JUSTICIA DE CÓRDOBA

La Justicia confirmó la prisión preventiva de Agustín Fasulo por las lesiones gravísimas a Martín Cáceres

La Cámara de Acusación de Córdoba rechazó el recurso de la defensa y ratificó la medida cautelar contra el acusado de golpear brutalmente al joven de 24 años en marzo. La familia de la víctima rechaza cualquier acuerdo alternativo y exige un juicio oral.

Agustín Fasulo Martínez, el principal acusado por el ataque a Martín Cáceres. Foto: CEDOC

Con este fallo quedó confirmada la prisión preventiva de Agustín Fasulo Martínez, acusado de causar lesiones gravísimas a Martín Gonzalo Cáceres durante una pelea ocurrida en la madrugada del 16 de marzo en la zona de Chateau Carreras, a la salida de un boliche. El tribunal desestimó el recurso de apelación que habían presentado los abogados defensores del imputado.

La resolución judicial se dio a conocer el jueves pasado a los letrados de Fasulo Martínez, mientras que el querellante de la familia Cáceres, Leandro Ortiz, se enteró este lunes mediante la actualización del expediente, según confirmó en diálogo con el diario La Voz.

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Martín Cáceres, de 24 años, sufrió un grave traumatismo en el cráneo que lo mantiene internado desde aquella madrugada. Tras permanecer casi dos meses en coma en el Sanatorio Parque, donde le realizaron numerosas intervenciones debido a la gravedad de su estado, el joven fue trasladado al centro de rehabilitación Iner, especializado en la atención de pacientes con traumatismos de cráneo.

La familia exige juicio oral

El abogado Ortiz manifestó que la familia de Cáceres tiene una posición clara respecto al futuro del proceso judicial. "La familia quiere un juicio oral. No queremos ni vamos a aceptar de ninguna manera un método alternativo de finalización de proceso", expresó el abogado, afirmando que no buscan una compensación económica por lo sucedido.

En cuanto al estado de salud de Martín, Ortiz informó que "desde el lado de su altísimo grado de desnutrición está mejorando pero no hay una respuesta neurocognitiva". Según el relato de sus familiares en el momento más crítico, el joven tuvo un 2% de vida y debió someterse a siete intervenciones quirúrgicas, además de enfrentar graves problemas alimenticios.

La reconstrucción de los hechos

Según el expediente de la Fiscalía de Instrucción, a las 5 de la madrugada del 16 de marzo, tras una fiesta organizada por el club Córdoba Athletic, se desencadenó una confrontación entre dos grupos de jóvenes a la salida del boliche Kabana, ubicado en avenida Ramón Cárcano.

El fiscal sostiene que Mateo V., coimputado en la causa y amigo de Fasulo Martínez, rozó hombros con Alejo B., incitándolo a pelear. En la vereda del local, Mateo insistió en la confrontación con expresiones como: "Ahora somos dieciocho, ¿qué vas a hacer?". Martín Cáceres, amigo de Alejo, intentó intervenir para evitar la escalada de violencia.

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Los testimonios recolectados por la Justicia indican que Mateo atacó a Alejo, quien logró defenderse y separarse. Cuando Alejo cruzó la calle, Mateo lo persiguió por detrás, pero un automóvil lo interceptó y lo atropelló levemente. El imputado reaccionó escupiendo y golpeando al vehículo.

Motivado por la agresión de su amigo Mateo hacia Alejo, Fasulo Martínez se dirigió hacia Cáceres y, según la acusación fiscal, con la intención de menoscabar gravemente su salud, le propinó entre cinco y seis golpes de puño que impactaron en la cabeza de la víctima, provocando su caída al suelo.

Un testigo relató que Cáceres cayó de rodillas y puso las manos en el piso. Momentos después, otro testigo refirió que un amigo de Fasulo preguntó por el "chico de gorra", haciendo referencia a Alejo, "diciendo que lo iba a matar".

Una testigo que, según la Fiscalía, no pertenecía a ninguno de los dos grupos, declaró que Mateo V., Agustín y sus amigos parecían que "se reían y festejaban la pelea o lo alentaban".

Los argumentos del tribunal

La Cámara de Acusación fundamentó su decisión en dos pilares principales. El primero fue la confirmación de la materialidad del hecho y la autoría de Fasulo Martínez en las lesiones sufridas por Cáceres.

La defensa había intentado argumentar que la causa de las lesiones podría haber sido "una caída que Cáceres sufrió en el domicilio de Alejo B.", citando el testimonio de una médica. Sin embargo, el tribunal consideró que los dichos de la profesional sobre la supuesta caída eran meras referencias de lo que le comentó el amigo de la víctima, sin existir ninguna otra prueba que reforzara tal episodio.

Por el contrario, la amplia prueba colectada fortaleció la versión de que aquella madrugada se produjo una pelea en la que Agustín Fasulo golpeó a Cáceres.

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El segundo pilar de la decisión fue la confirmación del peligro procesal concreto que implicaría la libertad del imputado. La Cámara señaló que el suceso se originó por la "decisión deliberada de Fasulo de sostener una situación violenta", iniciando una contienda con Cáceres por el solo hecho de "continuar peleando".

El tribunal consideró que la pena hipotética superaría el mínimo de tres años de prisión, lo que, junto con la gravedad de las consecuencias dañosas, alejaría la pena concreta considerablemente del mínimo de la escala penal.

La Cámara enfatizó en las circunstancias y la naturaleza del hecho como indicadores objetivos del peligro de fuga o entorpecimiento. En particular, el tribunal tuvo en cuenta los diálogos del imputado con sus amigos, donde se refirió a la pelea como "una más" y donde expresó "voy a decir que los otros pegaron". Esto fue interpretado como un plan potencial de entorpecimiento de la investigación, ya que implicaría no reconocer los hechos tal como se produjeron.

La Cámara concluyó que la violencia desplegada por Fasulo Martínez configura una "temeridad inaceptable" que obliga a confirmar la prisión preventiva para asegurar la persecución penal.

Rechazaron los argumentos de la defensa

Los defensores de Fasulo Martínez habían solicitado el recupero de la libertad, argumentando que "es un joven de 21 años, estudiante Derecho, que carece de antecedentes penales". Además, cuestionaron que se utilizara el pronóstico punitivo hipotético como una "pena anticipada" y afirmaron que la alusión a la violencia "naturalizada" no configura un indicio concreto de riesgo procesal.

La Cámara de Acusación rechazó estos agravios, señalando que las características personales del imputado no neutralizan el riesgo procesal concreto derivado de su conducta en el hecho.

Fasulo Martínez, apodado "el chino", de 22 años, es exdeportista del club Córdoba Athletic, la misma institución que había organizado el evento aquella noche. El joven fue detenido el 18 de marzo, dos días después del ataque.