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Grandes internas o partidos políticos

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El texto de la Constitución de 1853 no hacía mención alguna a los partidos políticos; y no lo hizo durante 141 años, hasta que en 1994 el constituyente descubrió que son “instituciones fundamentales para el sistema democrático” (Art. 38).
De cualquier modo, con o sin reconocimiento constitucional, en nuestro ordenamiento jurídico los partidos políticos son clave para la democracia, desde que son las únicas organizaciones autorizadas para presentar candidatos a ocupar cargos públicos electivos. Así lo dispone el Art. 3 de la ley 23.298 (de partidos políticos), con el aval constitucional de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que en diversas causas confirmó la constitucionalidad de ese monopolio partidario. (Ej. Casos Ríos y Padilla).
En efecto, las agrupaciones políticas siempre fueron instituciones que agrupan a individuos que tienen ideas y proyectos en común, y que se asocian políticamente con el objetivo de difundirlos para, eventualmente, presentarse a la compulsa electoral y lograr conducir los destinos de la Nación. No sólo tienen la atribución monopólica de presentar candidatos, sino que, además, sirven para ordenar y canalizar la diversidad de proyectos políticos. Son como andariveles dentro de los cuales circulan sujetos con ideas afines, que van formándose y constituyendo cuadros políticos dirigenciales.
Hasta el año 2009 cada partido político decidía de qué modo organizaba sus internas para elegir a sus candidatos a ocupar cargos públicos, pero a partir de la sanción de la Ley 26.571, las “internas” pasaron a denominarse “primarias”, y se caracterizan por ser abiertas, simultáneas y obligatorias.
Ya en las elecciones de 2009 y 2011 quedó demostrado que los partidos políticos no están convencidos de alentar la competencia que caracteriza una interna. Se pudo advertir entonces que los precandidatos habían dirimido sus diferencias por fuera de las PASO y que (salvo alguna que otra excepción) cada agrupación llevaba una sola lista o fórmula presidencial.
De esa situación, se ha pasado ahora, en algunos casos, al extremo contrario. En efecto, cuando faltan seis meses para que se lleve a cabo la tercera experiencia de primarias abiertas, algunos sectores políticos proponen megainternas entre candidatos con las más variadas ideologías (ejemplo de ello es la que protagonizarían Elisa Carrió y Mauricio Macri), o UNEN (con dirigentes que se inclinan más a la derecha y otros que se sienten más cómodos en la izquierda); hasta inclusive se ha pensado en una gran interna entre todos los candidatos de la oposición.
Estas internas majestuosas, que abren sus brazos y cobijan a candidatos que ocupan espacios muy diferentes y distantes en el espectro ideológico, desnaturalizan a los partidos políticos, cuya existencia se justifica precisamente para canalizar candidaturas de sujetos con proyectos e ideas en común, que van más allá de las coincidencias genéricas que todos ellos puedan tener en cuestiones que nadie discute, como seguridad, Justicia independiente, salud, educación, etc., y que constituyen ideales que comparten casi todas las agrupaciones políticas, pero para cuyo logro hay diferentes medios, modalidades, proyectos, medidas, programas e ideologías que precisamente los diferencian.
La democracia nos brinda el escenario propicio para que las diferentes ideologías se muestren en todo su esplendor. En ese marco la existencia de diferentes partidos políticos es consecuencia de aquella diversidad ideológica, mientras que la variedad de precandidatos, dentro de cada agrupación política, es consecuencia de la diversidad de métodos y de estrategias para desarrollar un proyecto en común. Las primarias a su vez sirven para que cada partido decida quiénes son los precandidatos que mejor representan sus ideales, pero cuando los contendientes en esas internas no poseen denominadores ideológicos comunes, o cuando ellos son muy genéricos, tanto la interna como la existencia misma de un partido político se desnaturaliza, debilitándose el paradigma constitucional en función de la cual estas agrupaciones son instituciones fundamentales para la democracia. 

*Prof. Derecho Constitucional UBA, UB y UAI.

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