POLITICA
Aclaracin de la Universidad Nacional de La Plata

Confirman que Cristina "egresó con título de abogada"

El rector y el decano de Derecho informaron en un comunicado oficial que "la señora Cristina Elisabet Fernández se graduó en octubre de 1979". La documentación está a resguardo de la Universidad, dijeron.

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Cristina Fernndez celebr la ley del Intrprete |

Las autoridades de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP) informaron hoy que la primera dama y candidata presidencial por el kirchnerismo, Cristina Fernández, cursó estudios en la Facultad de Derecho de donde egresó con el título de abogada en 1979.

Un comunicado oficial que lleva la firma del Rector de la UNLP, Gustavo Adolfo Azpiazu, y del Decano de la Facultad de Derecho, Hernán Gómez, señaló que "según todas las constancias obrantes en esta casa de altos estudios, la señora Cristina Elisabet Fernández se graduó en el mes de octubre de 1979, siéndole expedido el título de abogada el día 10 de diciembre de 1979".

El comunicado de la universidad fue difundido "ante las versiones periodísticas que sostienen que la senadora Cristina Fernández de Kirchner no posee título de abogada", indicó.

Asimismo la casa de Estudios platense agregó que "conforme a las normas que rigen para todos los egresados, la expedición de certificaciones sólo se efectúa a requerimiento del interesado o mediante apoderado especialmente designado por él".

"En virtud de dicha normativa, la totalidad de la documentación que acredita lo antes expresado se encuentra a resguardo en esta Universidad, de la que sólo se entrega constancia a petición del graduado o a requerimiento judicial", señaló la UNLP.

Precisamente el abogado y presidente de la ONG Defensa Ciudadana, Sergio Bergenfeld, y el periodista Cristhian Sanz, anunciaron esta mañana que denunciarían a Cristina Fernández ante la Justicia Federal por supuestos "usurpación de títulos" y "adulteración de instrumento público" en relación a su presunta graduación como abogada.

El Código Penal sanciona el primero de esos delitos con una multa mientras que el segundo, en los artículos 292 y 298 prevé uno a seis años de prisión e inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos por el doble de tiempo de la condena.

Fuente: DyN