SOCIEDAD
Fallo en defensa de la libertad de expresin

León Gieco fue sobreseído en el caso Tejerina

La justicia dio la razón al popular cantante. El hombre acusado de violar a la joven jujeña lo había denunciado por "apología del crimen " a raíz de su canción "Santa Tejerina" y por declaraciones a la prensa.

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Len Gieco fue sobreseido en el caso Tejerina. | Tlam
El músico León Giego fue sobreseído por la causa que se le había abierto por “instigación el crimen” por la canción “Santa Tejerina” y por declaraciones periodísticas en las que defendía a la joven Romina Tejerina.

Un fallo del juez Omar Fente lo sobreseyó de la causa que lo acusaba de “apología del crimen”.

“La libertad de expresión es sustento fundamental del sistema democrático y en su comprensión radica el verdadero espíritu de tolerar, comprender y convivir con quienes piensan diferente
”, señaló Fente.

En conversación con el matutino porteño Página 12, León Giego –minutos antes de subirse al escenario con Mercedes Sosa en el Estadio Multifuncional del Parque Roca- dijo que la resolución tiene “un alto nivel poético”, al tiempo que la calificó como “copada”.

Por ahora la canción está libre. Falta que liberen a la víctima. Si yo hice algo fue perdonarla. Pero no queda en el perdón, son que es una lucha para que la liberen”, dijo Gieco, quien adelantó que viajará a Jujuy para brindar un recital y reclamar la liberación de Tejerina.

Según alega la defensa de Tejerina, la muchacha fue violada y acabo con la vida de su hija cuando nació, al padecer un estado de psicosis temporal en la que vio la cara de su violador en la recién nacida. Fue condenada el 10 de junio de 2005 por “homicidio calificado”, aunque todavía no hay sentencia firme. El reciente XXI Encuentro de la Mujeres en la provincia de Jujuy reclamó su “inmediata liberación.”

El año pasado, Eduardo Emilio Vargas, acusado por Tejerina de haberla violado, denunció ante el fiscal de San Pedro de Jujuy a León Giego por “apología del crimen”, luego de escuchar la canción que está incluida en el disco "Por favor, perdón y gracias" y de leer un reportaje publicado en el suplemento cultural del mencionado matutino.

Vargas consideró que Gieco “efectuaba un elogio o enaltecimiento de un hecho ilícito”.

Sin embargo, en su fallo, el juez consideró que los dichos y la música de León Giego “no operan como instigación indirecta a cometer delitos y no resultaron fuente generadora de comportamientos criminales, y que ni los lectores de Página 12, ni los oyentes de la canción tiendan a imitar el hecho”.