El 10 de octubre de 2009, el Congreso de la Nación aprobó con 44 votos a favor y 24 en contra la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual número 26.522, que reemplazó el decreto-ley 22.285 sancionado durante la última dictadura militar.
Precedida por un debate impulsado por las más de 300 organizaciones que conformaron la Coalición para una Radiodifusión Democrática, la nueva ley llegó para modificar un sistema de medios caracterizado por la concentración de la propiedad y la centralización en la producción y distribución de contenidos a través de banderas tales como las de democratizar y federalizar un espectro radioeléctrico monopolizado por los grupos privados con fines de lucro.
Casi cuatro años después, las promesas de pluralidad se redujeron a acusaciones cruzadas entre el gobierno nacional, que no avanza en la implementación integral de la ley, y grupos privados que no terminan de acatar la nueva normativa.
Falta de voluntades. Martín Becerra, investigador del Conicet, explica: “La pelea con Clarín empobreció la ley porque ha dilatado la aplicación de artículos fundamentales. Clarín es la excusa perfecta del Gobierno para justificar ante sus seguidores la ausencia de políticas serias de comunicación y al mismo tiempo el Gobierno es una excusa bárbara para que Clarín justifique la ausencia de periodismo de calidad”.
Santiago Marino, magíster en Comunicación y Cultura de la Facultad de Ciencias Sociales de la UBA y coordinador académico de la Maestría de Industrias Culturales de la UNQ, agrega: “Hay una decisión política de reducir toda la discusión en torno de la ley al paquete Clarín. No hay un olvido, hay una decisión política. También es cierto que en algunos casos no depende solamente de la voluntad política sino también de los privados. Por eso creo que las responsabilidades son compartidas. Pero es el Estado el que tiene mayores responsabilidades”.
Fernando Torrillate, vocero de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca), que es el organismo de aplicación creado por el artículo 10, explica: “La ley tiene dos ejes: por un lado está la voluntad de lograr una multiplicidad de voces y por el otro todo lo relacionado con la desmonopolización. Pero éstos son aspectos complementarios, porque si queremos lograr la incorporación de nuevos actores primero debemos avanzar en la desconcentración. Por eso nuestra preocupación es que se destrabe la situación judicial para avanzar en el cumplimiento íntegro de la ley”.
El mapa y el territorio. De los 166 artículos que conforman la ley, sólo cuatro (41, 45, 48 y 161) están suspendidos por la presentación de medidas cautelares por parte del Grupo Clarín, el cual se resiste a adecuarse a los nuevos límites de licencias. De los 162 artículos vigentes, medidas como la implementación de un abono social para el cable, los límites a los tiempos publicitarios y a la producción de contenidos, la cuota mínima de pantalla al cine nacional, la pluralidad de los medios de gestión estatal y el 33% del espectro reservado a los sin fines de lucro entre, tantos otros (ver recuadros), han sido implementados de manera parcial o no han sido implementados.
Marino opina: “En términos normativos éste es el mejor momento en relación con la regulación de los servicios audiovisuales. En términos de aplicación, creo que las cosas no se están haciendo muy bien”. Torrillate entiende que “después de tantos años de discusión y militancia en busca de una nueva ley, y una vez que logramos que se sancione, que no se logre cumplir íntegramente puede generar dudas. Pero tenemos que entender que la ley es tan compleja, amplia y radical con respecto al paradigma anterior que va a llevar tiempo aplicarla en un 100%. La nueva ley demanda un cambio cultural importante”.
En relación con las dificultades mencionadas, Becerra concluye: “Poner un marcha una ley como ésta no es sencillo, ni siquiera en un escenario en el que todos estuviésemos de acuerdo. Hay una dificultad objetiva; pero también es verdad que hay que empezar a enfrentar tales dificultades. Porque entre no poder implementar de un día para el otro y no implementarla nunca hay un abismo. Por eso creo que la tarea pendiente es poner en marcha la ley porque hay muy poco hecho. Cualquier idea de resucitar la ley debería comenzar por intentar aplicarla desde el artículo uno en adelante”.
El nuevo round. En el marco de la “madre de todas las batallas”, la Corte Suprema convocó, con la firma de todos sus miembros, a una audiencia pública informativa para el 28 de agosto como un paso previo para su esperado fallo sobre la constitucionalidad de la LSCA. El tribunal definió un reglamento de participación para garantizar “un trámite ordenado y eficaz” y pidió a las partes –el Estado Nacional y el Grupo Clarín– y los grupos de la sociedad civil que unifiquen personería para no reiterar sus planteos.
La audiencia, de la que participarán diez ONG, como amicus curiae, será sobre la “validez constitucional” de los artículos 41 y 161, que regulan las transferencias de licencias y los plazos de aplicación.
“Es importante que la Corte resuelva lo antes posible”, dijo Martín Sabbatella.
Artículo 89: espectro radioeléctrico. Uno de los aspectos más celebrados de la actual ley es el que reserva el 33% del éter para los actores sin fines de lucro “en todas las bandas de radiodifusión sonora y de televisión terrestres, en todas las áreas de cobertura”. Para esto es fundamental la realización de un plan técnico que la ley establece en distintas partes de su texto y que hasta el momento no ha sido hecho.
