Ingresos brutos en billeteras virtuales: qué saber antes de que comiencen a regir en octubre
En octubre entra en vigencia la normativa que equipara a los bancos con las billeteras virtuales, convirtiendo a estas en agentes recaudatorios en la provincia de Buenos Aires. Algunas aclaraciones sobre el impuesto y a quiénes afecta.
Desde este miércoles 1° de octubre de 2025 comenzará a cobrarse en las billeteras virtuales bonaerenses el impuesto a los ingresos brutos (IIBB) en las transferencias de aquellos usuarios que ya operen con este tributo en sus cuentas bancarias.
Esta medida busca equiparar la tributación que se realiza en los bancos con las herramientas virtuales como Mercado Pago, Ualá y Lemon, entre otras; convirtiéndolas en agentes de retención.
Retención de Ingresos Brutos en operaciones con billeteras virtuales, bajo la lupa de tributaristas
La medida comenzará a regir en provincia de Buenos Aires para las PyMEs y contribuyentes que ya están inscriptos en dicho régimen, dejando en claro que no es un nuevo impuesto que se sumará a todos los usuarios de billeteras virtuales.
La resolución normativa 25/2025 que anunció esta medida fue publicada el lunes 8 de septiembre, en donde la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), decretó el nuevo régimen de recaudación del Impuesto provincial sobre los Ingresos Brutos.
En esa resolución también se especifica la adhesión al Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA), aprobado por la Resolución General N° 9/2022 y modificatoria de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.
Particularidades del impuesto a los ingresos brutos en las billeteras virtuales
El régimen de IIBB es resultante de aplicación cuando se acredita dinero en las cuentas de pago que sean propiedad de contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires, tanto los inscriptos a nivel local como los adheridos al Convenio Multilateral, y siempre que los mismo figuren en el padrón que ARBA elaborará periódicamente.
De esta manera, esos sujetos que se encuentran inscriptos en IIBB en provincia de Buenos Aires y que figuren en el padrón que preparará ARBA, se verán afectados por estas percepciones con cada acreditación que tengan en sus cuentas de pago.
La provincia de Buenos Aires retendrá ingresos brutos en las billeteras virtuales
Este tributo será un crédito fiscal que los contribuyentes podrán usar y computar al momento de confeccionar la declaración jurada del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
La tasa aplicable será mensualmente definida por ARBA y puede variar, dependiendo de la actividad principal del contribuyente. El porcentaje se informará a través del padrón y rondar ente el 0,01% y el 5%.
En qué casos NO afectará la medida de IIBB en las billeteras virtuales
Esta nueva normativa estableció que la recaudación se aplicará sobre los montos acreditados en cuentas abiertas en dichas entidades. Puede ser en pesos y/o monedas extranjeras, con excepción de dólares estadounidenses, en valores o en instrumentos de poder adquisitivos equiparable a la moneda de curso legal.
La recaudación del impuesto deberá practicarse aplicando la alícuota de retención asignada según el contribuyente y fijó exclusiones. Dentro de ese listado están:
- Jubilaciones
- Pensiones
- Acreditaciones vinculadas a remuneraciones
- Operaciones de exportación
- Intereses de plazos fijos
- Rescates de fondos comunes de inversión
- Devoluciones de impuestos
- Planes sociales.
Por último, los Proveedores de Servicios de Pago estarán obligados a presentar declaraciones juradas periódicas con la información de las recaudaciones realizadas, debiendo ingresar los montos retenidos en pesos, incluso si fueron percibidos en moneda extranjera.
GZ / lr
También te puede interesar
-
A pesar de estar en venta, Carrefour lanzó su billetera virtual para competirle a Mercado Pago y Ualá
-
Impuestos a las billeteras virtuales bonaerenses: las 5 preguntas que se hacen los contribuyentes
-
Billeteras virtuales: CAOLAB se reunió con ARBA para definir alcances del nuevo sistema de retenciones
-
Sebastián Dominguez sobre las billeteras virtuales: “No hay montos mínimos, las recaudaciones son sobre cualquier depósito”