A 32 años de atentado a la AMIA, se instala con fuerza el debate sobre el juicio en ausencia
PERFIL entrevisto al fiscal federal Sebastián Lorenzo Basso, titular de la Unidad Fiscal AMIA (UFI-AMIA). Es el reemplazante del fiscal Alberto Nisman que falleció en enero de 2015. “Distintos países del mundo aplican el juicio en ausencia, no se advierte que sea un instrumento estrambótico”, sostuvo. Dudas y cuestioanamientos de los familiars de Memoria Activa. Según el representante del Ministerio Público hubo cuatro disidentes iraníes en París que “colocaron en escena como uno de los responsables a Ali Asghar Hejazi, quien sería mano derecha del ayatolá iraní Alí Jamenei, fallecido en febrero último.
En marzo de 2025 se publicó en el Boletín Oficial la Ley 27.784, que incorpora formalmente el instituto del “juicio en ausencia” a la legislación argentina. Tres meses más tarde, en junio, la Justicia ordenó que correspondía aplicar a la causa AMIA un juicio en ausencia contra los acusados, 8 ciudadanos de origen iraní y 3 de orígen libanés, quienes permanecen prófugos, algunos de ellos con alertas rojas de Interpol.
La sentencia la firmó el juez Daniel Rafecas, quien subroga el juzgado que tiene el expediente. Ese fallo fue apelado por un defensor oficial, que representa a los acusados y en mayo último, la Sala I de la Cámara Federal, con los votos de los jueces Mariano Llorens y Martín Irurzun, ratificó la aplicación de la ley de juicio en ausencia para la causa de la voladura de la AMIA. En ese fallo, el tribunal consideró que el hecho de que “existan recursos pendientes de resolución” ante la Cámara de Casación Penal “no obstará a la continuación del proceso transitando el caso hacia la instancia de juicio”. Hasta ahora, la Cámara de Casación Penal aún no se pronunció en este expediente; es el paso judicial que resta para iniciar el proceso.
Dos meses antes del fallo de la Cámara, en marzo, el fiscal Sebastián Basso, que está a cargo de la UFI AMIA desde enero de 2019, había pedido que se avanzara en los procesamientos de los 11 acusados, 8 de nacionalidad iraní y 3 libaneses: Alí Asghar Hejazi, Alí Fallahian, Alí Akbar Velayati, Mohsen Rezai, Ahmad Vahidi, Hadi Soleimanpour, Ahmad Reza Asghari, Mohsen Rabbani, Salman Raouf Salman, Abdallah Salman y Hussein Mounir Mouzannar, a quienes considera responsables de la voladura de la mutual judía, el 18 de julio de 1994.
Basso es el fiscal que reemplazó a Alberto Nisman, que falleció en enero de 2015 en circunstancias que aún se investigan. Recibió a PERFIL en su oficina, frente a Plaza de Mayo, a pocos días de un nuevo aniversario del atentado que dejó 85 muertos y más de 200 heridos. “Para la fiscalía, de acuerdo a las pruebas, el atentado fue realizado por un grupo reducido de personas que ingresaron al país unos días antes del 18 de julio de 1994, prepararon el coche bomba y se retiraron. La propia lógica de un atentado terrorista, clandestina, hace que no pueda ser conocido por mucha gente. El ataque fue coordinado desde una base operativa en la Triple Frontera” entre Argentina, Paraguay y Brasil, sostuvo Basso.
Para Basso, el atentado a la AMIA fue “una operación clandestina y terrorista” que tuvo al menos un año de preparación. Para avanzar sobre ese armado, para el fiscal fue clave la información que aportaron disidentes iraníes que residen en París. Se trata de cuatro testimonios que colocaron en escena como uno de los responsables a Ali Asghar Hejazi, quien seríamano derecha del ayatolá iraní Alí Jamenei, fallecido en febrero último, durante los bombardeos de Estados Unidos e Israel a Irán.
Basso dijo a PERFIL que Hejazi estuvo en la Argentina y que la fiscalía cuenta con su ficha migratoria. Sobre Hejazi se dijo que estaba muerto pero hay fotos de él de esta semana en el funeral de Jamenei, quien gobernó Irán durante más de 35 años.
“El pedido de Justicia por parte de la sociedad es sensato y legítimo. Los únicos condenados por el caso AMIA son los investigadores (el ex juez Juan José Galeano y los ex fiscales Eamon Mullen y José Barbaccia). Mucho de lo que se hizo se hizo bien. Se despejó el trigo de la paja. Hubo un proceso de depuración del caso”, dijo en relación con el trabajo de Nisman, aunque no lo nombró.