Natalia Vinelli, de Espacio Abierto de Televisoras Alternativas, Populares y Comunitarias, explica: “La ley no alcanza por sí misma, es necesario que se aplique. En relación con el 33% del espectro para los sin fines de lucro se avanzó muy poco. Hubo casos de FM que se otorgaron a través de procesos lentos y en provincias grandes donde hay disponibilidad. Pero en lugares pequeños, en AM y en TV no se avanzó nada”.
En relación con los concursos que se abrieron hasta el momento, señala que “son excluyentes. En 2011 hubo dos llamados. Entre otras cosas se exigía la compra de pliegos de entre 40 y 140 mil pesos y 24 mil pesos más para el alquiler del Arsat. También nos pedían contar con operadores profesionales y presentar un plan de inversiones. Todo esto no tiene nada que ver con el funcionamiento de las emisoras comunitarias porque nosotros seguimos una lógica distinta que las emisoras comerciales. En ese momento salimos a criticar estas medidas con las que se concursaron 220 frecuencias que obtuvieron tres oferentes y ninguna asignación. Los concursos se suspendieron y según la resolución 929 publicada en julio de 2012 se elaborarían nuevas bases y condiciones en un plazo de treinta días. Ya pasó más de un año y seguimos esperando”.
Torrillate aclara que “hasta que no tengamos un plan técnico no vamos a poder abrir concursos en zonas de conflicto, aquellas en las que hay más medios que los permitidos. Hemos firmado un convenio para trabajar con el Ministerio de Planificación y tenemos la esperanza de definir este tema entre fines de este año y principios del próximo”.
Artículo 67: cuota de pantalla. Entre varias medidas para impulsar la producción y el consumo de contenidos nacionales, este artículo determina que “los licenciatarios de servicios de televisión abierta deberán exhibir en estreno televisivo en sus respectivas áreas de cobertura, y por año calendario, ocho películas de largometraje nacionales, pudiendo optar por incluir en la misma cantidad hasta tres telefilmes nacionales”.
Julio Raffo, presidente del bloque de Proyecto Sur en la Legislatura porteña, presentó junto a Pino Solanas y Alcira Argumedo una denuncia judicial contra Martín Sabbatella por incumplimiento de los deberes de funcionario público. En la denuncia se destaca que “sin justificación legal alguna la Afsca no cumple con lo dispuesto por el art. 67 de la Ley 26.522 y su decreto reglamentario respecto de la Cuota de Pantalla del cine nacional”.
Raffo, que es miembro fundador de la Cámara Argentina de la Industria Cinematográfica, relata: “La ley es noble y tiene muchos aspectos positivos que están subordinados a la pelea del Gobierno con algunos medios opositores. La cuota de pantalla para el cine es una de las tantas cosas que no se están cumpliendo sin justificativo alguno. Yo soy jurado en el Festival Internacional de Cortos de Oberá, que ya tiene diez años, y hace poco vinieron funcionarios de la Afsca a hablar sobre las políticas federales de la ley.
En esa oportunidad les pregunté cuántos contratos habían firmado hasta el momento entre canales de TV y películas en producción y me contestaron que no sabían. Si los funcionarios que manda la Afsca a un festival no saben en qué estado de cumplimiento se encuentran los artículos vinculados con el cine estamos en problemas. Otra de las cosas que no se están cumpliendo es la creación de un registro de películas en producción ni se están exhibiendo las ocho películas al año. Todo esto sucede con la complicidad entre la autoridad de aplicación y los canales y está perjudicando el desarrollo de la producción nacional de cine”.
Artículos 18 y 130: órganos de control y aplicación. La ley impulsa la creación de diversos espacios de control e implementación que fueron celebrados, en un principio, por su carácter plural e independiente del Poder Ejecutivo Nacional. Sin embargo, hasta ahora, algunos de estos organismos están constituidos a medias, no están en funcionamiento o no han sido creados.
Mientras el directorio de la Afsca funciona sin estar plenamente constituido luego de que se vetara la asignación del representante del FAP, Alejandro Pereyra, el artículo 18 de la ley establece la creación de la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual que deberá, entre otras cosas, “velar por el cumplimiento de las obligaciones de Radio y Televisión Argentina (RTA)” y “evaluar el desempeño de los miembros de la Afsca y del Defensor del Público”.
La senadora del Frente Cívico cordobés, Norma Morandini, que integra la Comisión Bicameral, afirma que la última vez que se reunieron fue el 16 de octubre de 2012. “La inactividad de la comisión desde el momento de su constitución revela mejor que nada que la ley fue concebida como un instrumento de poder político. Se está eludiendo la función de controlador que la Comisión Bicameral tiene por mandato de la ley. Por eso, cuatro años después de la sanción de una ley que venía a democratizar la palabra se da el contrasentido de que decir lo que se piensa en nuestro país se ha convertido en un acto de coraje”, señala.
Otro organismo que aún no se ha creado es el Consejo Consultivo Honorario de los Medios Públicos el cual, según el artículo 130, deberá controlar el funcionamiento de RTA y presentar sus conclusiones a la Comisión Bicameral.
Mientras desde la Afsca aseguran estar impulsando su creación para que “todos los organismos creados por la ley funcionen”, Morandini destaca que “no se está monitoreando para saber si se está cumpliendo con los objetivos tan grandilocuentes enunciados como razón de ser de la ley. Tampoco se traen los informes de gestión que el directorio de RTA debe hacer cada seis meses. Entonces, si quien debe ser modelo no cumple con las normas, ¿qué autoridad puede tener frente a la sociedad para obligar a que otros cumplan con la ley?”.