causa andis

Los 10 puntos más importantes del fallo de Casanello que procesó a Spagnuolo, Garbellini y otros 17 acusados

Este lunes se conoció la sentencia del juez Sebastián Casanello en la que se investigan irregularidades en el funcionamiento de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS).

En la mira. El juez Casanello, a cargo de la causa. Foto: NA

El juez Sebastián Casanello procesó este lunes a Diego Spagnuolo, a su segundo Daniel María Garbellini y a otras 17 personas en la causa por presunta corrupción en las licitaciones de las compras de medicamentos en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS). Al ex titular de ese organismo lo acusó por “negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, en calidad de autor; defraudación por administración fraudulenta agravada por haber sido cometida en perjuicio de la administración pública nacional, en calidad de autor; y cohecho pasivo, en calidad de autor, los cuales concurren idealmente entre sí; y asociación ilícita, en calidad de jefe”.

En tanto, a Garbellini lo acusó por “negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, en calidad de autor; y defraudación por administración fraudulenta agravada por haber sido cometida en perjuicio de la administración pública nacional, en calidad de autor; los cuales concurren idealmente entre sí; y asociación ilícita, en calidad de jefe, que concurre realmente con los anteriores”. En el fallo, al que accedió PERFIL, hay chats que muestran mensajes que Garbellini enviaba a Roger Grant en el que ordenaba “otro tema; NEUROSALUD, sacalo de las invitaciones de insumos”, lo que exhibe el poder de dicho funcionario.

Casanello también procesó, en todos los casos sin prisión preventiva y prohibió la salida del país, a Miguel Ángel Calvete y a su hija Ornella, Pablo Atchabahian, Diego Martín D’Giano, Roger Edgar Grant, Eduardo Nelio González, Lorena Vanesa Di Giorno, Andrés Horacio Arnaudo, Silvana Vanina Escudero, Alejandro Gastín Fuentes Acosta, Patricio Gustavo Rama, Federico Maximiliano Santich, Guadalupe Muñoz, Julio César Viera, Patricia Canavesio, Ruth Noemí Lozano y Luciana Ferrari.

Para Casanello, el diálogo entre Spagnuolo y Calvete era fluido e incluso se tenían agendados con seudónimos en el celular: para Calvete, Spagnuolo era “Coroa 1” y “.” y el funcionario lo tenía registrado como “Chuen Li”. También se llamaban entre sí “bro”. Calvete tenía otro celular en el que su usuario era “Carmelavivaldi”.

 

La Justicia procesó a Diego Spagnuolo por fraude, asociación ilícita y sobornos

 

Los 10 puntos más importantes del fallo que procesó a Spagnuolo, Garbellini y otros 17 imputados:

“Un entramado de corrupción institucional”. El juez Casanello afirmó en la sentencia de 307 carillas que “la investigación llevada adelante hasta acá permitió reconstruir (...) un entramado de corrupción institucional que tuvo su núcleo en el funcionamiento irregular de la Agencia Nacional de Discapacidad, con operadores externos y funcionarios que ocupaban los cargos de máxima autoridad actuando en forma mancomunada en contra del interés general y a favor de negocios privados ilícitos”. 

Una “Agencia cooptada” para el “enriquecimiento de miembros de la organización”. El magistrado afirmó que “la Agencia fue cooptada y empleada como vía de enriquecimiento para los miembros de la organización, en claro desmedro de la finalidad pública que debía guiar su actuación: la protección y cuidado de las personas en situación de discapacidad”.

Orden de ampliar la investigación. Casanello dijo en la sentencia que “el esquema delictivo develado pareciera tener márgenes aún difusos y no agotarse en los hechos aquí probados”. Afirmó que “dentro de la propia ANDIS, existen indicios de que el grupo habría extendido la lógica de intermediación, privilegios y sobreprecios hacia otras áreas y actores” y mencionó que en distintos documentos repite la figura de Miguel Calvete, quien “habría traficado sus influencias a un espectro amplio de empresas interesadas en contratar con la Agencia -directa o indirectamente-”. Sobre su hija, Ornella y su círculo, apuntó que apareció “evidencia de prácticas similares alejadas del buen gobierno y de un manejo transparente de la gestión de Estado, particularmente, las compras públicas”. “La extensión de los negocios, la importancia de las cifras y cierto desenfado (por ejemplo, al hacer caso omiso a quejas de empresarios desplazados o de funcionarios disconformes), sugieren que no se trató de algo encapsulado y que podría tener otro nivel de complicidades. La investigación no debiera dejar tales aspectos de lado, sino que deberán ser esclarecidos y profundizados”, indicó Casanello.

