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Los límites de un acuerdo por la deuda

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Distintas noticias periodísticas dieron cuenta la semana que termina de gestiones de algunos fondos de inversión que estarían buscando una solución al litigio de la República Argentina con un grupo de holdouts (tenedores de bonos emitidos antes de diciembre de 2001, que no entraron al canje del 2005 ni de 2010). La idea sería que los tenedores de bonos reestructurados (o sea, los bonos resultantes de los canjes antes mencionados) sacrificarían parte de su rentabilidad futura para pagar los US$ 1.330 millones que los buitres le reclaman a la Argentina.

Personalmente soy escéptico de que las gestiones mencionadas por el periodismo puedan llegar a buen puerto. Hace ya unos seis meses escuché hablar de una variante un poco más realista para buscar la misma solución: en ese caso, el dinero para comprar la acreencia a los holdouts lo ponían los principales fondos tenedores de bonos reestructurados que, si bien perdían en conjunto los US$ 1.330 millones, simultáneamente ganaban por la revalorización esperable en sus tenencias de bonos argentinos al disiparse la amenaza de un default técnico que castiga las cotizaciones de los bonos argentinos. Aparentemente, esta variante no prosperó. Menos, creo, va a prosperar la nueva variante.

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Si bien desde la aritmética financiera es lógico que una mejora en las cotizaciones compense para un gran fondo lo gastado en comprarles el reclamo a los llamados “fondos buitre”, las cosas en el mercado financiero internacional no son tan sencillas. En los últimos años una gruesa malla de regulaciones cayó sobre los principales mercados financieros con el fin de, por un lado, transparentar las transacciones, y por otro, asegurar la legalidad de lo que se está haciendo. Estas nuevas regulaciones llevaron a ampliar los departamentos legales de los bancos y de los fondos para asegurar con minuciosidad el cumplimiento de la normativa en lo que se conoce como compliance, o sea, cumplimiento con las nuevas reglas; en realidad, con todas las reglas. Y esto complica las cosas. Los fondos deben guiar sus inversiones por sus estatutos y por la declaración de propósitos de cada fondo, y allí es donde la compra de acreencias a fondos buitre no cuadra fácilmente. En muchos fondos directamente no califica como inversión posible.

La variante más nueva es todavía más compleja. Requeriría de una asamblea de tenedores de bonos, y una votación en la asamblea para aprobar el sacrificar parte de los rendimientos. Allí, sería necesario que al menos el 75% de los bonistas vote a favor de la quita. Esto es en sí mismo de cierta complejidad organizativa, y a pesar de las importantes tenencias oficiales de algunos bonos en Anses, o en el BCRA, difícilmente se pueda compensar la reticencia generalizada a sacrificar ingresos futuros. El razonamiento va a ser “que pague la Argentina, a nosotros la quita ya nos la hicieron”.

Que la noticia haya salido en los medios tanto nacionales como en los principales periódicos financieros del mundo reafirma la complejidad extrema del caso argentino, y la variedad de miradas que concita su resolución.

* Ex secretario de Finanzas de la Nación.