En la edición del domingo pasado, Perfil publicó una interesante nota cronológica en su sección “El observador, 30 años de Democracia” acerca de la política exterior argentina desde que Raúl Alfonsín abrió este período democrático. Quería, ahora, poner foco en un capítulo que, a mi entender, ha sido determinante en las posteriores relaciones de la Argentina con el mundo.
En medio de los tumbos e improvisaciones que tuvo al comienzo de su gestión, el presidente Carlos Menem tomó, quizás, una decisión política clave: normalizar inmediatamente las relaciones rotas con Gran Bretaña a raíz de la Guerra de Malvinas. Sería, a la postre, la llave maestra para retomar los vínculos con Europa y poner en marcha una política de alineamiento incondicional con el nuevo liderazgo de los Estados Unidos.
En septiembre de 1989, la Reina Isabel II de Inglaterra recibió en audiencia privada al entonces senador Eduardo Menem. Un meses más tarde, en su discurso ante el Parlamento británico, la monarca adelantó lo que vendría: habló del inminente restablecimiento de las relaciones diplomáticas con la Argentina, y anunció que ello traería importantes ventajas económicas y comerciales. Pocos días después, una misión comercial presidida por Lord Montgomery viajó a Buenos Aires para interiorizarse de posibles negocios a desarrollar en el marco de las privatizaciones que se iniciaban.
Así se llegó al 15 de febrero de 1990 cuando el gobierno argentino firmó en España la “Declaración Conjunta de las delegaciones de la Argentina y el Reino Unido” que estableció un “paraguas” al conflicto por la soberanía de las Malvinas.
El acuerdo impuso cláusulas recíprocas y de cumplimiento obligatorio que, en la práctica, significó la capitulación del país que había perdido el conflicto bélico. Por ejemplo, en el artículo quinto se estableció el control de los futuros movimientos de las Fuerzas Armadas Argentina y un sistema de seguimiento sobre la navegación marítima y aérea. El Anexo I-punto III dice claramente: “ Las partes se proporcionarán recíprocamente, por vía diplomática y con una anticipación de 25 días, información por escrito acerca de: a) movimientos de fuerzas navales compuesta por cuatro o más buques; b) movimientos de fuerzas aéreas compuesta por cuatro o más aviones; c) ejercicios en que participen más de 100 hombres o en que se efectúen más de 20 salidas de aeronaves; d) ejercicios anfibios o aerotransportados en que participen 500 o más hombres o efectúen más de 20 salidas aeronavales.” En síntesis, se formalizó una soberanía compartida en la Patagonia al aceptarse que los espacios marítimos y aéreos australes sean vigilados por los británicos.
Esta declaración firmada se complementó después con otro acuerdo bilateral. Fue el “Convenio entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para la Promoción y Protección de Inversiones” firmado en Londres el 11 de diciembre de 1990. En su artículo sexto se garantizó a las empresas británicas el envío, sin restricciones, de sus ganancias al exterior. Y el artículo octavo estableció que en los casos en que las empresas inglesas no estén de acuerdo con un fallo de la justicia argentina, puedan desconocerlo y acudir a un tribunal internacional, como ya ocurrió en el CIADI.
Ambos acuerdos permitieron un nuevo desembarco económico británico. Lo hizo en áreas clave y estratégicas como son gas, petróleo, pesca, servicio de agua potable, ferrocarriles, finanzas y comunicaciones. En poco tiempo invirtió más de mil millones de dólares y los negocios crecieron exponencialmente hasta nuestros días.
Y no fue casualidad que el canciller de los acuerdos haya sido Domingo Cavallo quien a los tres meses de haber cerrado el último tomó el control de la economía para implementar la Convertibilidad que dolarizó todo. Se inició así una historia cuyas consecuencias todavía inciden en la actualidad.
Más allá de los gritos quejosos que de vez en cuando se escucha de la diplomacia argentina por el tema Malvinas, lo cierto es que los acuerdos firmados con Gran Bretaña mantienen su más absoluta y plena vigencia, más allá de los gobiernos de turno. En las relaciones internacionales los documentos jurídicos valen más que mil declaraciones políticas y mediáticas.
*Periodista y escritor. Máster en Relaciones Internacionales (FLACSO).