Descargo de Spagnuolo. En su fallo, Casanello informó que en la declaración indagatoria, que le tomó a mediados de noviembre pasado, Spagnuolo negó los hechos atribuidos. Sobre el dinero que le encontraron en su caja de seguridad, dijo que no había ingresado a la misma desde marzo de 2023, es decir nueve meses antes de asumir al frente de la ANDIS. En la presentación por escrito que hizo ante el juez, a inicios de diciembre pasado, afirmó que por el decreto 160/2018 que delimitó las competencias de la ANDIS, él, en tanto titular “carecía de competencia funcional para seleccionar proveedores, invitar oferentes, abrir compulsas, cargar datos, evaluar precios y adjudicar órdenes de compra, sumado a que no tenía acceso operativo” al Sistema Integrado de Información y Administración de Prestaciones, implementado en la ANDIS en junio de 2024. Y agregó que el fiscal Carlos Rívolo, en una causa del año 2024, “había verificado que el sistema funcionaba de manera automatizada, transparente y técnica, sin posibilidad de que existiera discrecionalidad individual”.

Spagnuolo alegó “conjeturas”. El ex funcionario dijo que su imputación se basaba en “conjeturas”. Reiteró que el ingreso a la caja de seguridad había ocurrido antes de asumir la función pública, y que la máquina contadora de billetes fue adquirida en mayo de 2022, cuando realizaba “tareas” en la Asociación Civil Cooperadora del Sistema de Salud Malvinas Argentinas. Sobre las reformas en su casa, dijo que se trataba de una “simple modificación en el sector de la galería que da al jardín”. Y que los dos autos que se le endilgaron como provenientes de financiamiento ilícito “habían sido adquiridos antes de ingresar a la función pública”. Dijo que no coincidía la fecha del audio con el reclamo de "cinco millones de pesos para ir a Israel", del 11 de junio de 2025, con las fotografías que se encontraron en el celular de Calvete, que serían de dos meses y dos días después. Y reiteró lo que había dicho su abogado Mauricio D’Alessandro respecto de la presunta falsedad de los audios.

Embargos. El magistrado trabó embargos sobre los bienes de todos los imputados: el más alto fue para Miguel Ángel Calvete por $ 203.072.992.394, luego Spagnuolo por $ 202.828.725.464 y de Garbellini por 202.247.451.393.

Prohibición de distribuir dividendos. El juez decretó la prohibición de distribuir dividendos a los procesados respecto de las firmas Droguería Profarma SA, Droguería Génesis SA, Droguería New Farma SA y Droguería Floresta SA.

Designación de interventores. El magistrado solicitó al Ministerio de Salud, a cargo de Mario Lugones, la designación de “interventores informantes” respecto de las cuatro droguerías por el plazo de tres meses. Quienes asuman dicha tarea tendrán que hacer un “monitoreo permanente sobre el estado de los bienes, las operaciones y actividades de las personas jurídicas, e informar la situación de las empresas, de modo quincenal”, ordenó el juez.

Convocados a declarar. Casanello convocó a prestar declaración indagatoria a Fabian Parlakian, Matías Palotti Bertola, Patricio Denholm, Alan Poccovi, Sergio Daniel Mastropietro y Patricio Oscar Acosta. Asimismo, deberán declarar en tribunales quienes estén a cargo de las droguerías Profarma SA, Génesis SA, New Farma SA y Floresta SA.

El centro de operaciones de “actividades ilícitas” se habría extendido hasta dos meses después de conocidos los audios de Spagnuolo. Casanello recordó que según el dictamen del fiscal Picardi la agencia habría funcionado, entre diciembre de 2023 y octubre de 2025, como “el centro de operaciones” de diversas actividades ilícitas; esto es, “como una ventanilla de pagos millonarios, permanentes y direccionados, adjudicados en procedimientos fuera del marco legal que no garantizaban los principios de concurrencia, publicidad ni transparencia; como una ventanilla de pagos con sobreprecios en beneficio de proveedores con vínculos con los/as funcionarios/as al mando; y, además, como una ventanilla administrada y/o co-gestionada por agentes externos/as con fuerte influencia en el sector de salud, especialmente droguerías y firmas de insumos de alto costo”. En este punto la Justicia marca que el funcionamiento discrecional se habría extendido incluso luego de conocerse los audios adjudicados a Spagnuolo, en agosto pasado.