta el 10% de su obligación anual a propuestas artísticas. Una lógica similar aplica la provincia de Buenos Aires mediante la Ley 14.904, que instrumenta el beneficio fiscal bajo modalidades de donación y patrocinio.
En el norte y el sur del país, distritos como Corrientes, San Juan, Salta y Río Negro cuentan con herramientas que canalizan recursos directamente a sus creadores regionales de manera regular.
“En Caba la ley está implementada y funciona muy bien. También hay una ley similar en Brasil, pero tiene otro tipo de implementación y no me gustaban algunas aristas; por eso este borrador es más parecido a la ley de Caba”, detalla Almada respecto a las referencias normativas que moldearon su propuesta.
Patrocinios y benefactores
El texto del proyecto abarca un amplio abanico de disciplinas que van desde las artes visuales, escénicas, musicales y literarias, hasta las plataformas digitales, la investigación y la restauración patrimonial.
Al momento de implementarse el financiamiento, la norma define dos caminos posibles para los aportantes. El primero es la donación pura y el segundo es el patrocinio comercial. Estas dos vías determinan la naturaleza del mecenas y regulan el nivel de exposición pública permitida.
Por un lado, aparecen los patrocinadores, aquellos aportantes de perfil corporativo que vinculan directamente su imagen institucional o de marca al proyecto y reciben a cambio un 50% de beneficio fiscal.
Por el otro, se encuentran los benefactores, personas o firmas que realizan aportes con fines puramente altruistas, sin recibir ninguna contraprestación publicitaria o promocional; en este último caso, al no haber visibilidad de marca involucrada, el incentivo impositivo permite deducir hasta el 100% del monto aportado.
Asimismo, el borrador establece que la deducción no puede superar el 10% del impuesto provincial anual para grandes contribuyentes, un techo que se eleva al 20% cuando se trata de pequeñas y medianas empresas.
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Por otro lado, el texto técnico determina que el cupo fiscal anual global que resuelva el Ministerio de Economía no podrá exceder el 0.25% de la recaudación total del Impuesto a los Ingresos Brutos.
Y para garantizar la transparencia, el articulado fija requisitos estrictos: los mecenas deben estar al día con el fisco, no tener vínculos de consanguinidad con los beneficiarios (hasta el cuarto grado) y prohíbe el financiamiento de empresas ligadas al tabaco o al alcohol.
Descentralización de recursos
Uno de los argumentos centrales que defenderá el proyecto en las comisiones es la descentralización de los recursos y la autonomía de la gestión cultural.
En la escena cordobesa coexisten realidades marcadamente asimétricas entre las producciones comerciales del centro urbano y el circuito independiente periférico. He visto muchas personas vinculadas a la cultura que no tienen acceso a absolutamente nada y la reman muy de abajo; sobre todo artistas que están fuera de este círculo central que es la ciudad. Hay una falta de igualdad muy grande en el reparto de los recursos”, advierte la presidenta de la Comisión de Cultura de la Unicameral.
Según Almada, el sondeo previo en el sector privado muestra respuestas divididas pero optimistas. Mientras que en las personas físicas se detecta un compromiso ligado al arraigo identitario, en las empresas el interés se mueve principalmente bajo una lógica impositiva. “Al tener ese beneficio, les resulta interesante. Casi todas las actividades culturales son subvencionadas y apoyadas por el gobierno. Al darles esta oportunidad de poder trabajar sin tener que depender del gobierno, también la cultura genera otro tipo de actividad económica. Es ganancia para todos, sin tener que depender siempre de la misma caja”, finaliza.
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