El Poder Ejectuvo Nacional publicó este domingo 29 de marzo de 2020 los decretos de necesidad y urgencia que establecen la suspensión de los desalojos y el congelamiento de los alquileres hasta el próximo 30 de septiembre. Asimismo, también las cuotas de los créditos hipotecarios se mantendrán sin aumentos hasta esa fecha, con la imposibilidad de ejecuciones a deudores morosos.
Perfil había destacado que el Gobierno estaba apurando la resolución del tema, y este domingo se conocieron los decretos de necesidad y urgencia disponiendo esas medidas, con el congelamiento de alquileres y cuotas UVA hasta el 30 de septiembre, plazo en el que no se podrán ejecutar a deudores hipotecarios, y también estarán prohibidos los desalojos por atrasos de inquilinos en todo el país.
El Presidente Alberto Fernández había anunciado el envío de los proyectos de ley respectivos a la Cámara de diputados para darle forma a estas medidas de protección social en el marco de la crisis por el avance del coronavirus, pero finalmente se decidió su implementación a través de un decreto, paradarle celeridad a la situación.
La medida alcanza a inmuebles destinados a viviendas, habitaciones y pensiones alquilados por familias; actividades culturales; espacios para la producción rural, locales alquilados por micro, pequeñas y medianas empresas; y cooperativas de trabajo.
Según los puntos principales del decreto, quedará exceptuado el arrendatario que acredite que "depende del alquiler" para cubrir sus necesidades básicas o las de su familia. Esta iniciativa surge como forma de apoyar a determinados sectores que ven perjudicada su economía a causa de la medida de aislamiento preventivo para frenar la propagación de la pandemia del COVID-19, indicaron fuentes oficiales.
Respecto de los créditos hipotecarios, la medida de congelamiento alcanza también a los créditos prendarios UVA. "Las deudas por diferencia de monto, entre lo que se debería haber pagado y lo que se pague a causa del congelamiento, se abonará, a partir de octubre, en tres cuotas sin interés", según el contenido del DNU.
En el caso de las deudas, tanto para alquileres como para créditos hipotecarios, estas se abonarán a partir del 3 de octubre próximo con intereses compensatorios, aunque sin penalidades.
HB