Destituyeron a un cabo del Servicio Penitenciario tras balear a un arquero en plena cancha de Fontana
Atacó a un hombre, presunto amante de su pareja y excuñado, y provocó que le amputen la pierna.
El Gobierno del Chaco dispuso la cesantía del cabo primero Adrián Cabral, integrante del Servicio Penitenciario y de Readaptación Social, por el violento episodio ocurrido en diciembre de 2024, cuando disparó contra un jugador de fútbol durante un partido en Fontana. El ataque dejó como saldo la amputación de una pierna de la víctima.
El hecho se produjo el 29 de diciembre de 2024 en una cancha barrial, donde Cabral irrumpió vestido con su uniforme penitenciario y, tras discutir con M.A., presunto amante de su pareja y además su ex cuñado, sacó un arma de fuego no provista por la fuerza y efectuó dos disparos. Uno de los proyectiles impactó en la pierna izquierda del arquero, quien debió ser asistido de urgencia por los presentes para evitar que se desangrara.
El dramatismo de la escena incluyó agresiones físicas adicionales de Cabral hacia la víctima mientras yacía en el suelo, e incluso apuntó con el arma a otras personas que intentaron intervenir. Finalmente, se retiró del lugar en motocicleta.
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Días después, Alegre fue intervenido en el Hospital Perrando, donde los médicos confirmaron la necesidad de amputar la pierna dañada.
Investigación judicial y sanción disciplinaria
La causa penal recayó en la Fiscalía N°14, a cargo de Francisco Asís Obaldía Eyseric, quien imputó a Cabral por lesiones graves calificadas por el uso de arma de fuego. En el procedimiento, se le secuestró una pistola calibre 9 mm no reglamentaria. Aunque recuperó la libertad en febrero de 2025, la investigación judicial sigue en curso.
En paralelo, el Servicio Penitenciario abrió un sumario administrativo que confirmó faltas graves: uso indebido del uniforme, empleo de armamento no autorizado, inconducta pública y reincidencia disciplinaria. Entre los argumentos para su destitución, el decreto provincial señaló que el accionar del cabo “comprometió la imagen de toda la institución” y representó un quiebre en el deber de garante de la seguridad que debe asumir un funcionario penitenciario.
El Gobierno chaqueño aplicó la sanción de cesantía, en el marco de la Ley Provincial N° 2855-J y el Decreto 883/21, que regulan el régimen disciplinario penitenciario. La resolución remarcó que “la disciplina constituye la base del buen funcionamiento de las fuerzas de seguridad” y que Cabral quebrantó ese principio con un accionar que trascendió las fronteras del ámbito privado para transformarse en un hecho de altísimo impacto público.
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