Experto en derecho laboral reflexiona sobre las distintas reformas laborales
Mario Ackerman advierte que la llamada “modernización laboral” implica un retroceso en derechos y un uso engañoso del concepto de libertad. Además, analicó por qué las reformas exitosas en otros países surgieron de acuerdos entre empleados y empresarios, y no de imposiciones estatales.
Mario Ackerman, profesor emérito de la UBA y uno de los laboralistas más reconocidos del país, analizó en profundidad las ideas que comenzaron a circular sobre la nueva “modernización laboral”. Aunque el proyecto definitivo aún no se conoce, advirtió que los lineamientos ya revelados permiten anticipar una orientación: un retroceso en derechos que, bajo el discurso de la libertad, reproduce la lógica del DNU 70/2023 y debilita a quienes solo cuentan con su trabajo. “Hay una usurpación del lenguaje de la libertad”, señaló, y describió el texto como una reforma que, lejos de fomentar el empleo, recorta protecciones y abre la puerta a negociaciones individuales en condiciones de extrema desigualdad. "No es una propuesta inmoral: esto es inmoralidad en sí misma", sentenció en Modo Fontevecchia, por Net TV y Radio Perfil (AM 1190).
Mario Ackerman se desempeña como profesor emérito de la UBA, es profesor titular regular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, también director de la maestría y de la carrera de especialización de posgrado en Derecho del Trabajo y del Programa de Posgrado de Actualización en el Derecho Individual del Trabajo Profundizado en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires.
Este fin de semana se conocieron extraoficialmente algunas de las ideas de la llamada modernización laboral, más allá de que el proyecto definitivo todavía falta, y muchas de esas ideas que circulan a veces son puestas en discusión para ver si prenden o no prenden. De cualquier forma, la orientación general de hacia dónde va la llamada modernización laboral está clara. Así que, me gustaría, como experto en su caso, una opinión preliminar.
Dos pequeñas observaciones para empezar a hablar del tema. Recién, cuando estaba escuchando la presentación, en este programa, hay una referencia a la libertad, que hablan de cómo se grita “libertad”. Y yo creo que le podemos agregar otra cosa en el contexto de esta reforma, que es la definición de Albert Camus. Camus dice que la libertad es la posibilidad de decir que no. Y este proyecto, lo que ha circulado es algo más que lineamientos generales; hay un texto, creo que son de 100 páginas de la Secretaría de Trabajo, al que accedimos unos cuantos. Y me parece que ahí está. Y la segunda observación es la manera como se lo presenta: es “de modernización laboral”, que es la misma designación que tuvo la reforma del año pasado, la Ley 27.442, que tiene un capítulo de modernización laboral. Y yo, como soy profesor universitario, y sobre todo le doy mucha importancia a la libertad, de la que ha habido una apropiación y malversación, que hay una usurpación del lenguaje de la libertad, y que se llama “libertad” a cosas que no son libertad.
La modernización es una palabra polisémica, y uno de esos significados es esto: darle actualidad a algo. Pero, al mismo tiempo, puede ser interpretado como llevar la situación a los tiempos de la Edad Moderna, esto es, antes de la Revolución Francesa. Y no es incoherente en ese sentido el planteamiento. Así, si lo que se pretende es modernización en esos términos, esto es coherente con un pensamiento del presidente que dice que la igualdad es enemiga de la libertad y que la justicia social es una aberración, porque este proyecto es básicamente eso.
Se mantiene la línea de la reforma del año pasado, con una forma menor, y en la misma línea del intento que se hizo ya en el año 2023 con el DNU 70/2023, que fue declarado inconstitucional por la Justicia. Yo creo que este proyecto es exactamente eso: es un ataque a la libertad, a la libertad de aquellos cuyo único patrimonio son ellos mismo, y su capacidad de trabajo, que son los que trabajan en relación de dependencia. El proyecto tiene algunas cosas... Hay un par de definiciones que resuelven cuestiones de enorme litigiosidad, como es la actualización de los créditos, el modo de cálculo de la indemnización por despido. Eso está bien, lo define, pero es muy poco lo que hace. El resto del proyecto son puras mezquindades que tienen como resultado debilitar extraordinariamente a los trabajadores que ya tienen trabajo.
Esto no sirve para generar empleo. Esto de ninguna manera tiene nada que ver. No hay ninguna reforma laboral en la historia de la humanidad, y de esto le aseguro que entiendo un poco, que haya sido un instrumento para la generación de empleo. El empleo lo genera la actividad productiva, y en un país en el que usted no puede exportar, no tiene consumo interno y no hay acceso al crédito, ningún empleador va a contratar trabajadores por muy baratos que sean. Esto le simplifica la vida a los empresarios, diría, a los malos empresarios, que quieren aprovechar mejor las capacidades de sus trabajadores retaceándoles derechos. Borges decía que no hay que adjetivar cuando hay un sustantivo. Entonces, yo diría que no es una propuesta inmoral: esto es inmoralidad en sí misma.
