La Corte Suprema de Justicia respaldó ayer la pesificación por considerar que la medida
"no lesionó el derecho de propiedad" de los ahorristas, pero
condenó a los bancos a restituir en el plazo de 30 días la "totalidad" de los depósitos en dólares
afectados por la emergencia económica de 2002.
Si bien la sentencia de la Corte está enmarcada en el juicio que promovió la ahorrista
Raquel Rodríguez contra el BankBoston, el fallo sienta un
precedente que
pone fin a unas 50 mil demandas y obliga a los bancos a
restituir colocaciones a un valor que, según el mecanismo elaborado por el tribunal, se ubica en
los 3,09 pesos por dólar a enero de 2006 y trepa a 3,22 a enero de 2007.
Principales puntos de la sentencia:
- Se condenar a los bancos a
devolver al ahorrista la totalidad de su depósito convertido en
pesos en el plazo de 30 días.
- Los bancos deberán
convertir los depósitos a una relación de 1,40 pesos por cada
dólar estadounidense, ajustado por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER)
hasta el momento de su pago
y sumarle intereses del 4 por ciento anual, no
capitalizable.
- "
El interés del 4 por ciento debe aplicarse desde el momento en que
comenzaron a regir las normas que dispusieron restricciones a la disponibilidad de los depósitos
bancarios o desde la fecha de vencimiento del contrato en el caso de que esta última haya
sido posterior a la entrada en vigencia de tales normas o a partir del 28 de febrero de 2002",
precisa el fallo.
- El cómputo, según el mecanismo propuesto por la Corte, ubica
cada dólar pesificado en el "equivalente al ciento por ciento del
valor" de la moneda estadounidense en el mercado.
- "Lo recibido por el ahorrista es imputado como pago y, por lo tanto, queda en manos del
ahorrista".
- "Si durante la ejecución de la sentencia el resultado superara el dólar (porque aumenta el
CER o la tasa de interés) se debe estar al valor del dólar".
- "Las costas del proceso, en primera y segunda instancia, se confirman y quedan tal cual las
impuso la Cámara de Apelaciones".
- "El fallo
reafirma la validez constitucional de la pesificación como
regla general de la economía; es decir, no hay redolarización de la economía".
-
"Lo resuelto por la Corte se aplica a un caso judicial, es decir
únicamente a quienes han iniciado demandas judiciales. Por lo tanto, no tiene efecto alguno
sobre quienes aceptaron otras alternativas o no hicieron juicio".
- En el fallo se consigna que "constituye el corolario de un prolongado y fecundo debate
entre los miembros de este Tribunal que, en pos de dar una respuesta institucional a una
controversia de inusitadas características, han dado prioridad a los puntos de coincidencia en
cuanto a la ponderación de los resultados para lograr la paz social, que es la más alta
función que le cabe a la Corte Suprema siguiendo los lineamientos fijados en el Preámbulo de la
Constitución Nacional"