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Tras la ‘ley Clarín’, la ‘ley De Narváez’

El martes próximo, simultáneamente en tres comisiones de la Cámara de Diputados, se abrirá la discusión sobre la propuesta de reforma política que el Gobierno envió al Congreso.

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LA PRESIDENTA, en el Salón de la Mujer, lanzó el miércoles la “ley de democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral”.

El martes próximo, simultáneamente en tres comisiones de la Cámara de Diputados, se abrirá la discusión sobre la propuesta de reforma política que el Gobierno envió al Congreso. Desde que la Presidenta anunció su proyecto, oposición y analistas pusieron foco sobre una parte del proyecto de ley, quizá la mejor en términos institucionales, que son las PASO, abreviatura de Primarias Abiertas Simultáneas Obligatorias. Pero el eventual caballo de Troya donde el kirchnerismo estaría creando una ley electoral que favorezca sus posibilidades de continuar en el poder en 2011 no estaría en las PASO sino en los límites a la publicidad electoral, a los que todavía no se les ha prestado suficiente interés.
La llamada “Ley de democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral” modifica otras tres: la Ley Electoral Nacional Nº 19.945, la Ley Orgánica de los Partidos Políticos Nº 23.298; y la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos Nº 26.215. La clave está en esta última, y los cambios persiguen que ningún millonario como De Narváez dispuesto a invertir una parte de su fortuna personal en publicidad política pueda irrumpir en la escena electoral y ganar.

Para ello, prohíbe la publicidad paga en los medios audiovisuales y la limita a la publicidad gratuita que otorgaría el Estado distribuida equitativamente entre los distintos partidos políticos.
Lo que parece ecuánime podría convertirse en lo opuesto si –como sucede en Ecuador y Venezuela– el Gobierno pudiera continuar haciendo publicidad oficial porque ésta no fuera considerada publicidad electoral sino información pública. El mismo proyecto enviado por el Gobierno en su artículo 64 prohíbe “la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes y proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos nacionales”. Pero si el candidato a presidente fuera Néstor Kirchner, al no integrar formalmente el Poder Ejecutivo, esta limitación no alcanzaría al gobierno de su esposa.

La limitación a la publicidad electoral de la propuesta de reforma política tiene otro punto oscuro, porque en su artículo 25 dice: “Si una emisora contratara o emitiera publicidad, información o mensajes electorales en violación al presente artículo, será sancionada con la pérdida de la licencia, autorización o permiso”. Si ya no es publicidad sino “información o mensajes electorales”, lo que estará vedado entre tres y cuatro meses previos a las elecciones (las PASO serían entre sesenta y noventa días antes de los comicios y la publicidad podría comenzar recién veinte días antes de las primarias), ¿se podrá hacer entrevistas a los candidatos sin correr el riesgo de perder una licencia?

Es cierto que en 15 de los 17 países de América latina existen regulaciones a la propaganda electoral y en Brasil existe la misma prohibición de hacer publicidad audiovisual paga que exceda a la gratuita repartida por el Estado. Pero aun con el pensamiento mágico latinoamericano, no es común encontrar bypasses a la ley electoral entre un matrimonio que se suceda en la presidencia.