Fíjese que se crea un fondo individual de cada empleador, que lo obliga a cotizar mensualmente el 3% de la masa salarial. El 3% de los salarios que le paga a los trabajadores tiene que ir a un fondo, una especie de ahorro obligatorio, y que lo va a poder utilizar cuando despida un trabajador. Lo que como primera aproximación no parece mal, porque el empleador va a tener la tranquilidad de que tiene el dinero y el trabajador va a tener la tranquilidad de que lo van a pagar. Pero esto tiene dos aspectos claves. El primero es que ese 3% se toma del 3% de parte de lo que es la contribución del empleador a la seguridad social. Esto es: por un lado le reducen el 3% de lo que paga a la seguridad social y ese 3% lo tiene que guardar para pagar las indemnizaciones a sus trabajadores. Con lo que las indemnizaciones las van a terminar pagando los jubilados: se pagan con la plata de los jubilados. Es indecencia a tiempo completo. Es inaceptable.
Pero esto le da además una ventaja extraordinaria al empleador, que es que, sabiendo que tiene ese dinero ahí, que para él no le costó nada, porque lo tomó reduciendo su contribución para la seguridad social, va a negociar con el trabajador individualmente, porque la ley le permite negociar cosas tales como la jornada de trabajo y un montón de cosas, y el trabajador no va a poder decir que no. El ataque a la libertad en este caso es absoluto. ¿Por qué no va a poder decir que no? Porque el empleador va a negociar con el argumento de la puerta: “Si no le gusta, se va”. Y para el empleador eso va a ser “gratis”, porque la plata está ahí guardada. Es una reforma incalificable. Incaclificable. Y no va a terminar bien. Va a ser muy discutida en tribunales; creo que va a provocar beligerancia y, como le digo, esto no tiene nada que ver con la sociedad.
Usted dijo: “Ninguna de las reformas laborales que se hicieron en el mundo aumentó el empleo”. Me gustaría si usted pudiera compartir una síntesis, de por qué no funcionaron.
No es que no funcionaron: se hicieron en un contexto completamente distinto. En materia de relaciones de trabajo no se puede importar. O sea, cada país tiene su historia, cada uno tiene su experiencia, tiene su sistema de relaciones laborales. Los italianos, desde los años 70, vienen haciendo reformas; los españoles hacen reforma laboral cada 15 minutos. Cada dos años, tres años, se mandan una reforma laboral, que empezaron allá con la recuperación de la democracia. Pero después hicieron una reforma laboral importante hace algunos años. Y lo que tienen en común varias de estas reformas es que no son reformas unilaterales, no son reformas impuestas desde el Estado, sino que son productos de acuerdos entre empleadores y trabajadores previos a la intervención del Estado o con la participación del Estado en acuerdos tripartitos. Ese es el ejemplo de la experiencia española.
Y esas sí son las que funcionan. Pero no funcionan porque son una reforma laboral en sí misma, sino porque se dan en un contexto en el que todos asumen compromisos previos. Trabajé durante 12 años en la Organización Internacional del Trabajo, en la Comisión de Expertos en la Aplicación de Convenios y Recomendaciones, que es el órgano de la OIT que controla el cumplimiento de las normas internacionales en todo el mundo. Y por eso le digo que puedo hablar desde haber tenido una visión general de lo que ha pasado en muchos países. Los chilenos han hecho reformas; los uruguayos han hecho una reforma hace no muchos años, pero solo en materia de negociación colectiva. Hay variedad de ejemplos. Pero ya le digo: para generar empleo, hay que hacer algo previo. Las normas laborales se ocupan de los que ya tienen empleo; se ocupan de las relaciones laborales que ya existen. La política de empleo no es una política laboral: es una política económica, es una política social. Y no le pidan al derecho del trabajo que dé lo que no puede dar. El recorte de derechos de los trabajadores solo puede tener como consecuencia debilitarlos y limitar su libertad.
Si esto además viene acompañado de un debilitamiento de las organizaciones sindicales, el trabajador pierde los dos únicos mecanismos que tiene para defenderse de la prepotencia de los malos empleadores, porque un buen empleador no necesita estas reglas. Debilitar los sindicatos, y con esta aclaración que debo hacer: A mí no me gusta el modelo sindical argentino. A la OIT no le gusta el modelo sindical argentino, por lo menos algunos de los aspectos del modelo sindical argentino, que la OIT viene reiteradamente reclamando que se corrijan. La Corte Suprema ya ha dicho que es necesario corregirlo. Tiene un par de sentencias declarando inconstitucionales algunas reglas. Pero esto también tiene que ser acordado. O sea, el gobierno en esta materia es de palo. Tiene que acompañar, pero no puede tomar la iniciativa exclusiva. Esta es la cuestión.
