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CóRDOBA
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA

Admiten el amparo contra la ley del aborto que presentó García Elorrio

La acción intima en tres aspectos a la Provincia de Córdoba por la implementación de la Ley IVE. El TSJ analiza si acepta una cautelar que paralizaría la aplicación de la norma.

Camara Contencioso Administrativa
CÁMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA. Comenzó a tratar el amparo, pero no concedió la medida cautelar que podría haber significado impedir la realización de la práctica de abortos. | Cedoc Perfil

El legislador Aurelio García Elorrio –de licencia en la Unicameral– cumplió lo que prometió. Inició, a título personal, una embestida contra la legalización del aborto. Tal como adelantó PERFIL CÓRDOBA en la edición del 28 de febrero último, viene ejecutando a pie juntillas la estrategia que se propuso.

Primero intimó en sede administrativa al Gobierno provincial de Juan Schiaretti el 18 de marzo pasado, porque es quien debe “custodiar el derecho a la vida de los niños no nacidos de la Provincia de Córdoba frente al exabrupto legal que significa la ley 27.610”. Al no recibir respuesta y cumplirse los plazos previstos –10 días– quedó habilitado para recurrir a la Justicia.

Presentó una acción de amparo y el 15 de abril último, la Cámara Contencioso Administrativa de 1a Nominación, integrada por los jueces Ángel Antonio Gutiez, Gabriela Cáceres y Leonardo Massimino, admitió el trámite.

Sin embargo, el tribunal no concedió la medida cautelar que habría significado el freno inmediato a la aplicación de la ley en la Provincia de Córdoba. La Cámara destacó que es un tipo de acción que implica un “trámite sumarísimo” y que el resultado coincide con la solicitud de la medida provisoria. Este aspecto de la cautelar no concedida, fue apelado por García Elorrio y se encuentra a resolución del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).

Ya vencieron los tres días que corren por ley para que la Provincia responda al planteo del amparo. Pidió cinco días más, pero la Cámara le otorgó tres, que vencerán entre mañana y el martes.

Los tres puntos centrales. García Elorrio plantea tres aspectos por los cuales pide que la Justicia declare inconstitucional la aplicación en la Provincia de Córdoba de la práctica de aborto a las mujeres que lo solicitan, en la forma y tiempo que establece la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).

1- Facultades concurrentes. Para García Elorrio, si la Nación deja de cumplir su política de protección de los niños por nacer, la Provincia debe suplir esa inacción.

2- Los actos médicos. El amparo plantea que el poder de policía en materia de salud es de las provincias, exclusivamente. La Nación no puede intervenir en los actos médicos dentro de la Provincia de Córdoba. Sin embargo, añade la acción, la ley establece cómo deben realizarse los abortos, la objeción de conciencia institucional, etc. Por eso, intimó al gobierno a defender su poder de policía.

3- Menores de edad. El tercer punto de la argumentación está referida a la prescripción de Misoprostol a menores de 18 años. “El programa o plan del Gobierno de la Provincia es inconstitucional porque planea entregar el Misoprostol a niñas menores de dieciocho años (18) en espacios distintos a centros de salud de alta complejidad y ello no es posible porque es un fármaco que causa mucho daño en las mujeres y más aún en las niñas. El Misoprostol es de uso exclusivo en adultos”.

El texto de la acción de amparo tiene un tono visceral y, si bien a lo largo de más de 80 páginas no escatima citas de códigos, de la Constitución y de convenciones y tratados internacionales sobre derechos humanos y de la infancia, usa un lenguaje duro y directo. Puntualmente, solicita que la Cámara declare inconstitucional los artículos 1, 2 inciso b, 4, 5, 6, 8, 9, 12, 19, 20 y 21 de la ley 27.610 que legalizó el aborto.

Aurelio García Elorrio
AURELIO GARCÍA ELORRIO. A título personal emprendió una embestida contra la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo en la provincia

TEXTUALES

◆ “Ninguno de los poderes del Estado ha procedido a proteger a los niños no nacidos frente a esta absoluta y demencial irrupción del Congreso Nacional”.

◆ “Estamos ante un colectivo conformado por los niños no nacidos y no deseados por sus progenitoras en la Provincia de Córdoba, físicamente invisibilizados, sin que su propio padre, tíos, hermanos, padrinos o abuelos o el propio Ministerio Público Tutelar, puedan abogar por ellos, ya que el aborto se hace o se hace, en un tiempo perentorio, llevándose puesto con prepotencia que asusta a todo el sistema jurídico de la Nación”.

◆ “Hoy el Estado Provincial, con el dinero de mis impuestos, acomete la muerte intencionada de niños por nacer, lo que a todas luces embiste contra mi conciencia”.

◆ “Han creado una nueva categoría de persona humana sin derechos”.

◆ “La autonomía de la mujer, y sus derechos reproductivos, ceden ante el derecho a la vida de su hijo concebido”.

◆ “Se ha dicho con mucha insistencia que esta ley 27.610 obedece a una cuestión de salud pública. Que son miles y miles los abortos los que se producen y que los abortos clandestinos ponen en riesgo la propia vida de la mujer. Se han falsificado o, mejor dicho, inventado en estas campañas datos de muertes maternas y números de abortos realizados, al extremo de que parece que casi todas nuestras mujeres abortan”.

◆ “A la hora que la mujer decide abortar hasta las 14 semanas a los niños no nacidos, le otorga dicho derecho sin ninguna participación del progenitor, al cual la ley, por otro lado, le impone el deber de alimentar, cuidar y proteger al niño de malos tratos y daños físicos”.