COLUMNISTAS
Desde la otra orilla

Sobre nombres y víctimas

20210807_caso_maria_soledad_morales_pelicula_cedoc_g
Pantalla grande. En 1993 se filmó “El caso María Soledad”. | cedoc

Con motivo del estreno de la obra de teatro Muñecas de piel, de la dramaturga y directora uruguaya Marianella Morena, se presentó en Uruguay una acción de amparo que llevó nuevamente a los estrados judiciales una cuestión que desde los inicios de las transiciones democráticas en Sudamérica no habían motivado la intervención de la Justicia. Esta es la posibilidad del control previo de una obra artística peticionada por un particular, en este caso, o ejercida por una autoridad pública.

Todas las Constituciones de los países que han adoptado la forma democrática de Estado tienen normas protectorias de la libertad de expresión que consagran la garantía contra la censura previa. En el caso de los países americanos, hay una disposición especial en la Convención Americana de Derechos Humanos, más conocida como Pacto de San José de Costa Rica, el art. 13,que claramente dispone que toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y expresión, libertades que comprenden la facultad de buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente o por escrito o en forma impresa o como obra artística, o por cualquier otro procedimiento a su elección.

El ejercicio de este derecho, que incluye expresamente a los artistas, no puede estar sujeto a censura previa sino a responsabilidades ulteriores, que también deben estar fijadas expresamente por la ley solo para asegurar los derechos y la reputación de las demás personas o para preservar intereses colectivos como la salud, la seguridad y el orden público. Claramente, la norma impide el control previo de cualquier material y en el caso de los espectáculos públicos solo admitido para regular el acceso de menores a la sala para la protección de la infancia y la adolescencia.

Esto no le gusta a los autoritarios
El ejercicio del periodismo profesional y crítico es un pilar fundamental de la democracia. Por eso molesta a quienes creen ser los dueños de la verdad.
Hoy más que nunca Suscribite

La normativa es clara. Una obra no puede ser revisada previamente a su estreno. Si bien la jueza interviniente desestimó la acción de amparo interpuesta por cuestiones formales y la obra pudo ser estrenada, quedó para la reflexión pública la consideración de las fronteras que separan la realidad de la ficción, si el uso del nombre de una víctima perpetúa su vulneración o la rescata del olvido.

 El hecho que motivó el montaje de la obra es un caso real de explotación sexual de menores, según dicen las fuentes judiciales el más grande que ha sucedido en Uruguay, con múltiples víctimas, denominada Operación Océano, que fue abordado por dos escritores que publicaron ensayos el año pasado. La controversia judicial se originó en la petición de que no se usara el nombre de una víctima fatal del caso ni de ninguna de las circunstancias, datos, referencias que pudieran identficarla dentro de la obra.

Lamentablemente, el caso no es nuevo y mi memoria me trae dos ejemplos de situaciones similares sucedidas en Argentina en diferentes épocas. En 1962 una joven de 16 años desapareció en la ciudad de Buenos Aires y un cuerpo que fue hallado siete semanas después en la provincia de Buenos Aires, luego de varios peritajes se atribuyó a la adolescente desaparecida. El caso Penjerek se constituyó en uno de los grandes misterios de la historia policial argentina.  En 1965, la gran productora Argentina Sono Films realiza el rodaje del film Los hipócritas, dirigido por el popular director Enrique Carreras, con un elenco multiestelar, que se inspira en la historia pero aclarando que es una ficción, que cualquier semejanza con la realidad es coincidencia. Ni el caso ni el film perduran hoy en la memoria colectiva.

En 1990 se produce en la provincia de Catamarca el asesinato de María Soledad Morales, estudiante de 17 años víctima de femicidio, en el que estuvieron involucrados personajes de la política y que causó una crisis de repercusión nacional. También se formó un movimiento social encabezado por la hermana Marta Pelloni para la organización de la lucha contra la violencia de género. En 1993 el director de cine Héctor Olivera, titular de la productora Aries Cinematográfica, filmó la película El caso María Soledad; en el inicio del film se aclara que, si bien está basado en casos reales y el nombre de la víctima y de sus familiares son los verdaderos, el relato es una ficción así como ficticios los nombres de los demás personajes de la historia. Tanto el caso como la película aún están presentes.

Ambas situaciones nos permiten reflexionar si la exclusión del nombre de una víctima la preserva contra la reiteración ficcional de su sacrificio o solo ayuda a tender un manto de olvido sobre su historia.

*Profesor de Derecho Constitucional.

Producción periodística: Silvina L. Márquez.