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AFIP agudiza la lupa sobre grandes consumidores de servicios

Las prestadoras de luz, gas, agua, teléfonos y celulares deben informar al ente recaudador cada 30 días sobre clientes que pagan más de $ 1.000 y todos los monotributistas. Objetivo.

Prestadoras deben informar mes tras mes los consumos de clientes que pagan más de $ 1.000 y todos los monotributistas.
| Cedoc

Las empresas concesionarias de los servicios de electricidad, gas fluido, agua corriente y telefonía fija y móvil deberán informar mensualmente a la Administración Federal de Ingresos Públicos sobre sus consumos relevantes y operaciones realizadas por $ 1.000 pesos o superiores, o su equivalente en facturas bimestrales.