El instituto del juicio en ausencia. El 20 de febrero de 2025, el Senado aprobó con 46 votos afirmativos del oficialismo y aliados el proyecto de ley del Poder Ejecutivo para regular el juicio en ausencia. La iniciativa tuvo 22 votos en contra y ninguna abstención.
La ley sancionada dispone que se puede aplicar el juicio en ausencia únicamente en causas en las que se investiguen genocidios, delitos de lesa humanidad, crímenes de guerra y de agresión, desaparición forzada de personas, tortura y el terrorismo y su financiamiento, entre otros. El atentado a la AMIA está considerado un delito de lesa humanidad por la Justicia.
“Distintos países del mundo aplican el juicio en ausencia, no se advierte que sea un instrumento estrambótico”, aseguró Basso a PERFIL y remarcó que “un juicio penal no está sólo centrado en la persona del acusado sino en las víctimas, que tienen un rol protagónico en los casos penales y merecen tener una respuesta satisfactoria de parte del Estado”.
Sin embargo, la postura de Basso no es compartida por los familiares. Este viernes, en el acto conmemorativo por los 32 años del atentado, Diana Malamud, integrante de Memoria Activa anunció que la agrupación no será querellante en el juicio en ausencia. “Buscamos la verdad, que es la única que puede hacer justicia y no una respuesta conveniente”, dijo Malamud.
“No hace falta ser adivinos para saber cómo terminará este juicio”, señaló Malamud ante los presentes en el acto en Plaza Lavalle y recalcó que “para condenar hace falta prueba y en este caso se transformó información de inteligencia en prueba válida por eso nos preguntamos si este juicio nos acerca a la justicia”.
El instituto del juicio en ausencia también tiene detractores en la Justicia. Raúl Zaffaroni, juez de la Corte argentina durante una década, es uno de ellos. En un reportaje con Página 12 dijo: “La garantía de legalidad de nuestra Constitución, desde 1853, abarca la ley procesal penal: si la ley procesal posterior agrava la situación del imputado, no puede aplicarse retroactivamente”.
Países como España, Francia, Alemania e Italia, entre otros, cuentan con normativas que permiten la continuación del proceso penal en ausencia del imputado.
Los imputados. Basso busca avanzar en el juzgamiento de Alí Asghar Hejazi, quien según la fiscalía “integra y preside, desde 1989, el ‘Comité Vijeh’ del gobierno iraní, que elaboró el plan para atentar contra la AMIA y lo puso en marcha”; Alí Fallahian, ministro de Inteligencia y Seguridad Nacional de Irán entre 1989 y 1997 y miembro de la Asamblea de Expertos entre 2007 y 2016; Alí Akbar Velayati, quien fuera ministro de Relaciones Exteriores de la República Islámica de Irán entre 1981 y 1997; Mohsen Rezai, comandante en jefe de la Guardia Revolucionaria Islámica (entre 1981 y 1997) y vicepresidente de Asuntos Económicos (entre 2021 y 2023); Ahmad Vahidi, comandante de la Dirección de Inteligencia del Cuerpo de la Guardia Revolucionaria y luego comandante de la Fuerza Al Quds (entre 1988 y 1997) y ministro del Interior (entre 2021 y 2024), entre otros cargos. El 1° de marzo de 2026 se lo designó comandante en jefe del Cuerpo de la Guardia Revolucionaria, cargo que ocupa en la actualidad.
También respecto de Hadi Soleimanpour, embajador de Irán en la Argentina desde 1991 y quien estaba a cargo de la sede diplomática al momento del atentado; Ahmad Reza Asghari, acreditado como tercer secretario de la Embajada de la República Islámica de Irán en la República Argentina desde el 11 de julio de 1991 hasta el 23 de julio de 1994. Mohsen Rabbani, consejero cultural de la Embajada de la República Islámica de Irán en la República Argentina desde el 3 de marzo de 1994 hasta el 19 de mayo de 1998. Para la fiscalía “continúa oficiando de propagador de las ideas totalitarias para los países de habla hispana, especialmente los ubicados en territorio latinoamericano”.
Los tres ciudadanos de origen libanés señalados son Salman Raouf Salman o Samuel Salman El Reda; Abdallah Salman y Hussein Mounir Mouzannar.
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