Se estima que mañana la Corte Suprema de los Estados Unidos informará su decisión en torno al juicio que tenedores de deuda impaga de la Argentina ganaron en dos instancias inferiores en Nueva York. Independientemente del resultado, que ojalá permita una nueva negociación de la Argentina para lograr terminar de la manera menos costosa este litigio, lo que se ha analizado poco en la Argentina es por qué un “pagaré” emitido por el gobierno argentino terminó en la Corte de un país extranjero a cuyas autoridades hemos terminado “rogando” que interceda por nosotros.
Vayamos, entonces, al “huevo de la serpiente”. Cuando el gobierno argentino o sus empresas quieren emitir deuda accediendo al mercado internacional, el potencial acreedor, para nuestro caso o en el de cualquier país, pregunta: “¿Si llega haber un conflicto con el pago, qué juez resuelve el tema?”. Si la respuesta es “Oyarbide”, la cantidad de acreedores dispuestos a prestar es menor, y la tasa a pagar por ese crédito es mayor.
En otras palabras, someter cualquier emisión de deuda a los tribunales de Nueva York, por ejemplo, cuesta menos tasa que someterla a la jurisdicción local. No es que con los oyarbides no se puede colocar deuda. Se coloca, pero más cara y a menos acreedores, menores plazos y menores montos.
En ese sentido, se podría calcular el diferencial de tasas y montos entre la deuda emitida bajo jurisdicción local e internacional, y podríamos comprobar los miles de millones de dólares que nos han costado a los pagadores de impuestos argentinos (incluida la inflación), no tener jueces que impartan Justicia con independencia y conforme a derecho. Lo antedicho no implica que no haya malos jueces en todos lados. Pero en algunos países el “sistema” tiende a garantizar, dentro de lo razonable, en forma equilibrada, los derechos de acreedores y deudores. Tanto es así, que el propio Griessa ha dicho que, pese a su fallo, si efectivamente la Argentina no puede pagar como él propone, puede negociar “de buena fe” alternativas con sus acreedores.
Lo que tiene que decidir la Corte Suprema de los Estados Unidos, y lo que le preocupa, es mantener las garantías que hacen que un contrato sometido a su jurisdicción sea preferible a otro en otras jurisdicciones. Después de todo, la combinación de un servicio de Justicia, que proteja razonablemente a los acreedores y depositantes, y una moneda relativamente estable, es lo que brindan centros financieros como Nueva York, Londres, Ginebra o Zurich.
Otra vez, no es que no haya malos banqueros o malos jueces en esos países, pero, en términos relativos, los sistemas judiciales limitan la capacidad de “estafar” a los ahorristas. Es por ello que la moneda de reserva es el dólar y no la rupia, y que países como Gran Bretaña o Suiza “vivan” de brindar este servicio a los inversores del mundo, junto a Nueva York. (Incluyendo, por desgracia, aunque cada vez menos, a delincuentes de guante blanco).
De todas maneras, puede ser que al gobierno norteamericano, tan sometido al “corto plazo” como todos los gobiernos, le preocupe más no acentuar la inestabilidad macroeconómica de la Argentina (en especial si anulamos el acuerdo con Irán) que defender su servicio de garantía financiera y nos ayude ante la Corte, veremos. Dicho sea de paso, las nuevas emisiones de deuda, incluyendo el canje argentino, tienen cláusulas que limitan el poder de los “buitres” al obligarlos a aceptar las decisiones de las mayorías de acreedores en casos de reestructuración.
Paso ahora al tema Boudou. Aún cuando el vicepresidente fuera víctima de un conjunto de casualidades, lo cierto es que la Argentina es un país en donde una barra de amigotes de la infancia, utilizando su nombre, puede apropiarse de una empresa capaz de imprimir moneda, pasando por sobre organismos de control de todo tipo, recibiendo fondos de fuentes desconocidas, negociando con el ente recaudador y con la participación necesaria de parte de la Justicia y del Congreso.
En ese contexto, ¿con qué tasa de rentabilidad, con que tipo de garantías y bajo qué jurisdicción, se realiza un proyecto de inversión en la Argentina? En síntesis, un marco institucional que admite los Oyarbide o los Boudou, es muy caro para los argentinos, además de obligarnos a no tener “soberanía”. Hay que revisar el sistema.