Yo le mencionaba recién el ejemplo de Austria, porque se ha hablado durante un tiempo de la llamada “mochila austriaca”, que es un mecanismo también de capitalización de la antigüedad, con un aporte de los empresarios. Austria hizo eso y prácticamente eliminó la indemnización por despido. Brasil tiene un sistema también de capitalización. Pero el modelo de Austria, que fue el más exitoso, si se quiere, fue producto de un acuerdo entre empresarios y trabajadores. El Estado vino después: hubo un acuerdo previo. Y ahí los dueños de las relaciones de trabajo son los empleadores y los trabajadores.
El trabajo en negro alcanza su nivel más alto en 17 años
¿Qué se puede hacer, o qué hicieron países que tuvieron éxito, para incluir a los trabajadores informales en la formalidad?
Argentina es un país, en este caso, excepcional porque tiene una tasa de trabajo en negro del 43%, promedio, pero con actividades altísimas, como es la construcción, que tiene un 70%, y el llamado trabajo doméstico están también en el orden del 70%. Estos niveles no existen en ningún lugar del mundo. O sea, salvo en algún país africano. Lo que se hace siempre es, otra vez, la colaboración con los interesados: los sindicatos, los trabajadores, los empleadores, los propios empleadores, porque para los empleadores de buena fe, los empleadores honestos, porque para un empleador que cumple con las obligaciones, el empleo en negro es competencia desleal, Pero este tema del empleo en negro se da en un contexto de economía en negro. Porque para pagar en negro hay que tener ingresos en negro: nadie paga en negro con dinero en blanco. Entonces, otra vez tenemos el mismo tema. Acá se hizo un intento, y creo que el ejemplo argentino es bueno en ese sentido. Nosotros tuvimos una experiencia de regularización del empleo muy inteligente, que fue la época de Menem.
Si quiere le doy un catálogo de mis críticas al gobierno de Menem, pero no alcanzaría el programa seguramente. Pero la reforma laboral de Menem, con la llamada Ley de Empleo, tuvo un mecanismo original extraordinario, que fue mirado con admiración por otros países, que fue el de las llamadas “multas”, mal llamadas multas, que ahora se derogaron, se derogaron el año pasado. Fue un operativo de pinza. Por un lado se dio un blanqueo a costo cero. Un blanqueo a costo cero. El blanqueo a costo cero, pero no a expensas del derecho de los trabajadores. Primero, un blanqueo: “Señores, les damos la oportunidad de que regularicen a todos sus trabajadores a costo cero”. Ojo, esto no significa que trabajadores que estaban trabajando, y a los que se les reconoció la antigüedad y los derechos previsionales, pierdan por esto. Esto es: los trabajadores van a tener derecho a la jubilación, a los beneficios que corresponden por el tiempo que se ha reconocido.
Y aquí está el “pero”: al que no cumpla, va a tener consecuencias gravísimas. Gravísimas, que es lo que decía la Ley de Empleo, porque incorporó un mecanismo muy interesante, que es el control por el propio trabajador. Esto es: la ley decía que si un empleador tiene un trabajador en negro, y el trabajador en algún momento de su vida ,o sea, pueden pasar 3 años, 10 años, 20 años; esto es retroactivo, no hay prescripción para esto, le dice: “Quiero que me regularice, porque yo, desde que trabajo para usted, estoy en negro. Y yo he perdido muchos beneficios, porque pierdo beneficios jubilatorios, perdí beneficios de obra social, perdí una enorme protección del área de Riesgos del Trabajo,que fue más o menos contemporánea. Y si el empleador no lo regularizaba…” La ley le daba un plazo al empleador. Le daba un plazo de 30 días para regularizarlo. Cosa que el empleador podía hacer porque había una moratoria.
Ahora, si pasaba ese momento y el empleador no lo regularizaba, el trabajador tenía derecho a indemnizaciones fortísimas, al punto de que llegaba a cinco veces la indemnización por despido, porque era una acumulación de indemnizaciones. Esto provocó, por supuesto, una enorme litigiosidad. Y fue lo que siempre en términos de agravio se ha llamado “la industria del juicio”. Pero las víctimas de la industria del juicio no fueron las grandes empresas: no fueron los que cumplen, no fueron los grandes bancos que tienen todo en blanco. Los que tuvieron las consecuencias fueron los malos empleadores, que tenían trabajadores totalmente en negro o parcialmente en negro: les pagaban parte del salario en blanco y parte del salario en negro.